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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE CAMPOS

Núm. 666319
Nombramiento de personal funcionario de carrera con la categoría de oficial de la policía local

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Texto

Finalizado el proceso selectivo de la convocatoria para cubrir como personal funcionario de carrera una plaza de la categoría de oficial/a de la Policía Local el Ayuntamiento de Campos por el sistema de promoción interna, perteneciente a la Escala de Administración Especial, subescala servicios especiales, escala básica de la Policía Local, Grupo C, Subgrupo C1; según las bases publicadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 129, de 4 de octubre de 2022, y a propuesta del Tribunal calificador, la alcaldesa del Ayuntamiento de Campos ha dictado resolución en fecha de 11 de octubre de 2024,  por la que se acuerda nombrar funcionario de carrera del Ayuntamiento de Campos a los siguientes aspirantes que han superado el proceso selectivo:

DNI

Nom

***2712**

Rigo Riera, Joan

Lo que se hace público a los efectos de dar cumplimiento al establecido en el artículo 62 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Lei del Estatuto Básico del Empleado Público y al artículo 56 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de función pública de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra la presente resolución, que agota a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante la alcaldesa del Ayuntamiento de Campos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo esto, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

 

(Firmado electrónicamente: 11 de octubre de 2024)

La alcaldesa Francisca Porquer Manresa