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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 729533
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 7 de junio de 2023, por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas por medio del fomento de la economía social y del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción para los años 2023 y 2024

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Texto

El artículo 30.21 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, de acuerdo con la redacción hecha por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto, atribuye a esta comunidad autónoma la competencia exclusiva en materia de fomento del desarrollo económico en el territorio de la comunidad autónoma, de acuerdo con las bases y la coordinación general de la actividad económica, sin perjuicio de lo que disponen los artículos 38 y 131, y los números 10 y 13 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución; la legislación estatal y la europea, y el establecimiento y la regulación de los órganos de defensa de la competencia de la comunidad autónoma.

En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 77, de 10 de junio de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 7 de junio de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas por medio del fomento de la economía social y del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción por los años 2023 y 2024, modificada por la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 6 de mayo de 2024 (BOIB n.º 61, de 9 de mayo de 2024).

De acuerdo con el punto 4.1 de la convocatoria mencionada, el crédito inicial asignado a la convocatoria es de 1.450.000,00 euros, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, distribuido de la siguiente manera:

  • Año 2023: 625.000,00 euros, que se tendrán que conceder con cargo al presupuesto de la comunidad autónoma y, concretamente, con cargo al centro de coste 12801, subprograma 322F01, capítulo 4, del ejercicio del año 2023, por los siguientes importes:

a) Programa I, mantenimiento de los puestos de trabajo de personas en situación de exclusión social:

— 12801G/322F01/47000/00/23021.................. 485.000,00 €

b) Programa II, mantenimiento de servicios de intervención y acompañamiento:

— 12801G/322F01/47000/00/23021.................... 70.000,00 €

— 12801G/322F01/48000/00/23021.................... 70.000,00 €

  • Año 2024: 825.000,00 euros, que se tendrán que conceder con cargo al presupuesto de la comunidad autónoma y, concretamente, con cargo al centro de coste 19301, subprograma 322F01, capítulo 4, del ejercicio del año 2024, siempre que haya crédito adecuado y suficiente, por los siguientes importes:

a) Programa I, mantenimiento de los puestos de trabajo de personas en situación de exclusión social:

— 19301G/322F01/47000/00/24021.................. 640.200,00 €

b) Programa II, mantenimiento de servicios de intervención y acompañamiento:

— 19301G/322F01/47000/00/24021.................... 92.400,00 €

— 19301G/322F01/48000/00/24021.................... 92.400,00 €

De acuerdo con el punto 4.3, a concesión de las ayudas que establece esta convocatoria está condicionada a las disponibilidades presupuestarias indicadas en el punto 1 de este apartado, sin perjuicio de que el crédito asignado inicialmente se pueda ampliar en función de la disponibilidad presupuestaria. Además, indica que esta convocatoria se financia con fondos provenientes de la conferencia sectorial de ocupación y asuntos laborales y que este crédito se podrá ampliar con fondos propios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En fecha 4 de octubre de 2024 el director general de Empresa, Autónomos y Comercio ha emitido un informe justificativo sobre la necesidad de modificar la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo (actual consejero de Empresa, Empleo y Energía) de 7 de junio de 2023, para ampliar la dotación presupuestaria prevista en la convocatoria, dado que pese al importe destinado a la convocatoria, el crédito disponible no resulta suficiente para dar cobertura a todas las solicitudes presentadas. En total, el crédito ampliable necesario asciende a 161.500,00 euros.

Además, también resulta necesario modificar el punto 4.3, para incluir la posibilidad de ampliar el crédito asignado en esta convocatoria con fondos finalistas, proveniente de la conferencia sectorial de ocupación y asuntos laborales.

En fecha 9 de octubre de 2024 el consejero de Empresa, Empleo y Energía ha ordenado el inicio del procedimiento de modificación de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 7 de junio de 2023, por la que se aprobó la convocatoria para conceder ayudas públicas por medio del fomento de la economía social y del apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción para los años 2023 y 2024.

La modificación de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 7 de junio de 2023 (actual consejero de Empresa, Empleo y Energía) no supondrá una alteración esencial de la naturaleza ni de los objetivos de las ayudas, ni afecta a los principios que rigen la gestión de las subvenciones (publicidad, transparencia, concurrencia, entre otros) establecidos en el artículo 6.2 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, ni se perjudicarán en ningún caso los derechos de terceras personas.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director general de Empresa, Autónomos y Comercio, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Modificar el punto 4.1 de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 7 de junio de 2023 en los siguientes términos:

Donde dice:

4.1 Se dispone de crédito para los ejercicios 2023 y 2024, por lo que se trata de un expediente de gasto de carácter plurianual.

Se financian con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Ocupación Estatal del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

El crédito asignado inicialmente a esta convocatoria es de 1.450.000,00 euros, con cargo a los presupuestos de la comunidad autónoma de las Illes Balears, distribuido de la siguiente manera:

  • Año 2023: 625.000,00 euros, que se tendrán que conceder con cargo al presupuesto de la comunidad autónoma y, concretamente, con cargo al centro de coste 12801, subprograma 322F01, capítulo 4, del ejercicio del año 2023, por los siguientes importes:

a) Programa I, mantenimiento de los puestos de trabajo de personas en situación de exclusión social:

— 12801G/322F01/47000/00/23021...................485.000,00 €

b) Programa II, mantenimiento de servicios de intervención y acompañamiento:

— 12801G/322F01/47000/00/23021..................... 70.000,00 €

— 12801G/322F01/48000/00/23021.................... 70.000,00 €

  • Año 2024: 825.000,00 euros, que se tendrán que conceder con cargo al presupuesto de la comunidad autónoma y, concretamente, con cargo al centro de coste 12801, subprograma 322F01, capítulo 4, del ejercicio del año 2024, siempre que haya crédito adecuado y suficiente, por los siguientes importes:

a) Programa I, mantenimiento de los puestos de trabajo de personas en situación de exclusión social:

— 12801G/322F01/47000/00/24021...................640.200,00 €

b) Programa II, mantenimiento de servicios de intervención y acompañamiento:

— 12801G/322F01/47000/00/24021.................... 92.400,00 €

— 12801G/322F01/48000/00/24021.................... 92.400,00 €

Ha de decir:

4.1 Se dispone de crédito para los ejercicios 2023 y 2024, por lo que se trata de un expediente de gasto de carácter plurianual.

Se financian con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Ocupación Estatal del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

El crédito inicial asignado a la convocatoria es de 1.611.500,00 €, con cargo en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, distribuido de la siguiente manera:

  • Año 2023: 625.000,00 euros, que se tendrán que conceder con cargo al presupuesto de la comunidad autónoma y, concretamente, con cargo al centro de coste 12801, subprograma 322F01, capítulo 4, del ejercicio del año 2023, por los siguientes importes:

a) Programa I, mantenimiento de los puestos de trabajo de personas en situación de exclusión social:

— 12801G/322F01/47000/00/23021................... 485.000,00 €

b) Programa II, mantenimiento de servicios de intervención y acompañamiento:

— 12801G/322F01/47000/00/23021..................... 70.000,00 €

— 12801G/322F01/48000/00/23021..................... 70.000,00 €

  • Año 2024: 986.500,00 euros, que se tendrán que conceder con cargo al presupuesto de la comunidad autónoma y, concretamente, con cargo al centro de coste 19301, subprograma 322F01, capítulo 4, del ejercicio del año 2024, siempre que haya crédito adecuado y suficiente, por los siguientes importes:

a) Programa I, mantenimiento de los puestos de trabajo de personas en situación de exclusión social:

— 19301G/322F01/47000/00/24021..................... 723.420,00 €

b) Programa II, mantenimiento de servicios de intervención y acompañamiento:

— 19301G/322F01/47000/00/24021..................... 163.302,00 €

— 19301G/322F01/48000/00/24021....................... 99.778,00 €

Segundo. Modificar el punto 4.3 de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 7 de junio de 2023 (actual consejero de Empresa, Empleo y Energía).

Donde dice:

4.3 La concesión de las ayudas que establece esta convocatoria estará condicionada a las disponibilidades presupuestarias indicadas en el punto 1 de este apartado, sin perjuicio de que el crédito asignado inicialmente se pueda ampliar en función de la disponibilidad presupuestaria.

Esta convocatoria se financiará con fondos provenientes de la conferencia sectorial de ocupación y asuntos laborales.

Este crédito se podrá ampliar con fondos propios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Ha de decir:

4.3 La concesión de las ayudas que establece esta convocatoria estará condicionada a las disponibilidades presupuestarias indicadas en el punto 1 de este apartado, sin perjuicio de que el crédito asignado inicialmente se pueda ampliar en función de la disponibilidad presupuestaria.

Esta convocatoria se financiará con fondos provenientes de la conferencia sectorial de ocupación y asuntos laborales.

Este crédito se podrá ampliar con fondos finalistas y/o fondos propios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Tercero. Comunicar esta Resolución a la Base de datos Nacional de Subvenciones.

Cuarto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere pertinente en defensa de su derecho.

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica  (4 de noviembre de 2024)

El consejero de Empresa, Ocupación y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García