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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 695423
Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en los centros concertados de educación especial para el curso 2024-2025

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Texto

Hechos

1. La Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears, establece en el artículo 37 que las personas menores de edad con diversidad funcional tienen derecho de disfrutar de un sistema de educación inclusivo, con acceso a la educación obligatoria y no obligatoria en iguales condiciones que los otros miembros de la comunidad, sin exclusión por razón de diversidad funcional, y con ayudas y los apoyos necesarios y para hacer posible el acceso y potenciar su máximo desarrollo.

2. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece, en el artículo 71.1, que las administraciones educativas tienen que disponer los medios necesarios para que todos los alumnos logren el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos que establece con carácter general esta Ley.

3. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (LEIB) fija, en el artículo 3, como uno de los principios generales, que la accesibilidad universal, la equidad, la igualdad de derechos y de oportunidades y la cohesión social y cultural dentro del marco de la inclusión educativa de todo el alumnado acontece un principio general, pedagógico y organizativo.

4. En fecha 7 de septiembre de 2024 se publicó en el BOIB n.º 118 el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de septiembre de 2024 por el cual se modifica el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2023 por el cual se ratifica el Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo 2016 y Nuevo Acuerdo marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada y el Anexo 21 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por el año 2024.

El mencionado acuerdo establece financiar, con efectos de 1 de septiembre de 2024, en los centros concertados de educación especial, personal auxiliar técnico educativo (ATE) con el siguiente criterio:

  • Curso 2024-2025: 1 ATE cada cuatro aulas. Mínimo 0,5 ATE.
  • Curso 2025-2026: 1 ATE cada tres aulas.
  • Curso 2026-2027: 1 ATE cada dos aulas.

5.  En el BOIB n.º 120, de 12 de septiembre de 2024, se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta del director general de Personal Docente y Centros Concertados sobre el establecimiento de los conciertos educativos para el curso escolar 2024-2025.

El anexo 1 de esta Resolución, aprueba el establecimiento, el mantenimiento o la modificación de los conciertos educativos para el curso 2024-2025 de los centros concertados, incluidos los de educación especial.

Fundamentos de derecho

1.  La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, (LOMLOE) (BOE n.º 106, de 4 de mayo).

2.  La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n.º 15, de 2 de febrero).

3. La Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears (BOIB n.º 26, de 28 de febrero).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB n.º 38, de 17 de marzo).

5. La Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.

6. El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024 (BOIB n.º 169, de 29 de diciembre).

7. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024 de 17 de mayo.

8. Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2023 por el cual se ratifica el Acuerdo de la Mesa de Enseñanza Privada Concertada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de Reactivación del Acuerdo 2016 y Nuevo Acuerdo marco (2023-2027) de mejora para la Enseñanza Privada Concertada y el Anexo 21 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024 (BOIB n.º 118, de 7 de septiembre).

9. La Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta del director general de Personal Docente y Centros Concertados sobre el establecimiento de los conciertos educativos para el curso escolar 2024-2025 (BOIB n.º 120, de 12 de septiembre).

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1.  Determinar la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en los centros concertados de educación especial para el curso 2024-2025, de acuerdo con los términos previstos en el anexo de esta Resolución.

2.  Ordenar la publicación de esta Resolución y su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del Departamento de Centros Concertados de la Consejería de Educación y Universidades.

Interposición de recursos

Contra esta resolución que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a haberse publicado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de octubre de 2024)

El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Alonso Sánchez

 

ANEXO

CENTRO

Número de  Aulas

ATE CURSO 2024-2025

CCEE MATER MISERICORDAE

34

8,50

CCEE LA PURÍSIMA

8

2,00

CCEE JOAN MESQUIDA

8

2,00

CCEE PRINCESA DE ASTURIAS

22

5,50

CCEE PINYOL VERMELL

10

2,50

CCEE JOAN XXIII

18

4,50

CCEE QUATRE PER QUATRE (PALMA)

7

1,75

CCEE SANT JOSEP

5

1,25

CCEE QUATRE PER QUATRE (EIVISSA)

1

0,50