Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 693769
Corrección de los errores detectados en las bases y convocatoria simultánea de las subvenciones individuales para personas mayores de 65 años y personas con discapacidad residentes en Formentera para el año 2024
Se hace público que el Presidente del Consell de Formentera, en fecha 26 de septiembre de 2024, ha dictado el siguiente Decreto:
“LORENZO CÓRDOBA MARÍ, PRESIDENTE DEL CONSELL DE FORMENTERA
El Pleno del Consejo Insular de Formentera, en sesión de carácter ordinario de 29 de agosto de 2024, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
3.1.7.- PRP2024/627. PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LAS BASES Y LA CONVOCATORIA SIMULTÁNEA DE LAS SUBVENCIONES INDIVIDUALES PARA PERSONAS MAYORES DE 65 AÑOS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD RESIDENTES EN FORMENTERA PARA El AÑO 2024.
1. APROBAR las bases y la convocatoria simultánea de las subvenciones individuales para personas mayores de 65 años y personas con discapacidad residentes en Formentera para el año 2024.
2. PUBLICAR este acuerdo y el contenido de las Bases a la Base Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. Formentera, con la fecha de la firma electrónica.
Dado que estas bases se han publicado en el BOIB del 21 de septiembre de 2024, con edicto número 9151, páginas 42378-42388.
Dado que se ha detectado un error material en las bases, en el punto “18. Régimen jurídico...”
Por todo esto, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas por el artículo 21 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, y el artículo 21.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen jurídico, y toda la normativa que es de aplicación,
HE RESUELTO
PRIMERO.- Corregir los errores detectados en las bases y convocatoria simultánea de las subvenciones individuales para personas mayores de 65 años y personas con discapacidad residentes en Formentera para el año 2024.
DONDE DICE:
" 18. Régimen jurídico.
Esta convocatoria se rige por estas bases y, en aquello que no esté previsto, por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears, por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, por el Plan Estratégico de Subvenciones para el 2022 y el primer semestre de 2023, aprobado por sesión ordinaria el día 25 de febrero de 2022 del Pleno del Consell Insular de Formentera, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en todo aquello que esté de aplicación”.
TIENE QUE DECIR:
“18. Régimen jurídico
Esta convocatoria se rige por estas bases y, en aquello que no esté previsto, hay que tener en cuenta el que dice la citada Ley 4/2022, de 28 de junio de consells insulars, concretamente el artículo 96.2, sobre competencias de fomento por parte de los consells insulars, la disposición adicional octava, sobre subvenciones y transferencias de capital y la disposición adicional novena, sobre normativa en materia de subvenciones; y por el PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA EL 2024 Y EL 2025 DEL CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA, aprobado definitivamente por BOIB n.º 40, de 23 de marzo de 2024“
SEGUNDO.- PUBLICAR este decreto de presidencia en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos.
El presidente, Ante mí, el secretario,
Lorenzo Córdoba Marí Ángel C. Navarro Sánchez
Formentera, en la fecha de la firma electrónica.
SR. PRESIDENTE DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA
El presidente,
Lorenzo Córdoba Marí
Lo cual se publica para generar el conocimiento.
Formentera, a la fecha de la firma electrónica (21 de octubre de 2024)
El presidente Lorenzo Córdoba Marí