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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 687357
Constitución bolsa de trabajo de tesoreros

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de Alcaldía n.º 2024-3874, de 16 de octubre de 2024, se ha resuelto lo siguiente:

«DECRETO

Antecedentes

El 15 de octubre de 2024, la Comisión Técnica de Valoración de la convocatoria de una bolsa de trabajo de tesoreros propone a la Alcaldía la constitución definitiva de la mencionada bolsa de trabajo.

Vista la propuesta de resolución PR/2024/1268 de 15 de octubre de 2024.

RESUELVO

1. Aprobar, según la propuesta definitiva efectuada por la Comisión Técnica de Valoración nombrada al efecto, la composición final de la bolsa de trabajo de tesoreros, convocada por Decreto de Alcaldía n.º 2024-1884, de 14 de mayo de 2024, y que queda con el orden de prelación siguiente:

NÚM.

DNI

ASPIRANTE

TOTAL

1.

***8241**

Gulias Recio, Javier

40,76

2. Publicar esta bolsa en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor y en el BOIB.

3. Esta bolsa extraordinaria tendrá una vigencia máxima de 3 años desde que se publique la resolución de constitución en el BOIB. Una vez haya transcurrido este periodo de tiempo la bolsa pierde la vigencia y no se puede reactivar.

Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podéis interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación, que en este caso corresponderá la resolución al órgano delegado), en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.

También podéis interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 8.1, 25, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, podéis interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de seis meses contadores desde el día siguiente a la desestimación presunta.

Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.

 

Manacor, 17 de octubre de 2024

La delegada genérica del área de Hacienda, Economía y Gobierno Abierto Antònia Llodrà Brunet