Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 661963
Resolución de concesión de las subvenciones en especie concedidas por el Consejo Insular de Mallorca a favor de los Ayuntamientos de Mallorca de población inferior a 5.000 habitantes consistentes en ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo Insular de Mallorca, en fecha 8 de octubre de 2024, ha aprobado la siguiente resolución:

“Resolución de concesión de las subvenciones en especie concedidas por el Consejo Insular de Mallorca a favor de los Ayuntamientos de Mallorca de población inferior a 5.000 habitantes consistentes en ayudas para el apoyo<A[apoyo|soporte]> de la actividad comercial en zonas rurales, en el marco del Plan<A[Plan|Plano]> de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Antecedentes: 

1. El Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de fecha 14 de agosto de 2024, que aprueba la convocatoria pública para el otorgamiento de subvenciones en especie concedidas para<A[para|por]> el Consejo Insular de Mallorca y destinadas a municipios de población no superior a 5.000 habitantes, consistentes en ayudas para el apoyo<A[apoyo|soporte]> de la actividad comercial en zonas rurales, en el marco del Plan<A[Plan|Plano]> de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el BOIB nº. 114 de 31 de agosto de 2024, que ha sido publicado en BOIB nº. 114 de 31 de agosto de 2024.

2. Transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOIB para presentar las solicitudes de subvención, el órgano instructor ha emitido informe sobre el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de los requisitos para acceder a esta subvención por parte de los ayuntamientos beneficiarios, en el cual formula asimismo la propuesta de resolución con el fin de aprobar la concesión de las subvenciones en especie objeto de esta convocatoria a favor de los Ayuntamientos de Mallorca de población inferior a 5.000 habitantes que se relacionan.

3. La Memoria justificativa que emite el secretario técnico por<A[por|para]> suplencia del director insular de Comerç, en la cual se considera justificado aprobar, en los términos informados por el órgano instructor y de acuerdo con la propuesta de que se formula, la concesión de las subvenciones en especie a favor de los Ayuntamientos de Mallorca de población inferior a 5.000 habitantes consistente en la entrega de bienes y equipamientos para el apoyo<A[apoyo|soporte]> de la actividad comercial en zonas rurales en el marco del Plan<A[Plan|Plano]> de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

4. El informe jurídico favorable respecto de la propuesta de concesión formulada, emitido desde la secretaría técnica del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local.

5. El informe de fiscalización favorable emitido por la intervención delegada de la Misericordia día 7 de octubre de 2024.

Por lo tanto,

RESUELVO

1. Aprobar la concesión de las subvenciones en especie a favor de los Ayuntamientos de Mallorca de población no superior a 5.000 habitantes que se relacionan a continuación, por el importe que se detalla:

a)  Bolsas<A[Bolsas|Bolsos]> de tela reutilizables.

Ayuntamiento

Unidades totales concedidas

MARIA DE LA SALUT

132

 LLORET DE VISTALEGRE

103

 SINEU

187

 FORNALUTX

65

BANYALBUFAR

72

ESTELLENCS

72

 LLUBÍ

0

MONTUÏRI

164

CAMPANET

132

CONSELL

187

COSTITX

103

PETRA

164

VILAFRANCA

164

ESCORCA

72

ARIANY

71

BÚGER

96

PUIGPUNYENT

125

SANTA EUGÈNIA

102

SANT JOAN

131

 SELVA

186

SENCELLES

163

DEIÀ

71

MANCOR DE LA VALL

102

VALLDEMOSSA

125

 

2.789

b. Aparcamientos de bicicletas.

AYUNTAMIENTO

Artículo

Total concedido

ARIANY

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

8

BANYALBUFAR

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

0

BÚGER

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical

1

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

1

Aparcamiento de bicicletas tradicional en ángulo recto doble

1

CAMPANET

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

3

CONSELL

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

2

COSTITX

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

13

DEIÀ

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

1

 

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

2

ESCORCA

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical

5

ESTELLENCS

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical

4

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

0

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

0

 FORNALUTX

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

2

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

1

 LLORET DE VISTALEGRE

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

2

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

4

 LLUBÍ

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical

2

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

5

MANCOR DE LA VALL

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

5

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

5

MARIA DE LA SALUT

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

2

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

2

MONTUÏRI

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

2

PETRA

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

1

PUIGPUNYENT

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical

8

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

2

SANTA EUGÈNIA

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

4

SANT JOAN

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

2

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical doble

2

 SELVA

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical

8

SENCELLES

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical

2

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical de pared

3

Aparcamiento de bicicletas tradicional en ángulo recto doble

1

Aparcamiento de bicicletas tradicional en ángulo recto

7

 SINEU

 

0

VALLDEMOSSA

 

0

VILAFRANCA

Aparcamiento de bicicletas tradicional vertical

8

 

TOTAL

121

c) Pantallas y tótems.

AYUNTAMIENTO

Artículo

Total concedido

ARIANY

Pantalla interior 55''

3

BANYALBUFAR

Tótem exterior 49''

0

BÚGER

 

0

CAMPANET

 

0

CONSELL

Tótem interior 50''

1

Tótem exterior 49''

2

COSTITX

Pantalla interior 75''

2

Tótem interior 50''

1

Tótem exterior 49''

1

DEIÀ

 

0

ESCORCA

 

0

ESTELLENCS

 

0

 FORNALUTX

Pantalla interior 75''

1

 LLORET DE VISTALEGRE

Pantalla interior 75''

1

 LLUBÍ

 

0

MANCOR DE LA VALL

Tótem interior 50''

1

MARIA DE LA SALUT

Pantalla de escaparate 46''

1

MONTUÏRI

Tótem exterior 49''

1

PETRA

Pantalla exterior 43''

1

PUIGPUNYENT

Pantalla interior 55''

2

Tótem exterior 49''

3

SANTA EUGÈNIA

Pantalla interior 55''

1

Tótem interior 50''

1

SANT JOAN

Pantalla exterior 43''

1

 SELVA

Pantalla interior 55''

1

Tótem interior 50''

1

SENCELLES

Tótem exterior 49''

1

 SINEU

Pantalla interior 55''

1

VALLDEMOSSA

Pantalla interior 55''

5

VILAFRANCA

Pantalla interior 55''

3

 

TOTAL

36

1. Notificar la concesión mediante la publicación de este acto al Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

2. Entregar a los beneficiarios los bienes y equipamientos correspondientes, cosa que se formalizará mediante la firma de la correspondiente acta de entrega de estos bienes. De esta manera, los beneficiarios no percibirán ninguna cuantía económica directa y el importe de la subvención estará determinado por el valor de los bienes y equipamientos. Para llevar a cabo la entrega estará en el establecido en el punto 9 de la convocatoria.

3. Comunicar a los ayuntamientos beneficiarios que el plazo para la justificación de la subvención será de 10 días hábiles desde la entrega del bien o del equipamiento, se tiene que presentar a través del Registro electrónico del Consejo de Mallorca y se tiene que ajustar al modelo del anexo 3 de la convocatoria.

4. Los ayuntamientos beneficiarios de la subvención asumen el compromiso de facilitar en el Consejo Insular de Mallorca toda la información que los solicite relativa a los bienes y equipamientos objeto de la presente convocatoria, con la finalidad de colaborar con la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local en todas las comprobaciones encaminadas a validar la correcta realización de las actuaciones objeto de la ayuda, aportando a este efecto cuánta documentación le fuera requerida, así como los valores de los indicadores, hitos y objetivos efectivamente conseguidos, según el exigido por la Orden ICT/950/2021, de 10 de septiembre, por<A[por|para]> la cual se establecen las bases reguladoras de línea de ayudas para el apoyo<A[apoyo|soporte]> de la actividad comercial en zonas rurales y se procede a su convocatoria el año 2021, en el marco del Plan<A[Plan|Plano]> de Recuperación, Transformación y Resiliencia, modificada por la Orden ICT/566/2022 de 15 de junio.

5. Si se declara la procedencia del reintegro, vista la naturaleza de la subvención en especie, se considera cantidad recibida para reintegrar un importe equivalente al precio de adquisición del bien, siendo en todo caso exigible el interés de demora correspondiente."

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (11 de octubre de 2024)

El Secretario Técnico de Promoción Económica y Desarrollo Local (Art. 35.2g) Ley 4/2022, 28 de junio de Consejos Insulares. BOIB núm. 88, de 7 de julio de 2022) Diego de la Fuente Rama