Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 743360
Constitución bolsa de trabajo del proceso selectivo de TAE asesor jurídico
La Alcaldesa-Presidente, en virtud del Decreto núm. 4193/2024 de 1 de noviembre, ha dispuesto lo siguiente:
«Visto el Decreto n.º 1080/2024 de 20 de marzo, de aprobación bases y convocatoria proceso selectivo para la constitución de un bolsín específico para la cobertura de necesidades de plazas de TAE asesor jurídico del Ayuntamiento de Andratx.
Vista la finalización del proceso selectivo con el acta del Tribunal de fecha 31 de octubre de 2024 de resolución de las alegaciones presentadas a la valoración de méritos y propuesta definitiva de la valoración de los aspirantes.
De acuerdo con lo anterior y atendiendo las facultades que me son otorgadas por el Artículo 21.1,h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar de forma definitiva la siguiente prelación de los aspirantes participantes en el procedimiento selectivo de TAE asesor jurídico:
NOMBRE |
APELLIDOS |
DNI |
TOTAL |
Catalina |
Servera Massanet |
***1563** |
48,48 |
José Xavier |
Comes Cano |
***5462** |
48,26 |
Ingrid |
Irles Prunes |
***2275** |
47,72 |
Rosa María |
Fernández Lobete |
***7810** |
40,37 |
SEGUNDO.- Constituir bolsa de trabajo de TAE asesor jurídico conforme a la orden de prelación establecido al anterior epígrafe.
TERCERO.- Publicar la presente resolución en el BOIB, tablón de anuncios y en el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Andratx.»
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, delante de la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso- administrativo, ante el juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción contencioso-administrativa. Si optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo esto sin perjuicio que pueda interponer se, cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
(Firmado electrónicamente: 5 de noviembre de 2024
La alcaldesa-presidenta Estefania Gonzalvo Guirado)