Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 710695
Acuerdo del pleno de fecha 26 de septiembre 2024 del ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para la cual se aprueba inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora de ruidos y vibraciones

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública la modificación de la ordenanza municipal de ruidos y vibraciones del municipio de Santa Eulària des Riu en virtud del acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de 26 de septiembre adoptado en los siguientes términos:

PRIMERO. - Aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora de ruidos y vibraciones del municipio de Santa Eulària des Riu, en lo establecido en su Disposición Adicional Séptima, apartados 2 y 3, en los términos siguientes:

A.- Redacción actual vigente.

“Disposición Adicional Séptima. Uso de dispositivos sonoros en tareas agrícolas.

2. La distancia mínima entre los dispositivos anteriormente definidos y cualquier vivienda será superior a los 500 metros. No podrán instalarse si no se cumple esta condición.

3. En caso de utilizar dispositivos espanta-pájaros acústicos, estos nunca estarán orientados a viviendas más cercanas, a pesar de encontrarse a más de 500 metros.

…”.

B.- Redacción modificada:

“Disposición Adicional Séptima. Uso de dispositivos sonoros en tareas agrícolas.

2. La distancia mínima entre los dispositivos anteriormente definidos y cualquier vivienda será superior a los 200 metros. No podrán instalarse si no se cumple esta condición.

3. En caso de utilizar dispositivos espanta-pájaros acústicos, estos nunca estarán orientados a viviendas más cercanas, a pesar de encontrarse a más de 200 metros.”

SEGUNDO. - Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de les Illes Balears, así como en la web municipal, con apertura de un trámite de información pública de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

TERCERO. - En el supuesto de que no se presenten reclamaciones y/o sugerencias en relación con la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza en el plazo de información pública y audiencia de los interesados, el acuerdo de aprobación inicial se elevará a definitivo.

 

Santa Eulària des Riu, documento firmado digitalmente (25 de octubre de 2024)

La alcaldesa Mª del Carmen Ferrer Torres