Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 670643
Información pública y audiencia de la segunda aprobación inicial del Plan Especial de mejora de la movilidad vial y fomento del transporte público mediante estacionamientos de intercambio modal (PEIM)
El Pleno del Consell Insular de Mallorca, en sesión de día 10 de octubre de 2024, acordó:
«1º.- Aprobar la propuesta de «Plan Especial de mejora de la movilidad vial y fomento del transporte público mediante estacionamientos de intercambio modal - Segunda aprobación inicial», de conformidad con lo establecido en el artículo 13 quater de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, con el objeto y alcance que define la documentación técnica que se adjunta, y que se integra por la documentación sustantiva y ambiental siguiente:
«Memoria y estudio económico y financiero (I. Memoria, II. Estudio económico y financiero, III. Planos de alternativas); Normativa (I. Normativa, II.
Anexo 1: fichas de estacionamientos de intercambio modal existentes, III.
Anexo 2: fichas de estacionamientos de intercambio modal nuevos propuestos); Estudio ambiental estratégico (I. Estudio ambiental);
Anexo (Anexo y principales cambios introducidos)».
2º.- Disponer la tramitación de esta segunda aprobación inicial del Plan Especial de mejora de la movilidad vial y fomento del transporte público mediante estacionamientos de intercambio modal (PEIM), siguiendo el procedimiento establecido en la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, y en consecuencia ordenar la apertura de un nuevo plazo de información pública de cuarenta y cinco días hábiles, de toda la documentación integrante de la modificación del citado Plan, mediante la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en dos de los diarios de mayor circulación de la isla (en castellano y en catalán), en el tablón de edictos del Consell Insular de Mallorca, en la SEU Electrónica del Consell Insular de Mallorca, y en el apartado correspondiente del portal Web del Consell Insular de Mallorca, para que cualquier persona o entidad pueda formular las alegaciones que estime pertinentes. La publicación telemática debe incluir tanto el anuncio de apertura del trámite de información pública como de toda la documentación que conforma esta segunda aprobación inicial.
3º.- Solicitar, simultáneamente al periodo de información pública, y durante el mismo plazo, el informe previsto en el artículo 13 quater.1.e) de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, con relación al ámbito de las competencias respectivas, al Gobierno de las Islas Baleares, a los ayuntamientos afectados y a todas las administraciones que corresponda en aplicación de la legislación sustantiva y sectorial. En el plazo indicado se efectuará consulta al resto de administraciones públicas afectadas, así como a las entidades, cuyos intereses colectivos puedan resultar afectados.
4º.- Someter la documentación de esta segunda propuesta de Plan Especial de mejora de la movilidad vial y fomento del transporte público mediante estacionamientos de intercambio modal (PEIM), así como toda la documentación ambiental, indicando las modificaciones incorporadas entre la primera y segunda aprobación inicial, a consulta de las administraciones, órganos y entidades públicas y privadas señaladas en el documento de alcance formulado por la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares el día 14 de noviembre de 2022, todo ello a los efectos previstos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación Ambiental de las Islas Baleares.
5º.- Mantener la suspensión para el otorgamiento de licencias y autorizaciones de aquellas actuaciones que, a pesar de cumplir las determinaciones legales vigentes, impidan o dificulten la viabilidad de las previsiones recogidas en el documento de Segunda aprobación inicial del Plan Especial de mejora de la movilidad vial y fomento del transporte público mediante estacionamientos de intercambio modal (PEIM).
Esta suspensión tiene, como máximo, una duración total de tres años contados desde la fecha de publicación del acuerdo de primera aprobación inicial (Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 48, de día 15 de abril de 2023); todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 13,1, 1.d) de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial.»
Por todo ello, se pone a disposición del público en general toda la documentación del plan aprobado inicialmente en el siguiente enlace: https://cloud3.conselldemallorca.net/index.php/s/bcCxjBeAyCGJ8j9, a los efectos del trámite de exposición pública establecido en el artículo 13 quater de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial.
Palma, el día de la firma electrónica (15 de octubre de 2024)
El consejero ejecutivo de Territorio, Movilidad e infraestructuras Fernando Rubio Aguiló