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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD

Núm. 714058
Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud por la cual nombra la nueva vocal titular de los respectivos tribunales calificadores de los grupos profesionales C y E del proceso excepcional de estabilización mediante los procedimientos de concurso y de concurso oposición, para cubrir las plazas del personal laboral del IBJOVE, que sustituye en el cargo a la anterior vocal

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Balear de la Juventud (de ahora en adelante (IBJOVE) de 22 de mayo de 2022, se aprobó la oferta pública de empleo de estabilización correspondiente al personal laboral al servicio del IBJOVE, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública (BOIB n.º 69, de 28 de mayo de 2022).

2. Posteriormente, mediante el Acuerdo del Consejo de Administración del IBJOVE, de 23 de noviembre de 2022, se aprobó el Acuerdo de modificación del Consejo de Dirección del IBJOVE de 22 de mayo de 2022, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, (BOIB n.º 160, de 10 de diciembre de 2022), que incluye las diferentes modificaciones generadas con posterioridad, con motivo de la tramitación de las alegaciones presentadas por los trabajadores relativas a la comunicación de la clasificación profesional provisional así como, de la aprobación de la modificación parcial de la Relación de Puestos de trabajo del IBJOVE.

3. El día 29 de diciembre se publicó la convocatoria del proceso excepcional de estabilización mediante los procedimientos selectivos de concurso y de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral del IBJOVE (BOIB núm. 169).

4. El día 28 de enero de 2023, se publicó la Resolución de la Presidenta del IBJOVE, de corrección de errores de la Resolución de la Presidenta del IBJOVE, de 22 de diciembre de 2022, por la cual se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización mediante los procedimientos selectivos de concurso y de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral del IBJOVE.

5. El 18 de abril de 2023, se publica al BOIB, de acuerdo con la base 19.2 del Anexo 2 de la Convocatoria del proceso selectivo mencionado, la Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud, relativa al nombramiento de los miembros del tribunales del proceso de estabilización mediante los procedimientos de concurso y de concurso oposición para cubrir las plazas del personal laboral del IBJOVE, de acuerdo con la oferta publica aprobada por el Consejo de Dirección de día 22 de mayo de 2022 y modificada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de noviembre de 2022, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad pública en la ocupación pública. 

6. Mediante la Resolución antes mencionada, se nombró como vocal titular de los respectivos Tribunales calificadores de los grupos profesionales C y E del proceso excepcional de estabilización mediante los procedimientos de concurso y de concurso oposición para cubrir las plazas del personal laboral del IBJOVE, a la Sra. Paula Oliver López, que en aquel momento ejercía sus funciones como «Jefa de Negociado II adscrita en la dirección general de Deportes de la Consellería de Familias y Asuntos Sociales».

Así mismo se nombró como su suplente, la Sra. Juana Martínez González, que actualmente ejerce sus funciones con la categoría de técnica de Grado Medio, adscrita al Servicio de Reconocimiento de Prestaciones y Servicios de la dirección general de Servicios Sociales de la CAIB de la Consellería de Familias y Asuntos Sociales.

7. Dentro de este contexto, el pasado día 13 de septiembre de 2024, la Sra. Paula Oliver López comunicó formalmente su renuncia con efectos del pasado 5 de junio de 2024, en las funciones que hasta aquel momento desarrollaba, como vocal de los respectivos tribunales calificadores de los grupo profesional C y E del proceso excepcional de estabilización del IBJOVE, dado que, desde el pasado día 1 de octubre hasta el próximo 19 de diciembre de 2024, disfrutará de un permiso de especial de asuntos propios respecto a su lugar de trabajo «Ninguno de Negociado II» adscrito a la dirección general de Deportes de la Consellería de Familias y Asuntos Sociales por lo cual, no puede seguir ejerciendo como vocal titular de los tribunales mencionados.

8. Por este motivo, es necesario tramitar en el plazo más breve posible la sustitución de la Sra. Paula Oliver López como vocal titular de los Tribunales calificadores de los grupos profesionales C y E del proceso excepcional de estabilización para cubrir las plazas del personal laboral del IBJOVE, por su respectiva suplente, la Sra. Juana Martínez González.

Fundamentos  Jurídicos

1. La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.

2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que tiene por objeto los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos del procedimiento administrativo común a todas las administraciones públicas.

3. El Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Islas Baleares.

4. El Acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Balear de la Juventud de 22 de mayo de 2022, de aprobación de la oferta pública de empleo de estabilización correspondiente al personal laboral al servicio del IBJOVE, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública (BOIB n.º 69, de 28 de mayo de 2022).

5. El Acuerdo del Consejo de Administración del IBJOVE, de 23 de noviembre de 2022, de aprobación de modificación del acuerdo del Consejo de Dirección del IBJOVE de 22 de mayo de 2022, de la oferta pública de empleo de estabilización correspondiente al personal laboral al servicio del IBJOVE, en el marco de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, (BOIB n.º 160, de 10 de diciembre de 2022).

6. La convocatoria del proceso excepcional de estabilización (OPE) mediante los procedimientos selectivos de concurso y de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral del IBJOVE (BOIB núm.169 de 29 diciembre de 2022).

7. La Resolución de la Presidenta del Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE), de corrección de errores de la Resolución de la Presidenta del IBJOVE, de 22 de diciembre de 2022, por la cual se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización mediante los procedimientos selectivos de concurso y de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral del IBJOVE. (BOIB n.º 13 de 28 de enero de 2023).

8. Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE), de 18 de abril de 2023, relativa a los nombramiento de los miembros de los tribunales del proceso excepcional de estabilización mediante los procedimientos selectivos de concurso y de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral del IBJOVE, de acuerdo con la oferta pública de estabilización aprobada por el Consejo de Dirección de 22 de mayo de 2022 y modificada por el Acuerdo del Consejo de Administración de 23 de noviembre de 2022, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.

9. Decreto 51/2019, de 5 de julio, por el cual se dispone el nombramiento de los altos cargos y directores generales de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, donde se nombra a la Sra. Marta Carrió i Palou, directora general de Infancia, Juventud y Familias.

10. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares donde se incluye la Consellería de Familias y Asuntos Sociales competente en materia de juventud.

11. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares asigna las competencias en materia de planificación y coordinación de las políticas de juventud y de ocio educativo; promoción e información de las actividades juveniles y de ocio educativo; programas de movilidad juvenil; participación y asociacionismo juvenil a la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad.

12. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB Núm 94 de 10 de julio de 2023), se nombró consejera de Familias y de Asuntos Sociales a la Sra. Catalina Cirer Adrover, que de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 33/2023, de 26 de mayo, de aprobación de los estatutos de la entidad pública empresarial Instituto Balear de la Juventud, (IBJOVE) ejercerá también como Presidenta de este Ente.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Cesar a la Sra. Paula Oliver López como vocal titular de los respectivos tribunales calificadores de los grupos profesionales C y E, en el marco del proceso excepcional de estabilización mediante los procedimientos de concurso y de concurso oposición, para cubrir las plazas del personal laboral del IBJOVE.

2. Nombrar a la Sra. Juana Martínez González como vocal titular de los tribunales calificadores de los grupos profesionales C y E, en el marco del proceso excepcional de estabilización mediante los procedimientos de concurso y de concurso oposición, para cubrir las plazas del personal laboral del IBJOVE, con efectos del día siguiente a la firma de la presente Resolución.

3. Informar la persona nombrada de la obligación de abstenerse de intervenir en el proceso selectivo si concurren alguna de las circunstancias que prevé el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de regimen jurídico del sector publico, y el punto 19.1.4 de las bases especificas de la convocatoria del proceso de estabilización mediante los procedimientos de concurso y de concurso oposición, para cubrir las plazas del personal laboral del IBJOVE.

4. Dar cuenta 

del objeto de la presente resolución al Consejo de Administración del IBJOVE en la próxima sesión, de acuerdo con el establecido al Decreto 33/2023, de 26 de mayo, de aprobación de los Estatutos de la entidad pública empresarial IBJOVE.

5. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Web del IBJOVE http://ibjove.caib.es

6. Comunicar la presente Resolución a las personas interesadas.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta del Consejo de Administración del IBJOVE en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, (firmado electrónicamente: 28 de octubre de 2024)

La presidenta del IBJOVE  Catalina Cirer Adrover