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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 727843
Notificación de Resolución de modificación de concesión a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 16 de octubre de 2024, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el Fomento de la Agricultura Ecológica, para el año 2023

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Texto

El apartado 8.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el Fomento de la Agricultura Ecológica, para el año 2023, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 16 de octubre de 2024, firmó la siguiente resolución, 

" INFORME/ PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Compromiso3s de cultivos sostenibles

Intervención 6503_1. Fomento de la Agricultura Ecológica

Documento: Resolución

Código SIA 2987441

Emisos (DIR3): A04026954

Fecha: 15/10/2024

Código BDNS: 687674

Antecedentes

1.Con fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

2.Con fecha 15 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 48, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas para el fomento de la agricultura ecológica.

 

3.Con fecha 30 de mayo de 2023, se publica en el BOIB núm. 71, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 27 de febrero de 2023, de convocatoria, para el año 2023, de las ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC), así como otras resoluciones de convocatoria de ayudas que prevén las intervenciones en el desarrollo rural.

4.Con fecha 30 de junio de 2023, se han recibido 551 solicitudes por la ayuda destinada para el fomento de la agricultura ecológica.

5.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

6.Con fecha 20 de febrero de 2024, se publica en el BOIB núm. 25 la Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, Rd1conjunta de la Sección II, por el incumplimiento del requisito previsto en el apartado 7 del punto tercero de la convocatoria de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

7.Con fecha 6 de abril de 2024, se publica en el BOIB núm. 46 la Resolución de revocación parcial de la denegación al solicitante Finca Savantry CB con número de expediente 04003976 y NIF E57990400, en fecha 4 de mayo de 2024 se publica en el BOIB núm. 59 la Resolución de revocación parcial de la denegación al solicitante AOVE Artà SL, con número de expediente 04004999 y NIF B57770125, respectivamente.

8.Los expedientes que aparecen en el anexo I de esta resolución han solicitado el desistimiento de la ayuda, y han sido aceptadas totalmente.

8.Con fecha 25 de mayo de 2024, se publica en el BOIB núm. 69 la Resolución de concesión de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica.

9.Los órganos gestores han detectado errores en la concesión de la ayuda y por tanto procede la revisión y se estima oportuno promover de oficio la modificación parcial de la resolución de concesión antes mencionada. Se revisan de oficio los expedientes señalados en el anexo I y III adjunto que han presentado, en tiempo y forma, toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria, pero se han detectado errores en la Resolución de concesión , según las incidencias y motivos correspondientes que se señalan en el anexo correspondientes.

10.En cuanto al expediente 0357/AECU señalado en el anexo I, se ha detectado un error en la cofinanciación de las anualidades 2023 y 2024 de las partidas FEADER y CAIB. Por este motivo se modifica la concesión en lo que se refiere a los importes FEADER y CAIB de las anualidad 2023 y 2024 tal y como se detalla en el anexo II.

11.Respecto a los expedientes señalados en el anexo III (0402/AECU y 0490/AECU) se han detectado errores en la superficie comprometida. Por una parte, el expediente 0402/AECU se le concedió eroneamente una superficie de viñedo para vinificación de 0,90 ha, cuando según el apartado tercero de la convocatoria de la ayuda, se establece que la superficie mínima del grupo de cultivo de vid para vinificación es de 1,00 ha.

12.Con fecha 15 de agosto de 2024, se notifica en el BOIB núm. 107, la Resolución de revocación parcial de la anualidad 2023 para el expediente 0402/AECU. Por tanto, la anualidad 2023 de este expediente ya está correctamente revocada.

13.Por otra parte, el expediente 0490/AECU tiene concedidos dos recintos (superficie total 1,12 ha) que incumplen la densidad mínima de árboles por hectárea.

14.El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas, podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos o existentes en sus actos.

15.Con fecha 30 de septiembre de 2024, se notifica mediante la publicación en la página web del FOGAIBA, el Informe/Propuesta provisional, de tal forma que se abra un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

16.Dado todo esto, y con el fin de subsanar los errores detectados, se modifica parcialmente la resolución de concesión de fecha 25 de mayo de 2024, con la reducción de superficie comprometida que aparece en el anexo IV y reducir el importe total anual tal y como se señala en el anexo VI.

Fundamentos de derecho

1.Orden de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027, publicada en el BOIB nº. 4, de 6 de abril de 2023.

2.Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de las ayudas destinadas para el fomento del agricultura ecológica, publicada en el BOIB núm. 48 de día 15 de abril de 2023.

3.Apartado segundo de la convocatoria publicada en el BOIB núm. 48 de 15 de abril de 2023, que hace referencia a la financiación de las ayudas destinadas para el fomento de la agricultura ecológica.

4.Apartado tercero de la convocatoria, que hace referencia a los requisitos de las personas beneficiarias y de las explotaciones, en el punto 2.2º) se especifican las superficies mínimas para cada grupo de cultivo, así como la densidad mínima de árboles.

Informe y Propuesta de Resolución

Por todo esto, se informa y se propone al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.Modificar parcialmente la Resolución de concesión publicada en el BOIB núm. 69 de 25 de mayo de 2024, tal y como se detalla en el anexo II y VI de la presente Resolución.

2.Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución - que no agota la vía administrativa. Se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefe de Sección II de Ayudas para el Desarrollo Rural

María José Lorente García

Con forme con el informe, se propone

La jefe del Servicio de Ayudas para el Desarrollo Rural

Gema Canós Franch

Conforme con la propuesta, dicto Resolución

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (4 de noviembre de 2024)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni

Documentos adjuntos