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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 740368
Resolución del consejero de Educación y Universidades de aceptación de renuncias de la ayuda concedida por la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 27 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden ayudas complementarias para los beneficiarios de las ayudas correspondientes a la convocatoria 2020-2024, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

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Texto

Hechos

1. El 30 de diciembre de 2023 se publica en el BOIB  núm. 176 la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 27 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden ayudas complementarias para los beneficiarios de las ayudas correspondientes a la convocatoria 2020-2024, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. Esta convocatoria corresponde al programa financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

3. El 15 de octubre de 2024, con número de registro GO IBE672667/2024, el Ayuntamiento de Lloseta presenta el desistimiento de las subvenciones otorgadas mediante las convocatorias de ayudas correspondientes a los ejercicios 2020 a 2024 para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil por un importe de 603.000,00 € y de ayudas complementarias para los beneficiarios de las ayudas correspondientes a la convocatoria 2020-2024 por un importe de 241.20,00 €, alegando la imposibilidad material de poderlas realizar, por causa de que las licitaciones han quedado desiertas a pesar de que se han incrementado los precios, y la inviabilidad de volver a licitar el proyecto y ejecutar las obras dentro de los plazos indicados en las subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

4. La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 28 de marzo de 2023 por la cual se convocan, para los ejercicios 2023 a 2025, ayudas para la creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento a las entidades públicas solicitantes de las ayudas de creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y ayudas complementarias para los beneficiarios de las ayudas para la creación de plazas de primer ciclo de educación infantil correspondientes a la convocatoria 2020-2024, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia(BOIB núm. 40, de 30 de marzo de 2023).

5. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 21 de agosto de 2023 por la cual se amplía el crédito y se modifica la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 28 de marzo de 2023 por la cual se convocan, para los ejercicios 2023 al 2025, ayudas para la creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento a las entidades públicas solicitantes de las ayudas de creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y ayudas complementarias para los beneficiarios de las ayudas para la creación de plazas de primer ciclo de educación infantil (BOIB  núm. 119, de 29 de agosto de 2023).

6. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 27 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden ayudas complementarias para los beneficiarios de las ayudas correspondientes a la convocatoria 2020-2024, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOIB  núm. 176, de 30 de diciembre).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aceptar la renuncia del Ayuntamiento de Lloseta a la ayuda para el centro «a determinar» concedido por la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 27 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden ayudas complementarias para los beneficiarios de las ayudas correspondientes a la convocatoria 2020-2024, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. Notificar esta Resolución a la entidad mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las  administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de noviembre de 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany