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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 645438
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de corrección de errores de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se declaran decaídos en su derecho al trámite a las personas que no han presentado documentación en plazo en el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para constituir una bolsa extraordinaria, por cubrir con carácter de interinidad, plazas del cuerpo facultativo superior, especialidad química para la isla de Mallorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 3 de octubre de 2024 se publicó en el BOIB nº. 130 la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se declaran decaídos en su derecho al trámite a las personas que no han presentado documentación en plazo en el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para constituir una bolsa extraordinaria , para cubrir con carácter de interinidad, plazas del cuerpo facultativo superior, especialidad química para la isla de Mallorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Se han detectado erratas en el Anexo de la Resolución mencionada en el párrafo anterior, dado que María Emilia Rosende Mustillo no figuraba en el Anexo del Acuerdo de fecha 10 de julio de 2024 del Tribunal de apoyo para el cuerpo facultativo superior, Química para la isla de Mallorca del concurso extraordinario de méritos del proceso de estabilización de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, mediante el cual se requería a las personas aspirantes para que en el plazo de diez días hábiles , aportaran la documentación indicada en el mencionado Anexo.

Fundamentos de Derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.

2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y posteriores modificaciones

Por todo ello, dicto la siguiente,

Resolución

1. Subsanar los errores advertidos en el Anexo de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se declaran decaídos en su derecho al trámite a las personas que no han presentado documentación en plazo en el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para constituir una bolsa extraordinaria, para cubrir con carácter de interinidad, plazas del cuerpo facultativo superior, especialidad química para la isla de Mallorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. .130, de 3 de octubre de 2024), en los términos establecidos en el Anexo de la presente Resolución.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es) y en la Sede electrónica www.caib.es.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicament: 4 de octubre de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens

 

ANEXO

Donde dice,

ANEXO

DNI

APELLIDOS, NOMBRE

***2778*

PICÓ CUADRADO, GEMMA

***6188*

ROSENDE MUSTILLO, MARIA EMILIA

Debe decir,

ANEXO

DNI

APELLIDOS, NOMBRE

***2778*

PICÓ CUADRADO, GEMMA