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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 675205
Orden de contratar una (1) plaza de Personal subalterno, clase conserje personal laboral fijo

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Texto

Por Resolución de esta Alcaldía n.º 2024003566 de día 9 de octubre de 2024, se ha dictado lo siguiente:

Antecedentes

Primero.- Vista la convocatoria del proceso de estabilización por el sistema concurso de méritos para la cobertura de dos (2) plazas de Conserje de la categoría personal subalterno, clase conserje, nivel VIII del Convenio colectivo, del Ayuntamiento de Llucmajor, las bases de la cual se publicaron en el BOIB n.º 154 de 26 de noviembre de 2022 y el anuncio de la cual se publicó en el BOE n.º 307 de 23 de diciembre de 2022.

Segundo.- Visto el Decreto 2024000461, de día 8 de febrero de 2024 en el cual se establece que las Sras. Josefa Fuster Sastre y Yolanda Serra Teruel, han superado el proceso selectivo del concurso extraordinario de méritos.

Tercero.- Dado que la Sra. Yolanda Serra Teruel en fecha 06/03/2024 (RGE. N.º 04599) y la Sra. Maria Rafael Puigserver en fecha 19/03/2024 (RGE. N.º 05300) presentaron su renuncia.

Cuarto.- Visto que en el BOIB n.º 61 y con fecha 09/05/2024 se publicó la orden de contratación de la Sra. Coloma Ramon Taberner y que esta no firmó contrato en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Quinto.- Dado que la Sra. Sebastiana Cerdà Ferrer en fecha 10/09/2024 (RGE. Núm. 15.973) presentó su renuncia.

Sexto.- Visto lo establecido en la base 15.3 «...cuando haya renuncias de aspirantes seleccionados antes del nombramiento o la toma de posesión, el tribunal elevará al órgano convocante una relación complementaria de los aspirantes que estén situados a continuación de las personas propuestas, por orden de puntuación, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera en sustitución de las que renuncien a las plazas.»

Séptimo.- Visto el anuncio de la relación complementaria de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por orden de prelación, realizado por el Tribunal el día 10 de noviembre de 2023 y publicado el mismo día. Resulta, de conformidad con lo previsto en la base 15.3, que la Sra. Maria de los Reyes Abinareta Ferrer es la aspirante situada a continuación de las personas propuestas, por orden de puntuación.

En consecuencia,

RESUELVO

Primero.- Aceptar la renuncia de la Sra. Sebastiana Cerdà Ferrer de fecha 10/09/2024 (RGE. Núm. 15.973).

Segundo.- Ordenar la contratación de la Sra. Maria de los Reyes Abinareta Ferrer, con DNI **0946***, como personal laboral fijo Conserje, categoría Personal subalterno, clase conserje, nivel VIII del Convenio colectivo del Ayuntamiento de Llucmajor, derivada de la Oferta de Ocupación Pública Extraordinaria de 2022 del Ayuntamiento de Llucmajor.

Tercero.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Cuarto.- Requerir a la Sra. Maria de los Reyes Abinareta Ferrer para que firme contrato en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Quinto.- Dar traslado de esta Resolución al Pleno del Ayuntamiento, así como a la Unidad de Recursos Humanos para su conocimiento y efectos.

Contra esta resolución los interesados podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

 

Llucmajor, 9 de octubre de 2024

La alcaldesa María Francisca Lascolas Rosselló