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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE PORRERES

Núm. 731013
Constitución bolsa de trabajo puesto de trabajo de Secretaría

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Texto

Mediante Decreto de Alcaldía 2024-0512, de 5 de noviembre, se ha dictado el siguiente:

DECRETO DE ALCALDÍA CONSTITUCIÓN BOLSA DE TRABAJO DEL PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARÍA, DEL AYUNTAMIENTO DE PORRERES

Por Decreto de Alcaldía 2024-0376, de 6 de agosto de 2024, se resolvió aprobar las bases reguladoras del procedimiento selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo para el puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Porreres. La convocatoria se publicó en el BOIB n.º 105, de 10 de agosto de 2024.

Una vez finalizado el proceso selectivo y vista la propuesta de nombramiento realizada por el Tribunal Calificador en fecha 23 de octubre de 2024.

Atendido el anterior, en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 21.1 h) de la LBRL, como Jefe del personal, y de acuerdo con el previsto a las bases de la convocatoria, ACUERDO:

1. Constituir una bolsa de trabajo para el lugar de Secretaría del Ayuntamiento de Porreres, que queda conformada en base a la orden de prelación siguiente:

 

NOMBRE

APELLIDOS

DNI

TOTAL

1

GUILLEM

FERRANDO RIERA

43****34S

41,98

2

INGRID

IRLES PRUNÉS

43****57B

32,94

3

JAIME

TORRES FERRER

41****57F

32,56

4

LAURA CONCEPCION

PAZOS MORENO

43****04J

32,19

5

ANTONIO

CONTRERAS HERREZUELO

44****81J

31,50

6

GABRIEL

DE HEVIA ALEÑAR

78****70D

31,06

7

AMADEO DE LOS REYES

ALGABA FUSTEL

41****29Z

22,98

2. Determinar que la gestión de esta bolsa se llevará a cabo de conformidad con lo que establecen las bases de la convocatoria.

3. Publicar esta resolución en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento y en Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, el recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.

b) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

Porreres, a fecha de la firma electrónica (5 de noviembre de 2024)

La alcaldesa Francisca Mora Veny