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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 646691
Citación a plazo de una pluralidad indeterminada de personas interesadas en la interposición del recurso contencioso administrativo PO 145_2024

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Texto

 

Expediente número: 9576/2024

Ayuntamiento de Alaior

Departamento de Responsabilidad Patrimonial / Urbanismo

Citación a plazo de las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo PO 145/2024, que se sigue en el Juzgado de lo contencioso-administrativo n.º 3 de Palma de Mallorca, interpuesto contra el Ayuntamiento de Alaior, sobre indemnización por daños y perjuicios-responsabilidad, por daños por inundaciones por carencia de salida de aguas pluviales

De acuerdo con el oficio del Juzgado de lo contencioso-administrativo n.º 3 de Palma de Mallorca de día 18/09/2024, se tiene por interpuesto recurso contencioso-administrativo por parte de LLLLCM, ACM, MdMCM y EMJ, que se tramita como procedimiento ordinario 145/2024, contra el Ayuntamiento de Alaior, sobre indemnización por daños y perjuicios-responsabilidad, por daños por inundaciones por carencia de salida de aguas pluviales.

Como que, de manera directa o indirecta, la impugnación mencionada puede resultar relevante para una pluralidad de personas que podrían tener la condición de interesadas en este proceso, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se cita a plazo las personas interesadas en el procedimiento ordinario 145/2024, para que puedan personarse como demandadas ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Palma de Mallorca en el plazo de nueve días contadores a partir del día siguiente de la publicación de esta notificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Las personas interesadas tienen que comparecer en forma legal, de conformidad con el que establece el artículo 23 de la Ley 29/1998. Así mismo, se les comunica que en caso de que se personen fuera de plazo, se las considerará como parte, sin que esto implique retrotraer o interrumpir el procedimiento, y que si no se personan, el procedimiento continuará en todos los trámites y no será procedente hacerles otra notificación.

 

Alaior, en la fecha de la firma electrónica (4 de octubre de 2024)

La secretaria accidental Juana Claudia Gomila Sans