Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL
Núm. 659078
Resolución de concesión de las subvenciones correspondientes a la convocatoria de minimis para entidades de la economía social para hacer inversiones en sus tiendas con el fin de mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad universal, el equipamiento y el software tecnológico y la organización de los productos el año 2024
BDNS (Identif.): 778324
La consejeraejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local, en fecha 10 de octubre de 2024, adoptó la siguiente resolución:
«Antecedentes
1. El 31 de julio de 2024 el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca adoptó el acuerdo de aprobación de la convocatoria de minimis a entidades de la economía social por convocatoria de subvenciones de minimis a entidades de la economía social para hacer inversiones en sus tiendas con el fin de mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad universal, el equipamiento y el software tecnológico y la organización de los productos el año 2024. En el BOIB nº. 101, de 1 de agosto de 2024 se publicó el extracto de la convocatoria de subvenciones mencionada.
2. La Comisión evaluadora, reunida el 2 de octubre de 2024, examinó y evaluó las solicitudes presentadas.
Dentro del plazo de presentación se han recibido un total de 20 solicitudes, correspondientes a 18 entidades; hay dos entidades que presentan proyectos para dos tiendas.
3. Dentro del plazo de instrucción y enmienda de las solicitudes, la entidad AGROMALLORCA SOCIEDAD COOPERATIVA, con NIF F16620536, ha comunicado la renuncia en la solicitud presentada por lo cual su proyecto ya no ha sido evaluado por la Comisión evaluadora.
En el acta de la Comisión se propone desestimar la solicitud de la COFRADIA DE PESCADORES DE ALCUDIA PUERTO, G07071954, por falta de presentación del preceptivo proyecto técnico para ninguna de las actuaciones propuestas (todas de la modalidad de «mejora de la eficiencia energética») dentro del plazo inicial de presentación de solicitudes (apartado 4.3 d) de la convocatoria).
Por otra parte, hay cuatro proyectos a los cuales no se propone conceder la totalidad del importe de la subvención solicitada. En concreto, las siguientes y por los motivos indicados:
3. En fecha 7 de octubre de 2024 el órgano instructor ha emitido informe relativo al cumplimientola acreditación de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. por parte de las entidades beneficiarias de los requisitos para acceder a las subvenciones donde se hace constar que la entidad Fundación Deixalles con NIF G07255953 resta pendiente
4. En el presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca ha previsto el crédito adecuado y suficiente para atender el gasto que se deriva de la presente convocatoria, incluida la concesión y posterior pago, por un importe máximo de 880.000,00 €, distribuidos entre la aplicación presupuestaria 65.93101.77000 (entidades con ánimo de lucro) y la 65.93101.78000 (entidades sin ánimo de lucro).
5. Consta la autorización, de fecha 2 de octubre de 2024, del secretario técnico de Hacienda y Función Pública y la interventora adjunta por la prolongación, hasta día 10 de octubre, del plazo para enviar a fiscalizar la propuesta de concesión de subvenciones de la presente convocatoria.
6. Consta el informe jurídico del jefe de la Oficina de Responsabilidad Social y el de fiscalización previa de la Intervención delegada de La Misericòrdia (nº. 2024/5096).
Fundamentos
Primero. De acuerdo con el artículo 33.2 k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consejos insulares los consejeros ejecutivos son el órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones.
Segundo. De acuerdo el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de julio de 2023, por el cual se establecen las competencias de los Departamentos del Consejo Insular de Mallorca, modificada por Decreto de 2 de octubre de 2023, al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local le corresponde la competencia relativa a las políticas de responsabilidad social.
Tercero. De acuerdo con la establecido en el apartado 5 de la convocatoria mencionada, en caso de que el crédito previsto a la convocatoria sea superior al importe total solicitado (una vez aplicado el límite máximo por proyecto), como es el caso, y una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos, se podrán otorgar las subvenciones por el importe solicitado, sin necesidad de llevar a cabo la valoración de los proyectos ni de fijar un orden de prelación entre las solicitudes.
Cuarto. La Comisión de evaluación es el órgano colegiado de existencia preceptiva en los procedimientos de concurrencia, la cual tiene que emitir el informe en lo que se concreta el resultado de la evaluación de las solicitudes en base al cual el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva. Las funciones y composición de este órgano están previstas en el apartado 8.5 de la convocatoria, de acuerdo con el artículo 18 del OGS.
Quinto. La propuesta de concesión de las presentes subvenciones se ajusta en el OGS y, específicamente, en el previsto en el artículo 27.1 de la misma normativa y se ha realizado conforme los principios de transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos establecidos a la base 35 de las Bases de ejecución del presupuesto del Consejo de Mallorca del año 2024.
Por todo eso dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Desestimar la solicitud de subvenciones correspondientes a la convocatoria de minimis para entidades de la economía social para hacer inversiones en sus tiendas con el fin de mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad universal, el equipamiento y el software tecnológico y la organización de los productos el año 2024 que se indica a continuación, por las deficiencias indicadas.
Expediente |
Entidad |
NIF |
Proyecto |
Importe solicitado |
Deficiencias |
1121445N |
COFRADIA DE PESCADORES DE ALCUDIA PUERTO |
G07071954 |
Mejora eficiencia energética |
2.373,11 € |
- No se ha presentado el preceptivo proyecto técnico para ninguna de las actuaciones (apartado 4.3 d) de la convocatoria) dentro de plazo inicial de presentación de solicitudes |
Segundo. Conceder las subvenciones correspondientes a la convocatoria de minimis para entidades de la economía social para hacer inversiones en sus tiendas con el fin de mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad universal, el equipamiento y el software tecnológico y la organización de los productos el año 2024, por un importe total de 336.265,58 €, a las entidades y por los importes que se indican al cuadro siguiente.
Tercero. Disponer un gasto a favor de las entidades siguientes, por los importes que se relacionan, de los cuales 239.685,37 € se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 65.93101.77000 (entidades con ánimo de lucro) y 96.580,21 € con cargo a la 65.93101.78000 (entidades sin ánimo de lucro):
ENTIDADES CON ÁNIMO DE LUCRO
Expediente |
Entidad |
NIF |
Proyecto |
Importe solicitado |
Importe concedido |
1118155T |
COOP CAMPESINA DE POLLENÇA S. C0OP. LTDA (Tienda Pollença) |
F07077183 |
Mejora de la organización de los productos |
8.477,50 € |
8.477,50 € |
1118170P |
COOP CAMPESINA DE POLLENÇA S. C0OP. LTDA (Tienda carretera Pollença-Puerto) |
F07077183 |
Mejora de la organización de los productos |
36.140,23 € |
36.140,23 € |
1118317T |
COOP AGRICOLA DE SAN JUAN |
F07082365 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda, de las condiciones de accesibilidad universal en la tienda, del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
40.000,00 € |
40.000,00 € |
1119127T |
GUINDALIA S. MICROCOOP. |
F16658494 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda, del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
39.854,59 € |
39.854,59 € |
1119377Q |
CAMP MALLORQUI FRUTOS S. COOP. (tienda de Sineu) |
F57658643 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda, de las condiciones de accesibilidad universal en la tienda, del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
39.874,12 € |
38.097,99 € |
1119428M |
SCL DEL CAMP MALLORQUI |
F07095896 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda, de las condiciones de accesibilidad universal en la tienda, del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
40.650,00 € |
40.000,00 € |
1119985K |
HERRAMIENTAS X INSERCIÓN, E.I., S.L.U (tienda de Inca) |
B16530586 |
Mejora del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
3.697'60 € |
3.697'60 € |
1123331H |
HERRAMIENTAS X INSERCIÓN, E.I., S.L.U (tienda de Palma) |
B16530586 |
Mejora del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
3.189'60 € |
3.189'60 € |
1120609C |
COOPERATIVA AGRICOLA MURENSE |
F07015548 |
Mejora del equipamiento y el software tecnológico |
18.897,54 € |
18.897,54 € |
1120615K |
ALPIRA SCL AGRARIA |
F07073620 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda, de las condiciones de accesibilidad universal en la tienda, del equipamiento y el software tecnológico |
23.133,71 € |
20.434,46 € |
1120900F |
COOP DE PRODUCTORES DE ALIMENTOS ECOLÓGICOS |
F57277311 |
Mejora del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
4.390,80 € |
4.390,80 € |
1121443K |
COOPERATIVA CAMPESINA DE INCA S.COOP |
F07098932 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda, de las condiciones de accesibilidad universal en la tienda, del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
16.500,00 € |
16.500,00 € |
1121462M |
SDAD COOP AGRICOLA DE PORRERAS |
F07013592 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda, de las condiciones de accesibilidad universal en la tienda, del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
40.000,00 € |
14.990,25 € |
Importe total entidades con ánimo de lucro |
239.685,37 € |
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Expediente | Entidad | NIF | Proyecto | Impote solicitado | Importe concedido |
---|---|---|---|---|---|
1112654D |
COFRADIA DE PESCADORES VIRGEN DEL CARMEN |
G07103401 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda |
9.790,10 € |
9.790,10 € |
1119112Y |
COFRARIA DE PESCADORES COLONIA DE SAN JORDI |
G07100696 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda y de la organización de los productos |
19.038,78 € |
19.038,78 € |
1121455C |
COOPERATIVA DE ARTÀ 1979, SOCIEDAD COOPERATIVA |
F07076441 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda, de las condiciones de accesibilidad universal en la tienda, del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
40.000,00 € |
40.000,00 € |
1121472A |
COANEGRA SOCIEDAD COOPERATIVA |
F57721375 |
Mejora de la eficiencia energética de la tienda, de las condiciones de accesibilidad universal en la tienda, del equipamiento y el software tecnológico y de la organización de los productos |
27.751,33 € |
27.751,33 € |
Importe total entidades sin ánimo de lucro |
96.580,21 € |
Cuarto. Notificar este acuerdo a los interesados y publicarlo en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y al BOIB».
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante esta consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante el anterior, se puede interponer, si procedeotro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. , cualquier
(Firmado electrónicamente: 10 de octubre de 2024)
El secretario técnico de Promoción Económica y Desarrollo Local Diego de la Fuente Rama