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AYUNTAMIENTO DE FORNALUTX
Núm. 667571
Extracto de la Resolución de 14 de mayo de 2024 del Pleno del Ayuntamiento por el que se convocan subvenciones a particulares para coadyuvar económicamente a la reparación y restitución de los daños sufridos en sus bienes, edificios, fincas y elementos etnológicos a consecuencia de la borrasca Juliette
Primero.- Beneficiarios
Pueden acogerse a esta convocatoria los particulares, personas físicas o jurídicas que residan o que sean titulares de bienes, fincas, edificios, elementos etnológicos o cualquier otra infraestructura situados en el término municipal de Fornalutx y que hayan sufrido daños producidos por la Borrasca Juliette durante los días 26 a 28 de febrero de 2023.
Segundo.- Objeto
Constituye el objeto de esta convocatoria de subvenciones coadyuvar económicamente a las personas o entidades del municipio afectadas por la borrasca Juliette a sufragar los gastos en los que hayan incurrido para restablecer o restituir sus bienes al estado que tenían con anterioridad al hecho de que se produjera la tempestad.
Tercero.- Bases reguladoras
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el resto de la normativa aplicable.
Cuarto.- Cuantía
Se destina la cantidad de ciento noventa y dos mil tres cientos siete euros con sesenta y nueve céntimos (192.307,69.-€) a cargo de la aplicación presupuestaria 9200/4800100, a las subvenciones objeto de esta convocatoria.
La concesión de las subvenciones está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
De acuerdo con el número de actuaciones solicitadas, una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, el Ayuntamiento de Fornalutx concederá una subvención hasta el 100% del coste de las actuaciones subvencionadas. En el caso de que el crédito presupuestario no alcance para la satisfacción del 100% del gasto justificado por parte de los particulares solicitantes, se realizará el sumatorio de la totalidad de esos gastos justificados y se otorgará a cada beneficiario la parte proporcional correspondiente del crédito presupuestario aprobado (192.307,69.-€).
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar la documentación prevista en la convocatoria será de treinta (30) días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se debe entender prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Sexto.- Justificación
Desde el punto de vista temporal y para garantizar que los daños son derivados de la Borrasca Juliette, únicamente se subvencionan las actuaciones acreditadas documentalmente entre el 26 de febrero de 2023 i el 31 de diciembre de 2023, y se deberá de hacer constar la descripción de la actuación realizada y el coste exacto que comporte o haya comportado la misma.
Séptimo. Publicación
La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Fornalutx, 8 de octubre de 2024 El acalde Francisco Marroig Arbona