Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 694238
Aprobación definitiva MC 01/2024, por suplemento de crédito financiado con bajas de otras partidas, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 12 de septiembre de 2024
Finalizado el plazo de exposición al público de la modificación presupuestaria 01/2024 del Consorci Ciutat Romana de Pol·lèntia, por suplemento de crédito financiado con baja de otras partidas, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 12 de septiembre de 2024, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo y, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica a continuación la modificación realizada a nivel de aplicación presupuestaria:
Suplemento de crédito
Aplicaciones incrementadas en el presupuesto de gastos:
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
CRÉDITO ACTUAL |
AUMENTO |
CRÉDITO DEFINITIVO |
PA 336 130100 |
HORAS EXTRAORDINARIAS |
1.060,00 |
1.400,00 |
2.460,00 |
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1.400,00 |
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Aplicaciones disminuidas en el presupuesto de gastos:
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
CRÉDITO ACTUAL |
AUMENTO |
CRÉDITO DEFINITIVO |
PA 336 150000 |
INCENTIVO DE PRODUCTIVIDAD |
3.000,00 |
1.400,00 |
1.600,00 |
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1.400,00 |
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Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Alcúdia, en la fecha electrónica (22 de octubre de 2024)
La presidenta Josefina Linares Capó