Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 695257
Nombramiento como funcionarios de carrera de Administración Especial, grupo A2 del Ayuntamiento de Andratx, de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos, incluido en el proceso de estabilización del empleo temporal que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
Por general conocimiento se hace saber que por Resolución de Alcaldía n.º 3923/2024 de fecha 18 de octubre, y de conformidad con la resolución dictada por la consejera de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca, de listado definitivo de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos, incluido en el proceso de estabilización del empleo temporal que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, han sido nombrados como funcionarios de carrera de Administración Especial, grupo A2 del Ajuntament de Andratx, las siguientes personas:
APELLIDOS Y NOMBRE |
Nº REF./ PUESTO |
NOMBRE DEL PUESTO |
UNIDAD |
SUBGRUPO |
PUJOL ENRICH, ALEXANDER |
RPF15.15 |
Arquitecto técnico |
Sin adscripción |
A2 |
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62, 1.b del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse, cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
(Firmado electrónicament: 22 de octubre de 2024
La batlessa Estefanía Gonzalvo Guirado)