Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 666893
Resolución por la cual se aprueba la reelaboración de la Carta Marco de la Red de Atención a la Ciudadanía
Hechos
1. En fecha 10 de junio de 2024, el Servicio de Coordinación de la Atención a la Ciudadanía adscrito a la Dirección General de Estrategia Digital y Simplificación Administrativa de la consejería de Economía, Hacienda e Innovación finalizó la reelaboración del contenido de la Carta Marco correspondiente a los servicios ofrecidos por esta organización, mediante la aprobación interna de su contenido por parte del director general.
2. El día 31 de julio, la directora general competente en calidad (ahora Dirección General de Coordinación y Transparencia), emitió el informe favorable sobre validación y aprobación de la Carta marco del Servicio de la Atención a la Ciudadanía de conformidad con el artículo 6.1 del Decreto 37/2009, de 26 de junio, sobre Cartas Ciudadanas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. Una vez emitido el informe favorable por parte de la Dirección General de Coordinación y Transparencia, se produjeron una serie de cambios que manifestaron la necesidad de modificar el contenido de la Carta Marco aprobada inicialmente el 6 de agosto por el consejero de Economía, Hacienda e Innovación. Por este motivo, el día 20 de septiembre, el director general de Estrategia Digital y Simplificación Administrativa aprobó la resolución de modificación de la Carta Marco de la Red de Atención a la Ciudadanía.
4. El día 25 de septiembre, la Dirección General de Coordinación y Transparencia emitió el informe previo y preceptivo para aprobar la modificación de la Carta Marco de la Red de Atención a la Ciudadanía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con el Decreto 37/2009, de 26 de junio, sobre Cartas Ciudadanas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fundamentos de derechos
1. Los artículos 25 y 26 de la Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la Buena Administración y del Buen Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 53, de 9 de abril).
2. El Decreto 37/2009, de 26 de junio, sobre Cartas Ciudadanas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 99, de 9 de julio).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44 de 3 de abril).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar el contenido de la Carta Marco de la Red de Atención a la Ciudadanía de conformidad con el artículo 6.1 del Decreto 37/2009, de 26 de junio, sobre Cartas Ciudadanas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la cual debe publicarse en la página web del Servicio de Calidad y Evaluación de la Dirección General de Coordinación y Transparencia, competente en materia de calidad, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, en la página correspondiente a las Cartas Ciudadanas http://cartesciutadanes.caib.es, así como en la página web institucional del Servicio de Coordinación de la Atención a la Ciudadanía.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, fecha firma electrónica (13 de octubre de 2024)
El consejero de Economía, Hacienda e Innovación Antoni Costa Costa