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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 740577
Resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes núm. 2024/130, de 4 de noviembre de 2024, relativa a la concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca a las familias para las actividades de ocio educativo (exp. 5232-2023-000001)

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Texto

Mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de fecha 27-3-2023 se han aprobado las bases y la convocatoria que rigen las ayudas a las familias para las actividades de ocio educativo durante el año 2023, publicadas en el BOIB núm. 54, en fecha 27-04-2023.

En fecha 3-02-2024 se ha publicado en el BOIB núm. 17 la Resolución núm 13/2024 de fecha 30-01-24 del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, concesión y denegación de las ayudas del Consejo Insular de Menorca a las familias para las actividades de ocio educativo (exp. 5232-2023-000001).

Contra la Resolución nº 13/2024 de fecha 30-01-24, publicada en el BOIB núm. 17 de 3 de febrero de 2024 del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, se han presentado los recursos de alzada que se relacionan más abajo.

El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular, reunido el 22 de julio de 2024, ha adoptado el acuerdo de admitir a trámite y estimar los recursos de alzada de las solicitudes que se relacionan a continuación, y de retrotraer el procedimiento de concesión de las ayudas al momento anterior a la emisión del informe por la Comisión Evaluadora que debe servir de base a de instructora para preparar la propuesta de resolución de emitidos y excluidos, de conformidad con lo establecido en la base décima, punto 5 que rige esta convocatoria de ayudas:

1. La solicitud presentada con registro de entrada núm. GE/022089/2023, de día 02-06-2023, por Dª. MSPG

2. La solicitud presentada con registro de entrada núm. GE/026302/2023, de día 29-06-2023, por Dª. JRJ

3. La solicitud presentada con registro de entrada núm. 2023 026692, de día 3.07.2023, por Dª. BAG

4. La solicitud presentada con registro de entrada núm. GE/021320/2023, de día 30-05-2023, por Dª. NRM

5.La solicitud presentada con registro de entrada núm. 2023 032851, de día 30-08-2023, por Dª. RCP

6. La solicitud presentada con registro de entrada núm. GE/026165/2023, de día 28-06-2023 por Dª. MTVJ

Dado que se ha requerido la subsanación de defectos de estas solicitudes.

Visto el informe emitido por la instructora de las ayudas y por la técnica de INJOVE el 20 de agosto de 2024 sobre la concesión y denegación de solicitudes de la convocatoria de ayudas mencionada.

Dado que la Comisión Evaluadora se ha reunido el día 12 de septiembre de 2024 para revisar toda la documentación y vistos sus acuerdos,

Considerando que el 27 de diciembre de 2024 el servicio de intervención ha fiscalizado favorablemente la propuesta de concesión de las ayudas por importe de 1.967 €.

Visto que el artículo 33.2.k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, atribuye a los consejeros ejecutivos la competencia para resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones.

Como titular del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia núm. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023),

RESUELVO:

Primero. Conceder las ayudas del Consejo Insular de Menorca a las familias para las actividades de ocio educativo y por el importe que se indica a continuación en la columna del importe concedido:

Iniciales

DNI

Hijos

Actividad

Importe

MSPG

***0154**

1

Club Tenis Alaior

255 €

JRJ

***4592**

1

Escuela de verano Joguina y Biosport

300 €

BAG

***4331**

2

CEIP Sant Francesc d'Assís

312 €

NRM

***4296**

2

Escuela de verano Sant Rafel y Sant Miquel

500 €

RCP

***4757**

1

APIMA Sant Francesc d'Assís

300 €

MTVJ

***4454**

1

Club Tenis Ciutadella y Biosport

300 €

Segundo. La resolución del expediente de concesión o denegación de las ayudas se remitirá a la BDNS en cumplimiento del arte. 20.8 de la LGS y el CIM la publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a efectos de notificación (art. 54.1 b de LPACAP). I

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Dicho recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la correspondiente resolución, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 8 de noviembre de 2024

El consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes Juan Domingo Pons Torres (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 de 11.7.2023)