Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 642367
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de octubre de 2024 de separación y designación de un vocal en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares
El artículo 30 del Texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, establece la composición del consejo de administración de las autoridades portuarias. Este precepto dispone que el consejo de administración estará integrado por el presidente y por el capitán marítimo, como miembro nato, así como por un número de vocales ―comprendido entre diez y dieciséis en el caso de las Illes Balears―, los cuales serán designados por la comunidad autónoma teniendo en cuenta determinados criterios fijados en dicho precepto.
De acuerdo con estos criterios, la Administración General del Estado está representada en el consejo de administración de las autoridades portuarias por el capitán marítimo y, además, por tres vocales, uno de los cuales será abogado del Estado y otro, un representante del ente público Puertos del Estado. Así mismo, la separación y la designación de los vocales del consejo de administración de las autoridades portuarias que representan la Administración General del Estado serán acordadas por el órgano competente de la comunidad autónoma, a propuesta del presidente del organismo público.
El nombramiento de estos vocales tiene una duración de cuatro años, renovable, salvo que el órgano competente de la comunidad autónoma disponga la separación acordada, a propuesta de las organizaciones, los organismos o las entidades a los que aquellos representen.
De acuerdo con esto, y teniendo en cuenta la propuesta del presidente del organismo público Puertos del Estado, hay que separar y designar a un vocal en representación de la Administración General del Estado.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en la sesión de 4 de octubre de 2024, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Disponer la separación del señor Rubén Castro Ortega como vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en representación de la Administración General del Estado.
Segundo. Designar al señor Cosme Bonet Bonet vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en representación de la Administración General del Estado.
Tercero. Notificar este acuerdo al organismo público Puertos del Estado, a la Autoridad Portuaria de Baleares y a las personas interesadas.
Cuarto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 4 de octubre de 2024
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens