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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD
Núm. 645837
Requerimiento de subsanación de las deficiencias de las solicitudes que se han presentado en los dieciocho concursos de méritos para la adjudicación de una oficina de farmacia convocados por las Resoluciones de 13 de febrero de 2024 del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo (BOIB n.º 24, de 17 de febrero)
Mediante dieciocho resoluciones del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo de 13 de febrero de 2024, publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Baleares número 24, de 17 de febrero, se convocaron sendos concursos de méritos para la adjudicación de las oficinas de farmacia de Alcúdia 3, Alcúdia 4, s'Arenal de Llucmajor, Santa Margalida, Port de Pollença, Marratxí, Porto Cristo, Calonge, Platja de Muro, Cala Millor, Can Picafort, Son Servera, Cala Lliteres, Pina, Cala Rajada, Artà, Eivissa y urbanización Les Palmeres (Llucmajor). Estas resoluciones se dictaron en ejecución de las sentencias de 27 de mayo de 2013 del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Baleares y las sentencias de 28 de abril de 2015 y de 21 de julio de 2021 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y de la sentencia 589/2021, de 9 de noviembre de 2021, del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Baleares.
De conformidad con las interlocutorias 277/2023, de 1 de diciembre de 2023, la de 20 de diciembre de 2023, y la interlocutoria de 30 de enero de 2024 ─todas de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Baleares─ como también con la Sentencia 589/2021, de 9 de noviembre de 2021, firme y dictada en el procedimiento ordinario 112/2018, seguido ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Baleares, y salvo que las bases dispongan expresamente otra cosa en relación con cualquiera de los aspectos de estas, las convocatorias mencionadas se rigen por la Ley 7/1998, de 12 de noviembre, de Ordenación Farmacéutica de las Illes Baleares, y por el Decreto 25/1999, de 19 de marzo, por el cual se aprueban las zonas farmacéuticas de las Illes Baleares y el procedimiento para la autorización de nuevas oficinas de farmacia, en la redacción que ambas disposiciones presentaban el día 27 de abril de 2010.
En las bases que rigen estos concursos de méritos se establece que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, todos los requerimientos y notificaciones que se deban hacer a los participantes en los concursos en relación con las fases y las incidencias de estos, se deben hacer mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Baleares. Además, estas bases disponen que, en el supuesto que alguna solicitud de participación no cumpla con los requisitos que exige la Ley 39/2015, se tiene que conceder un plazo de diez días para que la persona interesada subsane las deficiencias observadas o aporte los documentos preceptivos, con los efectos que prevé el artículo 68.1 de la Ley en cuanto al incumplimiento del requerimiento.
Así mismo, en las bases mencionadas se establece que, agotado el plazo de presentación de solicitudes de participación, se requerirá de oficio a los participantes en los concursos convocados por las resoluciones de 27 de abril de 2010 para que manifiesten si han transmitido la totalidad o parte de una oficina de farmacia en el territorio de la Unión Europea dentro del plazo de los tres años precedentes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, o si a esta misma fecha son titulares o cotitulares de una oficina de farmacia dentro del mismo territorio.
Por otra parte, en el supuesto que el solicitante sea o haya sido antes de la presentación de la solicitud de participación en la convocatoria, titular o cotitular de otra oficina de farmacia, debe hacerlo constar en la solicitud, y debe adjuntar también la certificación del colegio oficial de farmacéuticos correspondiente, una copia de la Resolución de autorización de la oficina de farmacia y del acta de apertura y puesta en funcionamiento o el documento acreditativo de la fecha de apertura. Los titulares o cotitulares de oficinas de farmacia tienen que presentar, así mismo, la documentación acreditativa de la cotización a la Seguridad Social.
Dado que la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo tiene la competencia en materia de ordenación farmacéutica en nuestra Comunidad Autónoma, la Comisión de valoración solicitará la incorporación de oficio de la documentación acreditativa de los participantes que sean o hayan sido titulares de oficinas de farmacia en el territorio de las Illes Baleares; ahora bien resulta necesario el requerimiento en cuanto a la posible titularidad o cotitularidad de oficina de farmacia fuera de nuestro territorio de los participantes en los concursos de méritos convocados.
La Comisión de valoración ha examinado las solicitudes de participación que se han presentado y, en relación con el apartado V de las Bases, atendiendo a lo que se expone
Acuerda
1. Requerir a los participantes de los concursos la subsanación de las deficiencias de la documentación requerida para participar en el concurso, como también la aportación de la documentación relativa a la justificación de los méritos que han alegado, y que se indican en el anexo de este documento, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de les Illes Baleares.
Se advierte a los interesados que no se pueden presentar, y si los presentan no se tendrán en cuenta, los documentos acreditativos de méritos no alegados en el plazo de presentación de solicitudes de participación en los concursos.
En consecuencia, solo se pueden subsanar los defectos de acreditación de los méritos alegados, en el plazo de diez días concedido, adjuntando la documentación complementaria requerida por la Administración.
En cualquier caso y de conformidad con el punto V de las Resoluciones del director general Prestaciones, Farmacia y Consumo, de 13 de febrero de 2024, los interesados pueden subsanar también los defectos que consideren existentes en la acreditación de los méritos que han alegado, adjuntando la documentación complementaria que consideren procedente, en el plazo de diez días concedido, aunque la Administración no haya dirigido un requerimiento expreso al respecto.
2. Requerir de oficio a todos los participantes en los concursos convocados por las resoluciones de 27 de abril de 2010 para que, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de las Illes Balears, manifiesten si han transmitido la totalidad o parte de una oficina de farmacia en el territorio de la Unión Europea dentro de los tres años precedentes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria de 2024.
Se exceptúa de este requerimiento a los participantes en los concursos convocados por las resoluciones de 27 de abril de 2010 que hayan transmitido la totalidad o parte de una oficina de farmacia en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dentro de los tres años precedentes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria de 2024. Esta Administración llevará a cabo de oficio esta comprobación.
3. Advertir que si esta Administración detecta que algún participante en el concurso ha transmitido la totalidad o parte de una oficina de farmacia en el territorio de la Unión Europea dentro de los tres años precedentes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, se dará por excluido en el concurso mencionado.
4. Recordar a todos los participantes que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria de 2024 (18 de marzo de 2024) sean o hayan sido titulares o cotitulares de una oficina de farmacia dentro del territorio de la Unión Europea, que deben presentar la documentación que se establece en el apartado f) de las bases y, en consecuencia, requerir a todos los participantes que se encuentren en dicha situación para que, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de las Illes Balears, presenten la documentación siguiente:
Certificación del colegio oficial de farmacéuticos correspondiente, con la indicación del porcentaje de titularidad o cotitularidad de la oficina de farmacia.
Copia de la Resolución de autorización de la oficina de farmacia.
El acta de apertura y puesta en funcionamiento de la oficina de farmacia o el documento acreditativo de la fecha de apertura.
Documentación acreditativa de su cotización a la Seguridad Social.
La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears incorporará de oficio la copia de la Resolución de autorización de la oficina de farmacia y el acta de apertura y puesta en funcionamiento de la oficina de farmacia o el documento acreditativo de la fecha de apertura correspondientes a los participantes que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria (18 de marzo de 2024) sean o hayan sido titulares o cotitulares de oficina de farmacia dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por lo que los participantes que se encuentren en esta situación y no lo hayan hecho, solo deberán aportar la documentación restante.
Este requerimiento genérico, se entiende sin perjuicio de los requerimientos que, en el mismo sentido, se hacen a participantes concretos en el Anexo de este Acuerdo.
5. Advertir a los participantes en los concursos en cuanto a los requerimientos contenidos en los puntos precedentes, que de no subsanar las deficiencias observadas o no aportar los documentos requeridos en el plazo concedido, se dictará resolución teniéndolos por desistidos en sus solicitudes, de acuerdo con lo que dispone el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.
6. Publicar este requerimiento, a efectos de notificación a los interesados, en el Boletín Oficial de las Illes Baleares, de conformidad con el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015 y las Bases que rigen los dieciocho concursos de méritos para la adjudicación de una oficina de farmacia convocados por las Resoluciones de 13 de febrero de 2024 del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo (BOIB n.º 24, de 17 de febrero).
Palma, en fecha de la firma electrónica (4 de octubre de 2024)
La presidenta La secretaria
María Isabel Gimeno Franco Cristina Llovet Morell
ANEXO
1. Álamo González, Olga
2. Amer Capellá, Antonio
Requerirle que presente la declaración responsable (Anexo 2) debidamente cumplimentada y firmada.
3. Arteaga González, Maria Adelaida
Requerirle que presente los justificantes de pago, dentro del plazo concedido a tal efecto, de las tasas correspondientes a las solicitudes de participación en los dieciocho concursos de méritos para la adjudicación de una oficina de farmacia.
4. Balsalobre Burgos, María Teresa
5. Bernabé Muñoz, Cristina
6. Calderón Hernanz, Beatriz
7. Cantó Espot, Margalida
Requerirle que presente el DNI o NIE en vigor, o bien, la autorización para que la Consejería de Salud consulte y verifique telemáticamente sus datos de identidad.
8. Capó Mir, Miguel Carlos
Requerirle que presente el DNI o NIE en vigor, o bien, la autorización para que la Consejería de Salud consulte y verifique telemáticamente sus datos de identidad.
9. Castells Cuixart, Marta
10. Céspedes Rivas, María José
Requerirle que presente las Resoluciones de autorización de las oficinas de farmacia de las cuales sea o haya sido titular o cotitular.
11. Coll Bibiloni, Joana Maria
Requerirle que presente los justificantes de pago, dentro del plazo concedido a tal efecto, de las siete tasas correspondientes a las solicitudes de participación en los concursos de méritos para la adjudicación de las oficinas de farmacia que ha indicado en la orden de preferencia presentado en fecha 15 de marzo de 2024, dado que ha cambiado el orden de preferencia que estableció en los concursos del año 2010, ha añadido su participación en el concurso de méritos de la oficina de farmacia de Artà y ha pagado una sola tasa.
12. Conde Cerrato, Rafael Vicente
Requerirle que presente el Anexo 3 debidamente cumplimentado y firmado, de acuerdo con el orden de preferencia que ha presentado en las nuevas solicitudes de participación en los concursos de méritos convocados en febrero de 2024.
13. Cortés Martínez, Diego Miguel
14. Delgado Sánchez, Olga
Requerirle que presente la solicitud de participación en el concurso de méritos para la adjudicación de la oficina de farmacia de s'Arenal de Llucmajor con los anexos correspondientes debidamente cumplimentados y firmados.
15. Díaz Fernández, Julián
Requerirle que presente el justificante de pago, dentro del plazo concedido a tal efecto, de las tasas correspondientes a las solicitudes de participación en los concursos de méritos para la adjudicación de las oficinas de farmacia de Santa Margalida y de Son Servera.
16. Escolano Navarro, María Dolores
17. Ferriol Durán, Gemma
18. Garau Gelabert, María Isabel
Requerirle que presente un informe de la vida laboral completo y actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
19. Garau Mut, Eva María
Requerirle que presente el título completo (anverso y reverso) de licenciada o graduada en farmacia.
20. García Bartolomé, María Sonia
Requerirle que presente la declaración responsable (anexo 2) debidamente cumplimentada y firmada.
21. García González, Ramón
Requerirle que presente el DNI o NIE en vigor, o bien, la autorización para que la Consejería de Salud consulte y verifique telemáticamente sus datos de identidad.
22. Ginard Bosch, Catalina Antònia
23. Gornals Gornals, María del Carmen
Requerirle que presente un informe de la vida laboral completo y actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
24. Gutiérrez Rosselló, María Antonia
Requerirle que presente el DNI o NIE en vigor, o bien, la autorización para que la Consejería de Salud consulte y verifique telemáticamente sus datos de identidad.
25. Hernández González, Antonio Javier
26. Hormaechea Pérez, Estíbaliz
27. Josa Hidalgo, Dana
28. López-Gascó García, María del Carmen
29. Marcos García, Macario
30. Marí Torres, Víctor
31. Medina Esquiva, Marina
Requerirle que presente la documentación acreditativa del expediente académico completo y emitido por el órgano competente que corresponda.
32. Miralles Coll, Miguel Ángel
Requerirle que presente el justificante del pago de las doce tasas correspondientes dentro del plazo concedido (2024), en caso que se le hayan devuelto dada su solicitud de devolución en el concurso 2010, o bien la acreditación de la denegación o la no devolución de las tasas mencionadas del concurso 2010.
33. Moreno Rodríguez, Llanos
34. Moreno Sánchez, Almudena
35. Navas Aranguren, Guillermo
Requerirle que presente la documentación correspondiente a las oficinas de farmacia de las cuales sea o haya sido titular o cotitular: la Resolución de autorización y el acta de apertura y puesta en funcionamiento o el documento acreditativo de la fecha de la apertura.
36. Oliver Tauler, María del Pilar
Requerirle que presente el título completo (anverso y reverso) de licenciada o graduada en farmacia.
37. Partera Fuentes, Concepción
38. Rey Ferrín, Ana
39. Ripoll Jiménez, José Fernando
Requerirle que presente la documentación relativa a la oficina de farmacia de la cual ha sido titular en Barcelona: la Resolución de autorización y el acta de apertura y puesta en funcionamiento de la oficina de farmacia o el documento acreditativo de la fecha de apertura.
40. Rubiales Prado, Eduardo
41. Sanchís Noguera, Balbino
42. Sanz López, María José
43. Vasallo Solís, Zacarías
44. Villarroel Solano, Valentín
45. Ysac Armengol, María del Carmen
Requerirle que presente la Resolución de autorización de la oficina de farmacia de la que sea o haya sido titular o cotitular en Lleida.
46. Zarauz García, José