Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS ALCÚDIA SA
Núm. 744473
Corrección de errores en la publicación de las “Bases reguladoras que tienen que regir la convocatoria para la cobertura de 4 plazas de peón de brigada como personal laboral fijo de EMSA mediante sistema concurso-oposición”
En la publicación de las “Bases reguladoras que tienen que regir la convocatoria para la cobertura de cuatro plazas de peón de brigada como personal laboral fijo de EMSA mediante sistema concurso-oposición” publicadas en el BOIB n.º 143 de 31 de octubre de 2024. Se ha detectado un error en la base UNDÉCIMA punto A., la cual hace referencia a la experiencia profesional.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé en su artículo 109.2 que “Las administraciones públicas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos en sus actos”.
En consecuencia se tiene que rectificar lo siguiente:
Donde dice:
A. Experiencia profesional y antigüedad reconocida. Este apartado se valorará con un máximo de 20 puntos.
En este apartado se otorgará una puntuación global máxima de 20 puntos:
- Servicios prestados en la Administración pública, sus organismos autónomos o empresas del sector público como personal funcionario o laboral en la categoría peón, oficial 2ª, oficial 1ª (o en la categoría y funciones equivalentes a la plaza y categoría objeto de convocatoria ) se valorará con 0,50 puntos por mes completo trabajado a jornada completa.
- Servicios prestados en el sector privado, con contrato de trabajo o certificado de empresa en la categoría y funciones equivalentes a la plaza y categoría objeto de la convocatoria, se valorará con 0,40 puntos por mes completo de
Ha de decir:
A. Experiencia profesional y antigüedad reconocida. Este apartado se valorará con un máximo de 20 puntos.
En este apartado se otorgará una puntuación global máxima de 20 puntos:
- Servicios prestados en la Administración pública, sus organismos autónomos o empresas del sector público como personal funcionario o laboral en la categoría peón, oficial 2ª, oficial 1ª (o en la categoría y funciones equivalentes a la plaza y categoría objeto de convocatoria ) se valorará con 0,50 puntos por mes completo trabajado a jornada completa.
- Servicios prestados en el sector privado, con contrato de trabajo o certificado de empresa en la categoría y funciones equivalentes a la plaza y categoría objeto de la convocatoria, se valorará con 0,40 puntos por mes completo de trabajo.
(Firmado electrónicamente: 11 de noviembre de 2024
La presidenta del Consejo de administración Laura Serra Martín)