Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 660997
Nombramiento de personal eventual Ayuntamiento de Alaior. Expediente n.º: 9626/2024
Hacemos público que, por resolución de alcaldía número 2024-1644, de fecha 01.10.2024, se ha resuelto en su parte bastante lo siguiente:
PRIMERO.- Nombrar a la Sra. Caterina Reurer Cardona (***1489**), como personal eventual, para ocupar el puesto de trabajo de «Responsable de protocolo, comunicación y gabinete de Alcaldía».
Recordar que, de acuerdo con la normativa vigente, el nombramiento y cese del personal eventual es libre por parte de la autoridad competente, si bien tendrá que cesar, automáticamente, cuando se produzca el cese o bien expire el mandato de esta Alcaldía.
SEGUNDO.- El régimen, dedicación, denominación y funciones de la plaza de asistente de alcaldía, es el siguiente, de acuerdo con la catalogación correspondiente del puesto de trabajo:
“N.º : 1.
Régimen: personal eventual.
Dedicación: jornada completa.
Denominación de la plaza: « Responsable de protocolo, comunicación y gabinete de Alcaldía» .
Funciones:
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano administrativo que dicta la Resolución en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el BOIB , de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Si se opta por interponer un recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo mientras no se dicte la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que pudiera considerar más conveniente.
Alaior, 11 de octubre de 2024
El alcalde José Luis Benejam Saura