Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ESPORLES
Núm. 646629
Suplemento de crédito expediente 1036/2024, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Esporles de día 25 de julio de 2024
Visto que se ha publicado al BOIB n.º 99 de 27 de julio de 2024 anuncio relativo al expediente de suplemento de crédito expediente 1036/2024, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Esporles de día 25 de julio de 2024, y de acuerdo con el que dispone el artículo 177 de la Ley 2/2004 de 5 de marzo y viste que no se han presentado reclamaciones, queda aprobado definitivamente y se expone al público por el general conocimiento.
Vista que la existencia de una obligación económica pendiente de pago e imputación presupuestaria/ adquirida en el ejercicio 2023 concretada en la siguiente relación:
Partida gastos |
Concepto |
Importe |
165-21305 |
Trabajos octubre/diciembre |
10.718,55 |
334-22699 |
Actuación fiestas Navidad CACIM |
385,00 |
4311-22609 |
Suministros pr. económica |
61,71 |
3321-22199 |
Suscripción biblioteca |
320,00 |
011-35900 |
Comisiones 14/23 |
9.316,71 |
165-62300 |
Sustitución farolas |
12.253,20 |
Total |
33.055,17 |
Visto que ha quedado acreditado que la obligación económica pendiente se considera indebidamente adquirida para concurrir alguno/os de los supuestos que recoge el Tribunal de Cuentas en su clasificación de obligaciones indebidamente adquiridas. En este caso es la falta de crédito presupuestario.
Vista la prestación realizada y el defecto o el vicio observado del cual enferma el acto administrativo objeto de este expediente puede enmarcarse falta de crédito presupuestario suficiente para adquirir una obligación.
A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento |
Fecha/Núm. |
Observaciones |
Provisión de Alcaldía |
16/07/2024 |
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Informe del Servicio Jurídico |
16/07/2024 |
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Informe de Intervención |
16/07/2024 |
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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el cual se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, se propone al Pleno la adopción del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar, a la vista de los informes emitidos anteriormente, la liquidación de las cantidades a satisfacer derivadas de la prestación referida perteneciendo al ejercicio 2023 , y la liquidación del cual asciende a la cantidad de 33055.17 euros para considerar que existen razones de interés público que aconsejan no acudir a la vía de la revisión de oficio por los graves perjuicios que esto podría ocasionar para los administrados [y/o] para el tercero que actúa de buena fe.
SEGUNDO. Aprobar el reconocimiento extrajudicial de los créditos relacionados al expositivo de motivos, correspondientes al ejercicio 2023 y tramitar simultáneamente la modificación presupuestaria suplemento de crédito financiado con RTGG, para dotar de estos créditos al Presupuesto del ejercicio 2024.
TERCERO. Aplicar, con cargo en el Presupuesto del ejercicio 2024, los correspondientes créditos , con cargo a la aplicación presupuestaria de acuerdo con la relación adjunta a los antecedentes.
Esporles, documento firmado electrónicamente (19 d'octubre de 2024)
El batle Josep Maria ferrà Terrassa