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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 659164
Bases específicas que regirán las pruebas selectivas para la selección y la provisión definitiva de una plaza de técnico/técnica superior de patrimonio correspondiente a la oferta de ocupación pública del año 2024, por turno libre mediante el sistema de concurso oposición

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Texto

En reunión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, de fecha 4 de octubre de 2024, se acordó:

(...)

SEGUNDO. APROBAR las Bases específicas reguladoras de las convocatorias de los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral del Consell Insular d'Eivissa, por el sistema de concurso oposición por los turnos de promoción interna y turno libre, que consta dentro de las ofertas de ocupación pública de los años 2021, 2022, 2023 y 2024 que constan en el expediente TAO 24/13906Z con csv núm. 15250330010202456515 siguientes:

(…)

  • una plaza de téncico/técnica superior de patrimonio correspondiente a la Oferta de Ocupación Pública del año 2024, por turno libre

(…)

TERCERO. CONVOCAR las pruebas selectivas para la provisión de las plazas vacantes que se detallan en las bases anteriormente citadas.

CUARTO. PUBLICAR el texto íntegro de las bases específicas y la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de les Illes Balears y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) o , si corresponde, en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y ambos en la Sede electrónica del Consell d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es) en el catálogo de trámites Convocatorias y bolsa de ocupación. La fecha de publicación en el BOE servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA SELECCIÓN Y LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/TÉCNICA SUPERIOR DE PATRIMONIO CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE OCUPACIÓN PÚBLICA DEL AÑO 2024, POR TURNO LIBRE MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSCO OPOSICIÓN

1. Objeto y normas generales

1.1. El objeto de esta convocatoria es cubrir, por turno libre y mediante el sistema de concurso oposición, una plaza de técnico/técnica superior de patrimonio, vacante en la plantilla de personal funcionario, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase superior grupo A, subgrupo A1, dotada presupuestariamente, correspondiente a la Oferta de ocupación pública del año 2024 (Boletín Oficial de les Illes Balears –BOIB- núm. 101, de 1 de agosto de 2024).

1.2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición, y constará de una fase de oposición y una fase de concurso, con los temarios tanto general como específico, y en la valoración de méritos que constan en los anexos de estas bases específicas.

1.3. La fecha, el día y la hora de inicio y el lugar de celebración de la primera prueba se publicará al BOIB y a la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa.

2. Normativa de aplicación

Esta convocatoria se rige por las bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario del Consell Insular d'Eivissa, publicadas en el BOIB núm. 173 en fecha de 18 de diciembre de 2021.

3. Transparencia y protección de datos personales

3.1. Durante el proceso selectivo, se publicará en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa, seu.conselldeivissa.es, toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso.

3.2. Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deberán indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, por lo que tendrán que presentar, en el momento de realizar la inscripción, la documentación que establezca el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el real decreto ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el despliegue del Pacto de Estado contra la violencia de género.

3.3. La participación de las personas interesadas en los procesos selectivos implica la autorización a tratar los datos de carácter personal recogidos en la solicitud y en la tramitación del proceso selectivo, así como a publicar en los boletines oficiales, tablones de anuncios, sede electrónica y, en general, en cualquier medio que se utilice para comunicar los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo, conforme a las previsiones recogidas en el artículo 8 y la disposición adicional séptima de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, dado que los procedimientos selectivos están regidos por el principio de publicidad.

4. Requisitos de las personas aspirantes

Para ser admitidas a la realización de este proceso selectivo, las personas aspirantes deberán cumplir, además de con lo previsto en las bases generales, los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, del título universitario de graduado/graduada en arqueología o en historia o equivalente.

En caso de invocar título equivalente al exigido, deberá acompañarse de un certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa que acredite la equivalencia.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse que se está en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que así acredite, si es necesario, la homologación del título.

b) No haber estado separadas, a través de expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, además de no encontrarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por medio de resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en caso de haber sido separadas o inhabilitadas. En el caso de las personas nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitadas, o en situación equivalente, ni haber estado sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a una ocupación pública.

c) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para ejercer las funciones de la plaza a proveer.

d) Acreditar el requisito de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel B2 (nivel avanzado) o superior, de conformidad con el Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia de los conocimientos de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública para ocupar puestos de trabajo de l'Administració de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

Los conocimientos de lengua catalana deberán acreditarse mediante la aportación de un certificado correspondiente a un nivel igual o superior al que exija el Decreto 11/2017, expedido o reconocido como equivalente o que esté homologado por la Direcció General de Política Lingüística o expedido por la Escola Balear d'Administració Pública.

Los estudios de lengua catalana de la ESO y del Bachillerato se pueden homologar con los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana A2, B1, B2 i C1 de la Direcció General de Política Lingüística del Govern de les Illes Balears.

Se aceptará la homologación de los certificados de catalán siempre que se haya realizado antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

e) Acompañar la solicitud para formar parte en el proceso selectivo junto con el justificante original de haber satisfecho los derechos de examen de 30,05€ en concepto de participación en el proceso de selección.

Atendiendo al artículo 8 de la Ordenança fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos del Consell Insular d'Eivissa, publicada en el BOIB núm. 106, de 11 de agosto de 2022, las bonificaciones aplicables a las tarifas para la participación en procedimientos de selección son las siguientes:

  • Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, un 50%
  • Personas que figuren como solicitantes de empleo, un 50%
  • Miembros de familia numerosa general, un 50%
  • Miembros de familia numerosa especial, un 75%

Deberá presentarse junto con la solicitud la documentación que así lo acredite.

Los requisitos exigidos en las bases generales y en las bases específicas deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y reunirlos durante todo el proceso selectivo.

En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a participar en el proceso selectivo.

 

5. Solicitudes

Las personas aspirantes que quieran formar parte del proceso selectivo deberán inscribirse en este de manera telemática en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es/Convocatòries i borses d'ocupació) dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y deben dirigirse a la Presidència del Consell Insular d'Eivissa. Si el último día de presentación recayese en sábado o en festivo, el plazo se entenderá ampliado hasta el primer día hábil siguiente.

También pueden presentarse por las otras vías previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso solo la tienen que aportar las personas aspirantes que superen la fase de oposición. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En caso que sean necesarias adaptaciones para la realización de las pruebas, deberán indicarlo en la solicitud y adjuntar el informe de aptitud y/o adaptación emitido por la Direcció General d'Atenció a la Dependència de la Conselleria de Serveis Socials i Esports, o bien el documento de solicitud de este. En cualquier caso, el informe debe presentarse como mínimo quince días antes de las pruebas.

6. Tribunal calificador

Antes del inicio del proceso selectivo, a los efectos de lo que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se publicará en el BOIB y en la sede electrónica del CIE la designación de las personas titulares y suplentes que formarán parte del tribunal calificador.

7. Período de prácticas

7.1. Finalizado el proceso selectivo y extinguido el período de presentación de documentos, y en el plazo máximo de un mes, el conseller/la consellera que tenga atribuida la competencia de Recursos Humans nombrará funcionarios/funcionarias en prácticas a las personas aspirantes propuestas por el tribunal. Estos nombramientos deberán notificarse a las personas interesadas.

El período de prácticas será de seis meses.

El personal funcionario en prácticas ocupará un puesto de trabajo vacante de la plantilla del Consell Insular d'Eivissa y recibirá las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo que se ocupa.

A pesar de esto, serán nombrados directamente funcionarios/funcionarias de carrera las personas candidatas que acrediten haber prestado servicios al Consell Insular d'Eivissa por un período igual o superior a seis meses, siempre que haya correspondido al mismo subgrupo o grupo, en caso que no hubiese subgrupo y categoría, y la valoración sea adecuada. Si los servicios han sido prestados por un período inferior, el nombramiento en prácticas será por el tiempo necesario para completar el período establecido.

7.2. La persona aspirante que injustificadamente no se incorpore al servicio de la Corporación perderá todos los derechos derivados del proceso de selección y del subsiguiente nombramiento como funcionario de carrera. Será necesario haber cumplido el 100% del período de prácticas para entender como cumplida la fase de nombramiento.

9. Recursos

Contra la resolución de aprobación de la convocatoria y sus bases, que no ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 66 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.

 

ANEXO I CONVOCATORIA

  • Denominación: Técnico/técnica Superior de Patrimonio
  • Oferta ocupación pública: una plaza OOP 2024
  • Previsión de pruebas: primer semestre de 2025
  • Número de plazas que se convocan: una
  • Turno libre: una plaza
  • Sistema de selección: concurso-oposición
  • Vinculación: funcionario/funcionaria
  • Escala: Administración Especial
  • Subescala: Técnica
  • Clase: Superior
  • Grupo: A
  • Subgrupo: A1
  • Nivel de destino: 24
  • Titulación: título universitario de graduado/graduada en arqueología o en historia o equivalente
  • Conocimientos de catalán: certificado de nivel B2 (nivel avanzado) o superior
  • Derechos de examen: 30,05€

 

ANEXO II TEMARIOS

TEMARIO GENERAL

Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Los principios constitucionales y los valores superiores. Los derechos y los deberes fundamentales: garantía y suspensión. La reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. La Administración General del Estado: regulación y composición.

Tema 3. El Estado de las autonomías: las comunidades autónomas. Funciones y competencias del Estado y de las comunidades autónomas. Distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas.

Tema 4. La Unión Europea: los tratados. Las instituciones: el Consejo, el Parlamento, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia. Las fuentes del derecho comunitario. Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios.

Tema 5. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears. La reforma del Estatuto de autonomía.

Tema 6. El régimen local: principios constitucionales y regulación jurídica. La autonomía local. Entidades que integran la Administración local. Disposiciones generales de las bases de régimen local.

Tema 7. Los consejos insulares. Características generales. Composición, organización y competencias en el marco legislativo estatal y autonómico.

Tema 8. Los bienes de las entidades locales. Tipología. Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes. El inventario. Las haciendas locales. Clasificación de los recursos. Las ordenanzas fiscales y la potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributaria.

Tema 9. Las fuentes del derecho administrativo (I). Concepto de derecho administrativo. Jerarquía de fuentes: la Constitución. La ley. Disposiciones normativas con fuerza de ley. Los estatutos de autonomía y las leyes de las comunidades autónomas.

Tema 10. Las fuentes del derecho administrativo (II). El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria: fundamento, titulares y límites. Procedimiento de elaboración de los reglamentos.

Tema 11. Régimen jurídico del sector público: concepto, principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las administraciones públicas: especial referencia a los órganos colegiados. La atribución de competencias a los órganos administrativos: delegación, avocación, encargo de gestión, delegación de firma y suplencia. Las relaciones interadministrativas. Los convenios.

Tema 12. El acto administrativo: características generales. Requisitos, validez y eficacia, inderogabilidad singular, clases. Nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: recursos.

Tema. 13. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Ejecución.

Tema 14. La potestad sancionadora de las administraciones públicas: principios y procedimiento. La responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas: principios y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 15. Los recursos administrativos: concepto y naturaleza jurídica. Clases de recursos y regulación positiva. Requisitos subjetivos y objetivos. El procedimiento administrativo en vía de recurso: especialidades. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión. Los procedimientos alternativos de impugnación.

Tema 16. Los contratos del sector público. Concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. El cumplimiento de los contratos. Revisión de precios. Resolución, rescisión y denuncia de los contratos. Especialidades de los diversos tipos de contratos. El encargo de gestión sometido a legislación de contratación.

Tema 17. Las subvenciones públicas: concepto y naturaleza. Legislación básica nacional y autonómica aplicable.

Tema 18. La actividad administrativa de servicio público. Formas de gestión de los servicios públicos. La gestión directa. Modalidades de gestión indirecta. La concesión.​​​​​​​

TEMARIO ESPECÍFICO

Tema 1. La Prehistoria en Ibiza.

Tema 2. El establecimiento fenicio en Ibiza.

Tema 3. La colonización púnica.

Tema 4. La ciudad de Ibiza en época púnica.

Tema 5. El mundo espiritual púnico.

Tema 7. Economía de Ibiza durante la época punicoromana.

Tema 8. Fuentes históricas antiguas sobre Ibiza.

Tema 9. La época romana en Ibiza.

Tema 10. La antigüedad tardía en Ibiza.

Tema 11. La época islámica en Ibiza.

Tema 12. División de Ibiza en época árabe. Poblamiento y tipos de vivienda. Mâdina Yâbisa, la ciudad islámica.

Tema 13. Ibiza en las fuentes islámicas.

Tema 14. Incorporación de Ibiza en el mundo occidental. La conquista de la corona de Aragón y el reparto.

Tema 15. Cambios que comporta la conquista catalana: religión, lengua y agricultura.

Tema 16. Población de Ibiza a partir de la conquista. Cartas de repoblación.

Tema 17. El recinto amurallado de Ibiza. Etapa medieval. Etapa renacentista.

Tema 18. Torres de defensa de Ibiza. Torres de refugio. Torres prediales.

Tema 19. Iglesias rurales.

Tema 20. Molinos de Ibiza. Tipos y protección.

Tema 21. La Universidad como órgano de gobierno.

Tema 22. Los Decretos de Nueva Planta en Ibiza.

Tema 23. Creación del Obispado. Incidencia del movimiento ilustrado en Ibiza. Plan de Mejoras.

Tema 24. Evolución demográfica de Ibiza hasta el siglo XX.

Tema 25. Evolución de las comunicaciones internas y externas de Ibiza (carreteras, transporte marítimo y aéreo).

Tema 26. Incidencia de la Guerra Civil en Ibiza.

Tema 27. Transición democrática en Ibiza. El Consell como heredero de la antigua Universidad. Evolución y competencias actuales.

Tema 28. Textos legales y de referencia en materia de Patrimonio, ámbito insular, autonómico y nacional.

Tema 29. La protección jurídica del patrimonio en la Constitución española.

Tema 30. Patrimonio Historicoartístico de Ibiza. Tipos de protección. Normativa autonómica en materia de Patrimonio Historicoartístico. Competencias y gestión del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell d'Eivissa.

Tema 31. El patrimonio historicoartístico y arquitectónico en el PTI de Ibiza.

Tema 32. La Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Historicoartístico de Ibiza. Definición, estructura y competencias.

Tema 33. El papel de los ayuntamientos en el marco de la protección del Patrimonio histórico de Ibiza.

Tema 34. Patrimonio etnográfico material e inmaterial. Actuaciones.

Tema 35. Patrimonio eclesiástico pitiuso. Actuaciones y colaboración institucional.

Tema 36. La protección y gestión del Patrimonio Cultural Subacuático.

Tema 37. Las evaluaciones de impacto ambiental sobre el patrimonio. Definición, objetivos y metodología.

Tema 38. Las intervenciones arqueológicas y paleontológicas. Tipos y actuaciones.

Tema 39. Concepto y función de archivo. Archivos y Bibliotecas de Ibiza.

Tema 40. Los Museos y colecciones museográficas. Concepto y funciones.

Tema 41. Museos de Ibiza y sus aportaciones.

Tema 42. Los centros de interpretación en Ibiza. Concepto y ejemplos.

Tema 43. Historia Oral. Fuentes y tratamiento.

Tema 44. Ibiza Patrimonio de la Humanidad. Declaración, delimitación y actuaciones actuales.

Tema 45. Los Bienes de Interés Cultural y bienes catalogados de Ibiza.

Tema 46. Los Bienes de Interés Cultural Inmaterial (BICIM) en Ibiza.

Tema 47. Los Bienes del Patrimonio etnológico de Ibiza.

Tema 48. Patrimonio Natural de Ibiza. Es Amunts, ses Salines y ses Feixes. Cala d'Hort. Tipos de protección. Les Praderas de Posidonia.

Tema 49. Actividades económicas tradicionales de Ibiza.

Tema 50. Acondicionamientos geográficos y recursos naturales de Ibiza.

Tema 51. Etnografía de Ibiza: economía y parentesco.

Tema 52. Referencia sobre los principales pintores ibicencos.

Tema 53. Referencia sobre los principales escritores ibicencos.

Tema 54. Patrimonio Cultural Inmaterial de Ibiza: música y bailes, creencias, leyendas y mitos.

Tema 55. Arquitectura Tradicional de Ibiza. Características y protección.

Tema 56. La nueva arquitectura en Ibiza: Broner, Josep Lluís Sert y Elias Torres.

Tema 57. Historia de la arqueología de Ibiza.

Tema 58. Tipos de restos arqueológicos encuentros en intervenciones preventivas en la isla de Ibiza.

Tema 59. Problemática de la gestión de los restos arqueológicos intervenidas a raíz de intervenciones preventivas.

Tema 60. Patrimonio cultural subacuático en Ibiza. Historia, principales campañas y hallazgos.

Tema 61. Situación actual de la arqueología submarina en Ibiza. Perspectivas futuras.

Tema 62. Historia y evolución de la ciudad de Ibiza.

Tema 63. Necrópolis del Puig dels Molins.

Tema 64. Los bienes culturales de sa Caleta, tipos y categorías.

Tema 65. Dalt Vila. Sus principales monumentos.

Tema 66. Los ravales de la Marina, sa Riba y sa Penya.

Tema 67. Ses Païsses de Cala d'Hort. Monumentos antiguos y actuales.

Tema 68. Cultura material de la época antigua en Ibiza.

Tema 69. Cultura material de la época medieval en Ibiza.

Tema 70. Cultura material de la época moderna y contemporánea en Ibiza.

Tema 71. La problemática del final de la época antigua en Ibiza.

Tema 72. La época andalusí, fases, historia y arqueología.

 

ANEXO III VALORACIÓN MÉRITOS

Consistirá en la valoración de los méritos alegados y acreditados documentalmente por las personas aspirantes, hasta un máximo de 40 puntos, y de conformidad con la siguiente escala:

a) Titulaciones académicas. Puntuación máxima: 5 puntos

 

Título de doctor: 2 puntos

Título de máster: 2 puntos

Grados universitarios o equivalentes: 3 puntos

Diplomaturas universitarias o equivalentes: 2 puntos

Título inferior a los anteriores: 1 punto

 

No se valorarán los títulos académicos que se hayan hecho servir para obtener una titulación académica superior o que se hayan presentado como requisito.

b) Cursos de formación y perfeccionamiento. Puntuación máxima: 8 puntos

Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), por la Escola Balear d'Administració Pública (EBAP –antes Institut Balear d'Administració Pública, IBAP), por la Federació d'Entitats Locals de les Illes Balears (FELIB), por el Consell Insular d'Eivissa, por la Universitat, por los colegios profesionales, por la Administración del Estado, autonómica o local, y otros cursos convalidados por la EBAP. Los créditos de aprovechamiento suponen los de asistencia, por lo que la asistencia y el aprovechamiento no serán acumulativos.

Se valorarán todos los cursos de formación certificados con aprovechamiento o asistencia, impartidos o promovidos por cualquier administración pública de base territorial y escuelas de administración pública.

También se valorarán en este apartado los cursos de formación homologados por las escuelas de administración pública, los cursos impartidos por las organizaciones sindicales en el marco de los acuerdos de formación continua con la Administración.

Los cursos de aprovechamiento o impartidos se valorarán a razón de 0,02 puntos por hora.

Los cursos de asistencia se valorarán a razón de 0,01 puntos por hora.

En este apartado no se valorarán los certificados que no indiquen las horas de duración o los créditos de la acción formativa, los que correspondan a una carrera universitaria, los de doctorado, la superación de asignaturas de un estudio académico, ni los derivados de procesos selectivos.

Si el certificado acreditativo del curso indica créditos, se valorará a razón de 25 horas por cada crédito ECTS.

Si no se indica el tipo de crédito, se entenderá que son créditos de la anterior ordenación universitaria (CFC o LRU) y, por tanto, se valorarán a razón de 10 horas por crédito.

Cuando haya discrepancia entre las horas y los créditos en los certificados de una acción formativa, prevalecerán las horas.

En todos los casos se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma cuestión o a un mismo programa, aunque se haya repetido la participación.

Únicamente se valorará el certificado de nivel superior o el certificado que acredite un número superior de horas entre los referidos a una misma aplicación de ofimática como usuario.

c) Conocimientos de lengua catalana. Puntuación máxima: 3 puntos

Este apartado se valorará de la manera siguiente:

 

Nivel C1 o equivalencia reconocida: 2,50 puntos

Nivel C2 o equivalencia reconocida: 2,75 puntos

Nivel LA o equivalencia reconocida: 0,25 puntos

 

Únicamente se valorará un certificado, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, en el que la puntuación se acumulará al otro certificado aportado. Si tan sólo se presenta el certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, se valorará a razón de 0,25 puntos.

Estos conocimientos deben acreditarse mediante la aportación del título o certificado oficial correspondiente, expedido por la Direcció General de Política Lingüística del Govern de les Illes Balears y las equivalencias previstas.

d) Conocimientos de lenguas extranjeras (niveles del Marco común europeo de referencia para las lenuas, MCER). Puntuación máxima: 2 puntos

Este apartado se valorará de la siguiente forma:

 

Nivel A1 (acceso): 0,25 puntos

Nivel A2 (plataforma): 0,5 puntos

Nivel B1 (umbral): 0,75 puntos

Nivel B2 (avanzado): 1,25 puntos

Nivel C1 (dominio operativo eficaz): 1,75 puntos

Nivel C2 (maestría): 2 puntos

 

Se valorarán los certificados emitidos por la Escuela Oficial de Idiomas o equivalentes y únicamente se valorará el certificado de superior nivel presentado para cada lengua.

e) Experiencia profesional. La puntuación máxima será de 22 puntos

  1. Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en la administración local, en calidad de personal funcionario o personal laboral, en la misma categoría que se convoca: 0,15 puntos/mes.
  2. Por cada mes de servicios efectivos prestados y reconocidos en la Administración Pública Autonómica o Estatal como personal funcionario o laboral, en la misma categoría que se convoca: 0,10 puntos/mes.
  3. Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en cualquier administración como personal funcionario o personal laboral en cualquier categoría del subgrupo inmediatamente superior, que sean de naturaleza o de contenido técnico relacionado con la categoría que se convoca: 0,09 puntos/mes.
  4. Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en cualquier administración como personal funcionario o personal laboral en cualquier categoría del subgrupo inmediatamente inferior o, en caso que no hubiese ninguna, del grupo inmediatamente inferior que sean de naturaleza o de contenido técnico relacionado con la categoría que se convoca: 0,08 puntos/mes.
  5. Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en cualquier administración como personal funcionario o personal laboral con una categoría diferente a las incluidas en los puntos 1, 2 y 3: 0,06 puntos/mes.
  6. Experiencia profesional con relación laboral en trabajos realizados en empresa pública societaria, privada y en régimen de autónomos de la categoría igual que la plaza convocada, encuadrada dentro del mismo grupo de clasificación profesional que sean de naturaleza o de contenido técnico relacionado con la categoría que se convoca: 0,06 puntos/mes.

Se deberá otorgar la puntuación que proporcionalmente corresponda cuando la jornada sea inferior a la ordinaria.

En ningún caso ocupar un puesto de trabajo reservado a personal eventual o alto cargo o de estricta confianza política constituirá mérito para acceder a la función pública o a la promoción interna.

En caso que el aspirante haya desarrollado simultáneamente dos o más modalidades profesionales anteriores, únicamente se computará una de estas a efectos de valoración, que será la que otorgue una mayor puntuación.

La documentación de estos méritos se acreditará mediante la presentación de la original o de la copia compulsada de la siguiente documentación:

  • Trabajos realizados en la Administración Pública: certificado del organismo correspondiente, en el que consten: tiempo trabajado, categoría, grupo o subgrupo y vinculación con la Administración (funcionario de carrera, funcionario interino o contrato laboral).
  • Trabajos realizados en empresa pública societaria o privada y régimen de autónomos: copias del contrato de trabajo o certificado de empresa, acompañados obligatoriamente del certificado/informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social.

Debe hacerse constar el tiempo de trabajo, la categoría laboral y grupo de clasificación profesional. Para acreditar el trabajo de autónomos, se exigirá el documento de alta de actividad económica junto con la vida laboral. Si la actividad profesional no queda reflejada en la vida laboral, deberá adjuntarse el certificado del colegio profesional que acredite el ejercicio de la actividad en los períodos correspondientes.

En el ámbito de cualquiera de los dos apartados anteriores, deberá acreditarse que se han ejercido funciones de naturaleza o de contenido técnico análogo a los de la categoría profesional a que se opta. Únicamente se podrá valorar la experiencia laboral cuando de la documentación aportada se desprendan claramente las funciones realizadas y la analogía con las del puesto que se debe proveer. Se puede acreditar mediante la presentación, junto con los méritos, de certificado de funciones realizadas o de un informe, emitido por la persona responsable del servicio, de las funciones desarrolladas en el puesto de trabajo.

 

Ibiza, 10 de octubre de 2024

El secretario general del Consell Insular d'Eivissa ​​​​​​​Pedro Bueno Flores