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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 723834
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que deben regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala administración especial, subescala técnica, clase técnico-técnica auxiliar, especialidad de cuidados auxiliares de enfermería de la Oferta pública de empleo correspondiente a los ejercicios 2021, 2023 y 2024 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 18 de noviembre de 2021, la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2021, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria (BOIB núm. 162, de 23 de noviembre de 2021).

En fecha 20 de diciembre de 2023, la Presidencia del IMAS aprobó la Oferta pública de empleo de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023, corrección de errores BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024).

En la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS de día 20 de febrero de 2024 se negociaron y aprobaron los criterios de las plazas reservadas a promoción interna y para personas con discapacidad procedentes de las Ofertas públicas de empleo de personal funcionario al servicio del IMAS de los años 2021 y 2023 y en cuanto a la especialidad de Técnico-técnica en cuidados auxiliares de enfermería se determinaron 14 plazas de promoción interna y 2 plazas reservadas para personas con discapacidad.

En fecha 17 de septiembre de 2024, la Presidencia del IMAS aprobó la Oferta pública de empleo de personal funcionario para el año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024 (BOIB núm. 125, de 24 de septiembre de 2024).

2. En fecha 15 de julio de 2024, la Presidencia del IMAS aprobó las Bases Generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta pública de empleo correspondiente en el ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas pública de empleo derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

3. En fecha 14 de octubre de 2024, el Director Gerente del IMAS emitió informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, por cubrir las plazas vacantes de la especialidad Técnico-técnica en cuidados auxiliares de enfermería de la Administración especial de la Oferta pública de empleo correspondiente a los ejercicios 2021, 2023 y 2024 del IMAS.

4. En fecha 18 de octubre de 2024, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de la especialidad Técnico-técnica en cuidados auxiliares de enfermería de la Administración especial de la Oferta pública de empleo correspondiente a los ejercicios 2021, 2023 y 2024 del IMAS.

5. En fecha 28 de octubre de 2024, la responsable del Servicio de Gestión Económica, emitió informe económico.

6. En fecha 28 de octubre de 2024, desde el Servicio Jurídico del Departamento de Recursos Humanos del IMAS se emitió el correspondiente informe jurídico.

7. En fecha 30 de octubre de 2024, la Intervención general del Consejo de Mallorca emitió informe de fiscalización con resultado favorable.

 

Fundamentos de derecho

1. En el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), se establece que, en todo en caso, la ejecución de la oferta pública de empleo deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

El IMAS aprobó la Oferta pública de empleo de personal funcionario para el año 2021, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria (BOIB núm. 162, de 23 de noviembre de 2021), la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023, corrección de errores BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024), y la Oferta pública de empleo de personal funcionario para el año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024 (BOIB núm. 125, de 24 de septiembre de 2024).

En la Oferta pública de empleo de personal funcionario para el año 2021, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria (BOIB núm. 162, de 23 de noviembre de 2021), se aprobaron, entre otros , 6 plazas, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-técnica auxiliar, especialidad Cuidados auxiliares de enfermería, del subgrupo C2.

En la Oferta pública de empleo de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023, corrección de errores BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024), se aprobaron, entre otros, 3 y 57 plazas, respectivamente, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-técnica auxiliar, especialidad Cuidados auxiliares de enfermería, del subgrupo C2.

En la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS de día 20 de febrero de 2024 se negociaron y aprobaron los criterios de las plazas reservadas a promoción interna y para personas con discapacidad procedentes de las Ofertas pública de empleo de personal funcionario al servicio del IMAS de los años 2021 y 2023 y en cuanto a la especialidad de técnico-técnica en cuidados auxiliares de enfermería se determinaron 14 plazas de promoción interna y 2 plazas reservadas por a personas con discapacidad.

En cuanto a las plazas de la oferta de los ejercicios 2021 y 2023, hay 14 plazas de promoción interna y 2 plazas reservadas para personas con discapacidad.

En la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024 (BOIB núm. 125, de 24 de septiembre de 2024), se aprobaron, entre otros, 26 y 47 plazas, respectivamente, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-técnica auxiliar, especialidad Cuidados auxiliares de enfermería, del subgrupo C2.

En relación con las plazas de la oferta del ejercicio 2024, hay 10 plazas de promoción interna (4 de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y 6 de la tasa específica) y 4 plazas (1 de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y 3 de la tasa específica) reservadas para personas con discapacidad.

En total existen 139 plazas, de las cuales, hay 109 plazas para el turno libre, 24 plazas para el turno de promoción interna y 6 plazas para el turno de reserva de personas con discapacidad de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-técnica auxiliar, especialidad Cuidados auxiliares de enfermería, del subgrupo C2, que procede convocar.

2. De acuerdo con el artículo 55 del TREBEP, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo que prevén este Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico.

En el artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los temarios mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios del administración local, lo hace con carácter básico de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

Según dispone el artículo 3 del Real decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local, de carácter básico según su Disposición Final, los procedimientos de selección se regirán por las bases de convocatoria que apruebe el Órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las Escalas, subescalas y clases de funcionarios.

En el artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se establecen los principios informadores del acceso a la función pública y en el artículo 49 de la misma norma se establece el contenido mínimo que deben contener las convocatorias de selección, así como que deben publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), y que las bases vinculan a la Administración, los órganos de selección y las personas que participan.

Mediante Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta pública de ocupación correspondiente al ejercicio de 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas pública de ocupación correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas pública de ocupación derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

Estas Bases generales constituyen el régimen jurídico que debe regir de forma uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario para el turno libre, como para el turno de reserva para personas con discapacidades y para el turno de promoción interna. Todo ello, sin perjuicio de las especificidades, derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que se recogerán en las bases específicas de cada convocatoria.

3. La Disposición adicional primera de la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consejo de Mallorca y los organismos que dependen de la misma, aprobada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca, de día 14 de febrero de 2013 (BOIB núm. . 69 de 16 de mayo de 2013), modificada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca, de día 9 de junio de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza deben presentar las solicitudes y la documentación y, si procede, la enmienda, los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran comunicación personal. La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.

Por otra parte, la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen de ella prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para parte de los trámites y actuaciones. De igual modo, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los que pueda resultar necesario, debiendo incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.

4. De acuerdo con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer sus bases, programas y contenido de las pruebas y nombrar a los miembros de los órganos de selección.

Por todo ello, se dicta la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases específicas y el temario, del turno libre, turno de promoción interna y turno de reserva para personas con discapacidad, que debe regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-técnica auxiliar, especialidad Cuidados auxiliares de enfermería, del subgrupo C2, de la Oferta pública de empleo del IMAS, correspondiente a los ejercicios 2021, 2023 y 2024, que se adjuntan como Anexo I y Anexo II.

2. Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta pública de empleo del IMAS, correspondiente a los ejercicios 2021, 2023 y 2024, por el sistema de concurso oposición, de la especialidad siguiente:

- Clasificación: Escala Administración especial, subescala técnica, clase técnico-tècnica auxiliar, especialidad Cuidados auxiliares de enfermería, del subgrupo C2.

- Número de plazas vacantes: 139 plazas, de las cuales hay 109 plazas para el turno libre, 24 plazas para el turno de promoción interna y 6 plazas para el turno de reserva para personas con discapacidad.

3. Publicar las bases específicas, el temario y la convocatoria del proceso selectivo en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS, y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

4. Establecer que esta convocatoria se rige por las Bases Generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas públicas de empleo correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas públicas de empleo derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6. Establecer, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que la solicitud de participación y la hoja de autobaremación de méritos, deben cumplimentarse mediante la aplicación telemática del IMAS con las especificaciones de la Base 6 del Anexo I de las Bases Generales.

A estos efectos, debe accederse al Portal de Selección (https://www.imasmallorca.net/rh/).

7. Establecer que el Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de la convocatoria debe estar constituido por cinco miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS una vez finalizado el período de presentación de instancias.

8. Establecer que, junto con la Resolución de la Presidencia del IMAS que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la convocatoria y el orden de actuación de los aspirantes, si procede. Esta resolución debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB núm. .67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación de dicho recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica de esta Resolución (31 de octubre de 2024)

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre

 

ANEXO I Bases específicas que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-técnica auxiliar, especialidad Cuidados auxiliares de enfermería, del subgrupo C2, de la Oferta pública de empleo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente a los ejercicios 2021, 2023 y 2024

1. Normas generales

1.1. Objecto de la convocatoria y características de las plazas

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de 139 plazas de la especialidad Técnico-tècnica en cuidados auxiliares de enfermería de la Oferta de empleo público del IMAS, correspondiente a los ejercicios 2021, 2023 y 2024 distribuidos de la siguiente forma:

- Por el turno libre: 109

- Por el turno de promoción interna vertical: 24

- Por el turno de reserva para personas con discapacidad: 6

1.1.2. Las características de las plazas convocadas son las siguientes:

Grupo C, subgrupo: C2

Escala: administración especial

Subescala: técnica

Clase: técnico-técnica auxiliar

Especialidad: cuidados auxiliares de enfermería

Sistema de selección: concurso oposición

Vinculación: funcionario-funcionaria

1.2. Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición, para el turno libre, turno de promoción interna vertical y turno de reserva para personas con discapacidad.

Para el turno libre y turno reserva para personas con discapacidad, la fase de concurso debe representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo, y para el turno de promoción interna vertical, la fase de concurso debe representar un 40% y la fase de oposición un 60% del resultado global del sistema selectivo.

La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en letra e) del artículo 10.2.2. del Anexo I de las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial previstas en las ofertas públicas de empleo correspondientes al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas públicas de empleo correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas públicas de empleo derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector del IMAS día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024) y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes.

La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.

La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según el baremo de méritos para el turno libre y para el turno de reserva para personas con discapacidad y el baremo de méritos para el turno de promoción interna, anexos A y B de las Bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1. Además de los que se prevén en las Bases generales:

- Estar en posesión del Título de Formación Profesional de Técnico/Técnica en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Título de Formación Profesional de Técnico/Técnica en Atención a Personas en Situación de Dependencia o Título de Formación Profesional de Técnico/Técnica en Atención Sociosanitaria.

-Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B1.

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 13,77 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consejo de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018, modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento y sin perjuicio de las exenciones previstas en el artículo 5 de la citada Ordenanza.

En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.

La falta del abono de los derechos de examen en el plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.

4. Calendario de las pruebas

La Presidencia del IMAS debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de esta convocatoria. Esta resolución debe publicarse en el BOIB y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de selección del IMAS, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.

Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se hará público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en Portal de Selección del IMAS al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, la Presidencia del IMAS podrá, mediante resolución, ampliar dicho plazo, a propuesta del tribunal, de forma motivada.

5. Tribunal cualificador

El Tribunal calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende de la Presidencia del IMAS, que designa su presidencia.

El Tribunal calificador debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB), aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las Bases generales.

El Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de convocatoria debe estar constituido por cinco miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y el nombramiento debe publicarse en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de selección del IMAS, una vez finalizado el período de presentación de instancias.

6. Ejercicios y calificaciones del turno libre y del turno de reserva para personas con discapacidad

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 40 preguntas de tipo test con tres respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 35 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 5 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán a casos prácticos de la especialidad.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,286 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente a las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 60 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

6.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 65 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 55 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,182 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente a las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 75 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

7. Ejercicio y calificación del turno de promoción interna

7.1. Ejercicio único

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 40 preguntas de tipo test con tres respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 35 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 5 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán a casos prácticos de la especialidad.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,286 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 60 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

8. Fórmula para calcular la puntuación final

En el caso del turno libre y del turno de reserva para personas con discapacidad, la puntuación final de concurso oposición debe calcularse con la siguiente fórmula:

              Nota del aspirante en la oposición                                   Méritos del aspirante en el concurso

70 x        --------------------------------------------       +     30 x      ----------------------------------------------

                   Nota máxima de la oposición                                      Puntuación máxima en el concurso

En el caso del turno de promoción interna, la puntuación final de concurso oposición debe calcularse con la siguiente fórmula:

                Nota del aspirante en la oposición                                Méritos del aspirante en el concurso

60 x       --------------------------------------------     +     40 x       ----------------------------------------------

                  Nota máxima de la oposición                                      Puntuación máxima en el concurso

9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo y bolsa de personal funcionario de carrera para mejora del empleo

9.1. Bolsas de personal funcionario interino derivadas de los procesos selectivos

Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.

9.2. Bolsa de personal funcionario de carrera para cubrir plazas de funcionario por el sistema de nombramiento provisional para mejora del empleo

El turno de promoción interna vertical de este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario de carrera que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado al menos un ejercicio, para efectuar nombramientos provisionales para mejora del empleo que regula el artículo 82 bis de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

 

ANEXO II Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-técnica auxiliar, especialidad Cuidados auxiliares de enfermería, del subgrupo C2, de la Oferta pública de empleo de la Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente a los ejercicios 2021, 2023 y 2024

Temario general

Tema 1. La Constitución española. Estructura y principios generales. Los derechos y deberes fundamentales, las libertades públicas y los principios rectores de la política social y económica.

Tema 2. Las Cortes Generales: composición y funciones. El Gobierno y la Administración pública. El Poder Judicial: principios constitucionales. La Corona: funciones constitucionales.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales y principios fundamentales. Competencias e instituciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tema 4. El régimen local: principios constitucionales y regulación jurídica. La autonomía local. Entidades que integran la administración local. Disposiciones generales de las bases del régimen local.

Tema 5. Los consejos insulares. Características generales. Composición, organización y competencias en el marco legislativo estatal y autonómico. Composición, organización y competencias del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS).

Tema 6. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Las fuentes del derecho comunitario. Las instituciones europeas: El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Temario específico

Tema 1. Constantes vitales. Concepto de urgencia-emergencia. Primeros auxilios. Conceptos básicos de RCP y DEA. Vías de administración de fármacos. Precaución, conservación y manipulación de medicamentos.

Tema 2. Limpieza y desinfección. Asepsia y antisepsia. Esterilización. Infecciones. Aislamientos específicos. Precauciones universales. Importancia del lavado de manos.

Tema 3. Principios de dietética y nutrición. Tipo de dietas. Manipulación en la administración de alimentos: Alimentación enteral. Atención al paciente con sondaje nasogástrico.

Tema 4. Aparato digestivo. Nociones básicas de anatomía y fisiología. Principales signos y síntomas de alarma. Estreñimiento y administración de enemas. Atención al paciente ostomizado. Recogida de muestras.

Tema 5. Aparato respiratorio y aparato circulatorio. Nociones básicas de anatomía y fisiología. Principales signos y síntomas de alarma. Oxigenoterapia. Fisioterapia respiratoria. Recogida de muestras.

Tema 6. Aparato urinario. Nociones básicas de anatomía y fisiología. Principales signos y síntomas de alarma. Atención al paciente con sondaje vesical y urostomías. Recogida de muestras.

Tema 7. Atención al paciente con toxicomanía: alcoholismo y drogodependencia.

Tema 8. Comunicación y trabajo en equipo. Habilidades para la comunicación. La empatía y escucha activa. El secreto profesional y principios fundamentales de la bioética.

Tema 9. Geriatría y gerontología. Proceso de envejecimiento. Cambios físicos y psicológicos. Valoración geriátrica integral.

Tema 10. Atención al anciano frente a los grandes síndromes geriátricos I: Caídas. Definición. Causas. Consecuencias. Riesgo de caídas. Medidas preventivas. Síndrome post-caída. Movilización, traslados y deambulación del paciente. Principales ayudas técnicas.

Tema 11. Atención al anciano frente a los grandes síndromes geriátricos II: Demencias. Tipo. Síndrome confusional agudo. Deterioro cognitivo.

Tema 12. Atención al anciano frente a los grandes síndromes geriátricos III: Úlceras por presión. Concepto. Etiología. Factores de riesgo. Medidas de prevención. Localización. Signos de alarma. Atención al paciente con necesidades de higiene. Cuidado de la piel. El paciente encamado.

Tema 13. Atención al anciano frente a los grandes síndromes geriátricos IV: Inmovilismo. Concepto. Causas. Consecuencias. Incontinencia urinaria y fecal. Concepto. Tipo. Causas. Reeducación vesical. Uso de absorbentes.

Tema 14. Atención al anciano frente a los grandes síndromes geriátricos V: Trastorno del sueño. Insomnio. Causas. Medidas preventivas. Atención al anciano frente al dolor. Descanso y relajación. Pluripatología y polifarmacia.

Tema 15. Atención al anciano terminal y familia. Cuidados post-mortem. El duelo.