Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
Núm. 642999
Resolución del consejero ejecutivo de Presidencia relativa al programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores»
Antecedentes
1. La Dirección Insular de Promoción Sociocultural del Consejo Insular de Mallorca, en el marco de sus competencias y de su programa de actividades, ofrece dos estancias para las personas mayores, a partir de los sesenta (60) años, en el hotel Blau Punta Reina Resort, de la isla de Mallorca, con el fin de fomentar un envejecimiento activo entre toda la población de la isla.
2. Día 3 de octubre de 2024, la técnica jurídica de Promoción Sociocultural emite informe favorable sobre el programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores».
Fundamentos de derecho
La Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en el artículo 94 señala que los consejos insulares ejercen las competencias que les atribuyen el Estatuto de Autonomía, las leyes del Estado y las leyes de la comunidad autónoma.
De acuerdo con el artículo 70.18 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, la Promoción y animación sociocultural es competencia propia del Consejo Insular de Mallorca.
La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias en los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes, establece, en los artículos 3 y 4, que los consejos insulares tienen que asumir las competencias derivadas del Real decreto 4101/1982, de 29 de diciembre, y del Real decreto 3040/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de cultura y que determina que en materia de promoción sociocultural es competencia de los consejos insulares la ayuda y el fomento de actividades en el ámbito de la tercera edad con vistas a la promoción sociocultural, y la promoción y organización de actividades de animación cultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de tiempo libre dirigidas en este sector.
De acuerdo con el punto 1 de la redacción vigente del Decreto de la Presidencia, de 28 de julio de 2023, por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 106, de 29 de julio) establece que las atribuciones del Departamento de Presidencia, son las relativas a la “promoción, organización y fomento de las actividades socioculturales relativas al sector de las personas mayores y al asociacionismo”.
Igualmente, de acuerdo con el artículo 28.1. de la Ley de contratos del Sector Público (LCSP) vincula la celebración de contratos al cumplimiento y realización de las finalidades institucionales propias de los entes del sector público lo que obliga a que la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer, así como la idoneidad de su objeto y contenido tienen que estar determinadas con precisión. Con esta finalidad corresponde señalar que la necesidad del contrato para la organización y desarrollo del programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores» radica en ofrecer, en el marco de su programa de actividades, estas estancias, que aportan distracción y favorecen nuevas relaciones e intercambios al tiempo que suscitan un aliciente para la acción y estimulan la atención, la reflexión y la memoria y, en definitiva, fomentar el envejecimiento activo entre la población de la isla.
RESOLUCIÓN
Por todo eso resuelvo:
1. Iniciar y aprobar el expediente del programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores».
2. Publicar esta resolución en el BOIB incluyendo el anexo que determina los requisitos de la convocatoria para la selección de las personas beneficiarias del programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores».
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideréis oportuno.
Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Convocatoria para la selección de las personas mayores beneficiarias del programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores».
1. Contenido
La Dirección Insular de Promoción Sociocultural del Consejo Insular de Mallorca, en el marco de sus competencias y de su programa de actividades, ofrece dos estancias para las personas mayores, a partir de los sesenta (60) años, en el hotel Blau Punta Reina Resort, de la isla de Mallorca, con el fin de fomentar un envejecimiento activo entre toda la población de la isla.
En este sentido, es importante, desde el ámbito de la promoción y animación sociocultural, impulsar una oferta sociocultural diversa y de calidad en una sociedad cada vez más heterogénea social, económica y culturalmente. Las propuestas culturales formuladas en términos sociales son primordiales para estimular el intercambio entre las culturas locales y contribuir al desarrollo comunitario. Un elemento importante para potenciar estas políticas es el establecimiento de una oferta sociocultural diversa con la finalidad de abarcar y cubrir las necesidades e intereses de toda la ciudadanía. Entonces, el Consejo de Mallorca activa estrategias adecuadas a las necesidades e intereses de cada uno de los diferentes colectivos, entre las que hay que destacar:
Esta Dirección insular sufragará una parte significativa de los gastos asociados a las estancias, aligerando así la carga económica sobre las personas participantes:
Con la finalidad qué las personas mayores, mayores de 60 años, tenga acceso a este programa, la presente convocatoria pública fija las bases y las condiciones necesarias de planificación, estructura y participación del programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores».
2. Características de las estancias
La Dirección Insular de Promoción Sociocultural tiene previsto, como despliegue de sus políticas de promoción, organización y fomento de las actividades socioculturales en el ámbito de las personas mayores, la organización de las «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores».
A tal efecto, ha realizado la contratación externa de este servicio, dado que la Dirección no dispone de los recursos necesarios para ejecutar esta actividad.
El desarrollo de estas estancias aportan distracción, favorecen nuevas relaciones e intercambios al tiempo que suscitan un aliciente para la acción y estimulan la atención, la reflexión y la memoria y, en definitiva, fomentar el envejecimiento activo entre la población de la isla.
3. Estructura
3.1 Duración y fechas
Esta actividad se llevará a cabo en 2 turnos, con una duración de 3 días y 2 noches por cada turno, durante las fechas siguientes:
De los tres (3) días, habrá dos (2) días dedicados en la práctica de actividades adaptadas a los perfiles y capacidades de los participantes. También se tienen que prever durante los dos (2) primeros días, actividades dinamizadoras, de animación y de cohesión de grupo con monitores especializados en el ocio.
3.2 Número de plazas
El número de participantes a los cuales se ofrece la actividad es de 1.000 personas; por este motivo, cada turno estará formado por grupos de 500 personas.
Si bien, la selección de los participantes se hará por medio de un sorteo público único de 500 plazas dado que la persona que resulte beneficiaria del sorteo dispondrá de una plaza por un acompañante, el cual también tendrá que reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria para ser beneficiario.
No se podrá participar en la estancia de forma individual, sin acompañante.
Las primeras 250 personas beneficiarias del sorteo conformarán el primer turno de las estancias y el resto el segundo turno.
Todas aquellas personas que no resulten seleccionadas formarán parte de la lista de espera.
También, se prevé que haya tres asistentes acompañando a las personas mayores al lugar de la actividad y que se encargarán de acompañar al grupo durante la estancia.
3.3 Requisitos de las personas destinatarias
Los solicitantes tienen que cumplir los siguientes requisitos:
3.4 Precio y gastos subvencionados
Esta Dirección insular sufragará una parte significativa de los gastos asociados a las estancias, aligerando así la carga económica sobre las personas participantes:
Este importe se cuantifica en 58,30 euros (IVA incluido), este importe contempla el precio total de la ecotasa que equivale a 3,30 euros.
El precio total del programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores» incluye:
Las comidas incluidas se inician con la cena del primer día y acaban con la comida del día de la vuelta.
Cualquier actividad o gasto adicional fuera del programa, que supongan un coste adicional al ya contratado, no podrán ser sufragados en ningún caso en el Consejo Insular de Mallorca y correrán a cargo, de las personas beneficiarias en cuestión.
Por otra parte, incluye también la siguiente programación y actividades:
El primer día, los participantes se presentarán en el hotel aproximadamente entre las 15,00 h y las 17,00 h, una vez realizado los trámites de check-in en el hotel, se prevé tiempo libre hasta la hora de la cena. Después de cenar habrá actividades de animación (baile, música en directo, etc.) que organizará directamente el Departamento de Presidencia con una duración mínima de 2 horas respetando la limitación horaria municipal para actividades de este tipo.
El segundo día, el miércoles, aproximadamente de las 10 h a las 12 h y de las 16,00 h a las 18,00 h, se harán actividades, adaptadas a los perfiles y capacidades de los participantes, con las siguientes características:
Asimismo, después de cenar habrá actividades de animación (baile, música en directo, etc.) que organizará directamente el Departamento de Presidencia con una duración mínima de 2 horas respetando la limitación horaria municipal para actividades de este tipo.
El tercer día, el jueves, aproximadamente de las 10 a 12 h, se harán actividades, adaptadas a los perfiles y capacidades de los participantes, con las siguientes características:
*Cada una de las actividades tendrá una duración mínima de 50 minutos, excepto la de senderismo que tendrá una duración de 2 h y, además, sólo se llevará a cabo de 10-12h.
*Los grupos y horarios de las actividades de animación sociocultural (Senderismo, Baile en línea, Baile de salón, Gimnasia, Pilates, Aquagym) los establecerá el personal organizador del Departamento de Presidencia.
4. Trámites
Se realizará un único sorteo de 500 plazas dado que la persona que resulte beneficiaria del sorteo dispondrá de una plaza para un acompañante, que tendrá que reunir los mismos requisitos establecidos para la persona beneficiaria.
4.1 Solicitud de preinscripción para el sorteo
En caso de que un mismo participante presente más de una solicitud de preinscripción, únicamente se tendrá en cuenta la última solicitud presentada, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la convocatoria.
Son motivo de exclusión:
El hecho de formalizar la solicitud de preinscripción no garantiza tener plaza, sólo dará opción a formar parte de la lista provisional de admitidos para participar en el sorteo y optar a una vacante.
4.2 Listado de preinscripciones admitidas
Finalizado el plazo de preinscripción, se publicarán los listados de los participantes admitidos y excluidos, a la sede electrónica (https://seu.conselldemallorca.net) y a la web de Promoción Sociocultural del Consejo de Mallorca (https://web.conselldemallorca.es/dinamitzacio-sociocultural).
A cada participante admitido se le asignará un número de acuerdo con la orden del registro de entrada de las solicitudes, que servirá de referencia para el sorteo.
Teniendo en cuenta lo que establece la normativa sobre protección de datos, la publicación de todos los listados de la presente convocatoria se harán con la identificación, a través del DNI/NIE/ pasaporte del participante.
4.3 Sorteo de adjudicación de plazas
Publicado el listado definitivo de los preinscritos se realizará un sorteo, que será público y tendrá lugar en la sala de plenos de la sede del Consejo Insular de Mallorca (calle Palau Reial, 1 de Palma). El día y la hora del sorteo se publicará con los listados de preinscripciones admitidas.
El procedimiento consistirá en extraer un número aleatorio de entre todos los números asignados a los participantes a la lista definitiva de admitidos que establecerá la orden de adjudicación (a partir del número extraído siguiendo los números consecutivos hasta completar las plazas disponibles). De esta forma los 250 primeros números se corresponderán a las personas que conformarán el primer turno y los siguientes 250, serán parte del segundo turno.
El resultado del sorteo (el número extraído por cada opción) se publicará a la sede electrónica (https://seu.conselldemallorca.net) y a la web Promoción Sociocultural del Consejo de Mallorca (https://web.conselldemallorca.es/dinamitzacio-sociocultural), indicando el turno que corresponde.
4.4 Lista de adjudicación de plazas
Una vez realizado el sorteo, se elaborará la lista de adjudicación de plazas y se publicará a la sede electrónica (https://seu.conselldemallorca.net) y a la web de Promoción Sociocultural del Consejo de Mallorca (https://web.conselldemallorca.es/dinamitzacio-sociocultural).
En la lista se indicará el nombre y los datos de la empresa adjudicataria encargada de la organización del programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores».
Los participantes que no hayan sido seleccionados, pasarán a una lista de espera por el orden establecido en el sorteo y podrán optar a una plaza que no se haya ocupado o quede desierta por diferentes motivos.
4.5 Proceso de inscripciones
A partir del día siguiente de la publicación de la de adjudicación de plazas, la Dirección Insular de Promoción Sociocultural facilitará a la empresa adjudicataria el listado de adjudicación de plazas y el correspondiente listado de espera.
La empresa organizadora, junto con el personal de la Dirección Insular de Promoción Sociocultural, se pondrá en contacto con los participantes seleccionados, mediante el teléfono y/o correo electrónico aportado en el proceso de preinscripción, a los efectos de cumplimentar el formulario de inscripción, indicar los datos del acompañante escogido para la persona beneficiaria y presentar la documentación requerida por ambos participantes, así como realizar el pago de 116,60 €, equivalente al 25% del total del precio de las dos plazas y el importe de la ecotasa.
Se dispondrá de un plazo de tres días naturales para la presentación de la documentación requerida y para hacer el pago ante la empresa adjudicataria, la cual es la responsable de gestionar todas las estancias en los hoteles.
Concretamente, la documentación que se tiene que aportar a la empresa organizadora, tanto de la persona beneficiaria como del acompañante escogido, es la siguiente:
La falta de documentos, el error o falsedad en la presentación de estos puede dar lugar a la expulsión del listado de participantes y puede ser penalizado al no poder participar en las siguientes subvenciones que convoque la Dirección Insular de Promoción Sociocultural del Consejo de Mallorca.
Igualmente, será motivo de expulsión del listado de participantes, que la persona beneficiaria no presente a un acompañante.
Si dentro del plazo establecido no se presenta toda la documentación o no se realiza el pago, el participante quedará excluido, sin que tenga derecho a la devolución de la posible cuantía entregada.
4.6 Lista de espera
Los participantes que no hayan obtenido plaza, tanto en el primero como en el segundo turno, quedarán a una lista de espera siguiendo el orden establecido en el sorteo que servirá para cubrir las plazas que queden vacantes por cualquier motivo. Esta lista de espera se publicará en la sede electrónica (https://seu.conselldemallorca.net) y en la web de Promoción Sociocultural del Consejo de Mallorca (https://web.conselldemallorca.es/dinamitzacio-sociocultural).
En este caso, el participante en lista de espera que haya obtenido plaza será avisado telefónicamente o al correo electrónico que ha hecho constar en su hoja de preinscripción. De no responder durante las primeras 24 horas, perderá el derecho a reserva de plaza y se avisará a la persona siguiente de la lista.
Si el interesado acepta la plaza, dispondrá de 24 horas para entregar toda la documentación requerida y realizar el pago. Si dentro de este plazo no se presenta toda la documentación o no se realiza el pago estará excluido/a.
4.7 Posibles renuncias y devolución de la cuantía entregada
Cuando por causas no imputables a los participantes y no sea debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, y estas estancias no se lleven a cabo, se procederá a la devolución del importe abonado.
Antes del inicio de la actividad, el interesado únicamente tendrá derecho a la devolución de la cantidad abonada, cuando concurra una cuestión médica debidamente justificada. No se tendrá derecho a la citada devolución en el resto de supuestos.
4.8 Seguridad y protección de datos
De acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 Del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE; y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Al no haberse dispuesto normativamente unas medidas de prevención cerradas en cuanto a lo que implica la protección de datos, hay que determinar qué medidas mínimas se aplicarán.
Aunque en todo momento el responsable de estos datos es el Consejo de Mallorca, durante el tiempo que dure el programa «Estancias en hoteles de Mallorca para Personas Mayores», estos datos estarán en poder de la empresa que la desarrolle, la cual, como encargada de los datos, sólo podrá hacer uso de las mismas para esta actividad concreta, devolviéndolas al Consejo de Mallorca una vez finalizada la actividad, con el fin de destruirlas cuando acabe la finalidad por las cuales fueron solicitadas.
4.9 Responsabilidad
En el caso de comportamiento inadecuado de algún participante en estas estancias, que dé lugar a actuaciones, multas o sanciones por parte de las autoridades competentes, ni el Consejo de Mallorca ni la empresa adjudicataria se hará cargo de los gastos ocasionados.
Firmado electrónicamente: 4 de octubre de 2024
El consejero ejecutivo de Presidencia Antonio Francisco Fuster Zanoguera