Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 658859
Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se amplía la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2024/2025
Hechos
1. El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que han de regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024 (BOIB núm. 169, de 29 de diciembre) en el artículo 21.5 y 21.6 sobre la atención a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo establece:
“Los alumnos con falta de autonomía derivada de necesidades educativas específicas o de problemas graves de salud, cuando así se dictamine, deben ser atendidos por auxiliares técnicos educativos o cuidadores, bajo la responsabilidad y la supervisión del equipo educativo. La financiación del auxiliar técnico educativo o del cuidador se debe efectuar según lo que se prevea en el correspondiente módulo económico establecido en la ley de presupuestos sobre medidas de distribución de los fondos públicos para el sostenimiento de los centros concertados.
Dado que este recurso está vinculado a cada alumno, para cada curso escolar el director general de Planificación, Ordenación y Centros tiene que dictar una resolución para que los centros privados concertados puedan solicitar una dotación de auxiliares técnicos educativos o cuidadores. Esta dotación se tiene que asignar de acuerdo con los criterios que establezca el Servicio de Atención en la Diversidad para los centros sostenidos con fondos públicos y teniendo en cuenta los alumnos escolarizados en cada centro que requieran este apoyo. Por este motivo, además del módulo entero puede haber medio módulo o un cuarto de módulo.”
2. El 18 de mayo de 2024 se publicó en el BOIB núm. 66, la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 16 de mayo de 2024 por la cual se convoca el procedimiento para la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025.
3. El 13 de julio de 2024 se publicó en el BOIB núm. 92, la Resolución provisional del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 12 de julio de 2024 por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025.
4. El 3 de agosto de 2024 se publicó en el BOIB núm. 102, la Resolución definitiva del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 31 de julio de 2024 que determinó la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025.
5. Con posterioridad a la Resolución definitiva de 31 de julio de 2024, el Servicio de Recursos para la Atención a la Diversidad de Centros Concertados ha emitido:
6. Hay crédito adecuado y suficiente en las correspondientes partidas presupuestarias.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024 (BOIB núm. 169, de 29 de diciembre).
2. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024 de 17 de mayo (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).
3. La Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 16 de mayo de 2024 por la cual se convoca el procedimiento para la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025 (BOIB núm. 66, de 18 de mayo).
4. La Resolución provisional del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 12 de julio de 2024 por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025 (BOIB núm. 92, de 13 de julio de 2024).
5. La Resolución definitiva del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 31 de julio de 2024 por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025 (BOIB núm. 102, de 3 de agosto).
6. El informe del Servicio de Recursos para la Atención a la Diversidad de Centros Concertados de 1 de octubre de 2024 sobre la solicitud del CC Es Liceu (código 07006664) de ampliar la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) para el curso 2024-2025.
7. El informe del Servicio de Recursos para la Atención a la Diversidad de Centros Concertados de 2 de octubre de 2024 sobre la solicitud del CC Manjón (codi 07003602) de ampliar la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) para el curso 2024-2025.
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aumentar de acuerdo con los respectivos informes favorables del Servicio de Recursos para la Atención a la Diversidad de Centros Concertados de 1 y de 2 de octubre de 2024, la dotación definitiva de personal auxiliar técnico educativo (ATE) para el curso 2024/2025 del CC Es Liceu y del CC Lladó, de acuerdo con los siguientes términos:
Código |
Centro |
Municipio |
Dotación Resolució 31/07/2024 |
Incremento |
Hora / Módulos totales |
Fecha de inicio de los efectos económicos |
---|---|---|---|---|---|---|
07006664 |
CC Es Liceu |
Palma |
38 h |
+19 h |
57/1,5 |
04/10/2024 |
07003602 |
CC Manjón |
Palma |
38 h |
+ 19 h |
57/1,5 |
09/10/2024 |
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del Departamento de Centros Concertados de la Consejería de Educación y Universidades.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (9 de octubre de 2024)
El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Alonso Sánchez