Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (IRFAP)
Núm. 641492
Resolución del presidente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP) por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la adquisición de alfalfa deshidratada para vacuno de las explotaciones ganaderas situadas sobre el acuífero de Campos-Ses Salines de Mallorca y en la comunidad de regantes Tramuntana de Menorca, para evitar su salinización y frente la crisis provocada por la guerra de Ucrania, manteniendo los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Illes Balears
El 28 de septiembre del 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm.128 la Resolución del presidente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la adquisición de alfalfa deshidratada para vacuno de las explotaciones ganaderas situadas sobre el acuífero de Campos-Ses Salines de Mallorca y en la comunidad de regantes Tramuntana de Menorca, para evitar su salinización y frente la crisis provocada por la guerra de Ucrania, manteniendo los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Illes Balears.
A los efectos de clarificar el punto 1 del apartado tercero referente a los Requisitos de los beneficiarios, y en virtud del artículo 11.1.f del Decreto 28/2014, de 27 de junio, de aprobación de los Estatutos de la entidad pública empresarial IRFAP, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Se modifica el punto 1 del apartado tercero de la Resolución del presidente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la adquisición de alfalfa deshidratada para vacuno de las explotaciones ganaderas situadas sobre el acuífero de Campos-Ses Salines de Mallorca y en la comunidad de regantes Tramuntana de Menorca, para evitar su salinización y frente la crisis provocada por la guerra de Ucrania, manteniendo los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Illes Balears (BOIB 128, de 28 de septiembre del 2024), en el sentido siguiente:
Donde dice:
“1. Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas, jurídicas, de titularidad compartida o comunidades de bienes de las Illes Balears que, en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, cumplan uno de los requisitos siguientes:
a. Ser titular de una explotación agraria ganadera que esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears (REA) y situada sobre el acuífero de Campos-Ses Salines en la isla de Mallorca.
Para el bovino de leche, sólo se considerarán los animales de más de 2 años inscritos en el Registro de control de rendimiento lechero de las Illes Balears del IRFAP, en fecha 28 de febrero de 2024.
b. Ser titular de una explotación agraria ganadera que esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears (REA) y situada en la comunidad de regantes Tramuntana, en la isla de Menorca.
Para el bovino de carne, sólo se considerarán los animales de más de 2 años inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, con los datos correctos y actualizados, en fecha 28 de febrero de 2024.
Debe decir:
“1. Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas, jurídicas, de titularidad compartida o comunidades de bienes de las Illes Balears que, en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, cumplan uno de los requisitos siguientes:
a. Ser titular de una explotación agraria ganadera que esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears (REA) y situada sobre el acuífero de Campos-Ses Salines en la isla de Mallorca.
Se entenderá por situada sobre el acuífero de Campos-Ses Salines cualquier explotación agraria ganadera de los municipios que pertenecen al acuífero (Campos, Ses Salines, Santanyí, Felanitx y Porreres).
En este caso, únicamente se subvencionará la alfalfa deshidratada destinada a la alimentación de las vacas lecheras. A tal efecto, se considerarán los animales reproductores de más de 2 años inscritos en el Registro de control de rendimiento lechero de las Illes Balears del IRFAP, en fecha 28 de febrero de 2024.
b. Ser titular de una explotación agraria ganadera que esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears (REA) y situada en la comunidad de regantes Tramuntana, en la isla de Menorca.
En este caso, se subvencionará la alfalfa deshidratada destinada a la alimentación de las vacas lecheras y de las vacas de carne. A tal efecto, para las vacas de leche se considerarán los animales reproductores de más de 2 años inscritos en el Registro de control de rendimiento lechero de las Illes Balears del IRFAP, en fecha 28 de febrero de 2024. Y para el bovino de carne, se considerarán los animales reproductores de más de 2 años inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, con los datos correctos y actualizados, en fecha 28 de febrero de 2024”.
Segundo
Publicación
Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 3 de octubre del 2024
El presidente del IRFAP Joan Simonet Pons