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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 659159
Corrección de las bases específicas que deben regir el procedimiento selectivo para crear, por el sistema de concurso, una bolsa de trabajo de personal funcionario interino de ordenanza del Ayuntamiento de Artà (código de la convocatoria ORD2024)

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Texto

Por acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Artà en sesión ordinaria celebrada el día 10 de octubre de 2024, se aprueba la corrección de las bases específicas que deben regir el procedimiento selectivo para crear, por el sistema de concurso , una bolsa de trabajo de personal funcionario interino de ordenanza del Ayuntamiento de Artà (código de la convocatoria ORD2024), en los siguientes términos:

<< Visto que por acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Artà de fecha 19 de septiembre de 2024, se aprobaron las bases que deben regir el procedimiento selectivo para crear, por el sistema de concurso, una bolsa de trabajo de personal funcionario interino de ordenanza del Ayuntamiento de Artà (código de la convocatoria ORD2024).

Visto que se ha detectado un error en el punto 7.4 de estas bases, y donde dice:

7.4. Conocimientos de la lengua catalana (hasta 3 puntos)

Se deben valorar los certificados que superen el nivel de conocimientos de catalán requerido para la plaza convocada expedidos por la EBAP, los expedidos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística, los expedidos por la Escuela Oficial de Idiomas y , también, los certificados reconocidos de acuerdo con la normativa autonómica, según el siguiente baremo:

- Certificado B1: 0,5 puntos

- Certificado B2: 1,5 puntos

- Certificado C1: 2,5 puntos

- Certificado C2: 3,5 puntos

- Certificado LA: 1,5 puntos (acumulable a los niveles C1 y C2)

La forma de acreditarse debe efectuarse mediante copia del certificado oficial que corresponda.

En cuanto a los conocimientos de lengua catalana, el certificado de lenguaje administrativo es acumulable al otro certificado que se acredite (C1 o C2).”

Debe decir:

7.4. Conocimientos de la lengua catalana (hasta 3 puntos)

Se deben valorar los certificados que superen el nivel de conocimientos de catalán requerido para la plaza convocada expedidos por la EBAP, los expedidos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística, los expedidos por la Escuela Oficial de Idiomas y , también, los certificados reconocidos de acuerdo con la normativa autonómica, según el siguiente baremo:

- Certificado B1: 0,5 puntos

- Certificado B2: 1,0 puntos

- Certificado C1: 1,5 puntos

- Certificado C2: 2,0 puntos

- Certificado LA: 1,0 puntos (acumulable a los niveles C1 y C2)

La forma de acreditarse debe efectuarse mediante copia del certificado oficial que corresponda.

En cuanto a los conocimientos de lengua catalana, el certificado de lenguaje administrativo es acumulable al otro certificado que se acredite (C1 o C2).”

El órgano competente para rectificar el error es el emisor del acto rectificado, en cuyo caso la Junta de Gobierno Local.

 

Por todo ello,

Los reunidos acuerdan, por unanimidad:

1- Rectificar el punto 7.4 de las bases que deben regir el procedimiento selectivo para crear, por el sistema de concurso, una bolsa de trabajo de personal funcionario interino de ordenanza del Ayuntamiento de Artà (código de la convocatoria ORD2024), que queda redactado de la siguiente manera:

7.4. Conocimientos de la lengua catalana (hasta 3 puntos)

Se deben valorar los certificados que superen el nivel de conocimientos de catalán requerido para la plaza convocada expedidos por la EBAP, los expedidos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística, los expedidos por la Escuela Oficial de Idiomas y , también, los certificados reconocidos de acuerdo con la normativa autonómica, según el siguiente baremo:

- Certificado B1: 0,5 puntos

- Certificado B2: 1,0 puntos

- Certificado C1: 1,5 puntos

- Certificado C2: 2,0 puntos

- Certificado LA: 1,0 puntos (acumulable a los niveles C1 y C2)

La forma de acreditarse debe efectuarse mediante copia del certificado oficial que corresponda.

En cuanto a los conocimientos de lengua catalana, el certificado de lenguaje administrativo es acumulable al otro certificado que se acredite (C1 o C2).”

2- Otorgar un nuevo plazo de presentación de solicitudes de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3- Publicar la corrección de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento de Artà. >>

(Las personas que han presentado la documentación con solicitud de participación en el primer plazo establecido -del 25.09.24 al 08.10.24-, se tienen por presentadas y no es necesario que efectúen una nueva presentación).

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente un recurso de reposición potestativo ante el órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la misma notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la recepción de esta notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no se puede interponer el recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación por silencio.

No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

En caso de discrepancia entre la versión catalana y la versión castellana, prevalecerá la versión catalana.

 

Artà, fecha de la firma electrónica (10 de octubre de 2024)

El alcalde Manuel Galán Massanet