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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA

Núm. 672057
Modificación de delegación de competencias a favor de los/as concejales/as del Ayuntamiento de Algaida

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Texto

La alcaldesa de la corporación en fecha 14 de octubre de 2024 dictó el siguiente decreto:

Visto que el 27 de junio de 2023 se dictó decreto de delegación de competencias de alcaldía a las regidurias competentes.

En atención a los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público así como el artículo 43 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las entidades locales.

Visto el informe jurídico incorporado en el expediente, la necesidad y voluntad de esta alcaldía de modificar esta delegación, y en atención a la normativa aplicable y a las atribuciones conferidas legalmente,

RESUELVO

PRIMERO. Modificar el régimen de delegaciones establecido en el Decreto número 516/2023 dejando la delegación a favor de los regidores las competencias referidas a las áreas o servicios de la siguiente forma:

  • Mateu Capellà Ribot: Hisenda, Función pública, Contratación, Medio Ambiente y Obras públicas.
  • Jerónima Miralles Xamena: Educación, Salud, Servicios Sociales, Juventud, Igualdad y Participación ciudadana.
  • Francesc Ramis Oliver: Cultura, Patrimonio, Urbanismo, Gente Mayor y Cooperación.

Por tanto, la Alcaldesa se reserva y no delega las áreas de Gobernación, Infraestructuras, Mantenimiento, Foravila, Fiestas, Seguridad ciudadana y Promoción económica.

SEGUNDO. Modificar el régimen de delegaciones establecido en el Decreto número 516/2023 dejando las facultades que se deleguen en las de dirigir los servicios correspondientes así como la facultad de gestionarlos en general. Se exceptúan de esta delegación la firma de resoluciones y convenios, la realización de propuestas a los distintos órganos del Ayuntamiento, así como de propuestas de gasto con las materias relacionadas de cada regiduría.

TERCERO. Que se de cuenta de esta resolución en la primera sesión del Ayuntamiento en Pleno que se celebre, así como que se comunique al resto de áreas municipales e interesados para que tomen conocimiento.

CUARTO. La presente resolución producirá efectos en el mismo momento de su firma y deberá ser publicada en el BOIB y en la sede electrónica municipal.”

 

Algaida, 15 de octubre de 2024

La alcaldesa Margarita Fullana Arrom