Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Núm. 669210
Acuerdo del Pleno de fecha 18/09/2024, del Ayuntamiento de Selva, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n.º 897/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales. Al no haberse presentado alegaciones, se publica éste para su general conocimiento a efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gasto
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito extraordinario |
Créditos finales |
|
---|---|---|---|---|---|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
321 |
60000.01 |
Adquisición de terrenos para uso educativo en Selva, Moscari y Biniamar |
0€ |
2.600.000€ |
2.600.000€ |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:
Altas en Conceptos de Ingresos
Clasif. Económica |
Descripción aplicación presupuestaria |
Euros |
---|---|---|
87000.03 |
Remanente de tesorería para gastos generales. 2023 |
2.600.000€ |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso -Administrativa.
Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
(Firmado electrónicament: 14 de octubre de 2024
El alcalde Joan Rotger Seguí)