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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 706123
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se ejecuta la Sentencia núm. 158/2019, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 3 de Palma

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Texto

Antecedentes

1. El 19 de mayo de 2016 se publicó la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de convocatoria de acceso o progresión a la carrera profesional del personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 63).

2. El 11 de julio de 2017 se publicó la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se ordena la publicación de las listas definitivas del personal que inicia la carrera profesional o asciende de nivel, de acuerdo con la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de mayo de 2016 por la que se convoca un procedimiento extraordinario para acceder al modelo de carrera profesional del personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares

3. El señor Albert Ríos Julià y el señor Felipe Salguero Martínez no estuvieron conformes con el nivel reconocido y los días sobrantes que les correspondían, por lo que interpusieron un recurso contencioso-administrativo.

4. Por medio de la Sentencia núm. 158/201, de 17 de junio de 2019, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Palma les dio la razón en sus pretensiones y declaró que debía reconocerse:

a. Al señor Albert Ríos Julià, el nivel II (subgrupo A2, enfermero) y 1.342 días sobrantes.

b. Al señor Felipe Salguero Martínez, el nivel III (subgrupo A2, enfermero) y 990 días sobrantes.

5. El 21 de diciembre de 2022 el Juzgado dictó la Resolución de ejecución de la Sentencia, que fue notificada a las partes el 27 de diciembre de 2022.

6. El 30 de noviembre de 2022, el Servicio de Evaluación y Carrera Profesional informó al Servicio de Retribuciones que debía ejecutar la sentencia y hacer efectivo el pago correspondiente.

7. El 12 de diciembre el Servicio de Retribuciones informó al Servicio de Evaluación y Carrera Profesional de que se había efectuado el pago de la deuda al señor Ríos en la nómina de noviembre y al señor Salguero en la nómina de diciembre de 2022.

8. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 25 de enero de 2018 se convocó un procedimiento ordinario para acceder a la carrera profesional (BOIB núm. 14, de 30 enero de 2018).

9. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 29 de octubre de 2019 (BOIB núm.150, de 5 de noviembre de 2019) se le reconoció al señor Salguero la consecución del nivel III del subgrupo A2 y un remanente de 990 días. En consecuencia, en aplicación de la Sentencia 158/2019 antes mencionada el señor Salguero ya tenía reconocido el nivel III en la convocatoria de 19 de mayo de 2016, por lo que debe suprimirse el reconocimiento que se le hace en esta resolución.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, establece la obligación de las partes de cumplir las sentencias en la forma y términos que en ella se consignan.

2. El artículo 24 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo 1 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 23 de junio de 2017 (BOIB núm. 84, de 11 de julio), en relación con el señor Felipe Salguero Martínez.

Donde decía:

Nombre

DNI

Categoría

Grupo

Nivel clasificado

Remanentes (días)

Inicia/Asciende

Salguero Martínez, Felipe

43073148J

Enfermero/

enfermera

SUAP

A2

2

1593

IC

debe decir:

Nombre

DNI

Categoría

Grupo

Nivel clasificado

Remanentes (días)

Inicia/Asciende

Salguero Martínez, Felipe

43073148J

Enfermero/

enfermera

SUAP

A2

3

990

IC

2. Modificar el anexo 5 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 23 de junio de 2017 (BOIB núm. 84, de 11 de julio), en relación con el señor Albert Ríos Julià.

Donde decía:

Nombre

DNI

Categoría

Grupo

Nivel clasificado

Remanentes

(días)

Inicia/Asciende

Ríos Julià, Albert

43062478S

Enfermero/

enfermera

SUAP

A2

2

1.171

IC

debe decir:

Nombre

DNI

Categoría

Grupo

Nivel clasificado

Remanentes

(días)

Inicia/Asciende

Ríos Julià, Albert

43062478S

Enfermero/

enfermera

SUAP

A2

2

1.342

IC

3. Excluir al señor Felipe Salguero Martínez del anexo 1 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears, de 29 de octubre de 2019 (BOIB núm. 150 de 5 de noviembre).

4. Notificar a la Gerencia del 061 para que regularice el pago del complemento retributivo de carrera profesional de las personas interesadas, todo ello de acuerdo con la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares referente al pago y la prescripción de las deudas.

5. Notificar esta resolución a las personas interesadas.

Interposición de recursos

Contra esta resolución que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación de esta resolución, de conformidad con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 24 de octubre de 20249

La directora de Recursos Humanos Por delegación del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares Por delegación del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares (Resolución de 10/01/2024) (Margarita Bujosa Pocoví)