Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 639848
Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa, por la cual se adjudican los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2023-2024 y se publica la relación definitiva de alumnos merecedores de los Premios
En fecha 1 de octubre de 2024, la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. La educación es la principal riqueza y el recurso básico de un país y de sus ciudadanos. Las sociedades actuales dan gran importancia a la educación que reciben los niños, puesto que es el medio más adecuado para desarrollar las capacidades, definir la personalidad, configurar la comprensión de la realidad y conformar la propia identidad.
2. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación establece entre sus principios la exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos, teniendo en cuenta la equidad que garantice la igualdad de oportunidades para el desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades, también entre mujeres y hombres, que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como un elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a aquellas que se deriven de cualquier tipo de discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada el 2008 por España.
3. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, la dirección general competente para convocar los Premios Extraordinarios de Bachillerato es la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa.
4. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 14 de mayo de 2024 (BOIB n.º 64, de 16 de mayo de 2024) se convocaron los Premios Extraordinarios de Bachillerato de las Illes Balears correspondientes al curso 2023-2024.
5. En fecha 8 de julio se publicó la Resolución de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa por la cual se hace pública la relación provisional de alumnos que han obtenido el Premio Extraordinario de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2023-2024, en la web de la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa de acuerdo con el apartado decimotercero de la Resolución de 14 de mayo de 2024.
6. Además, la base decimocuarta de la convocatoria fijaba un plazo de tres días hábiles contadores a partir del siguiente a la fecha de publicación de la relación provisional, para poder presentar alegaciones telemáticamente en la sede electrónica unificada (SEDE) de la CAIB (https://www.caib.es/seucaib/ca/200/persones/), en el Registro de la Consellería de Educación y Universidades, de las direcciones territoriales de Menorca y de Ibiza y Formentera o a cualquier de los lugares que prevé los apartados 4 y 5 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Finalizado el plazo fijado sin reclamaciones, se dispone de la relación definitiva de alumnos premiados.
7. En el apartado decimoquinto de la Resolución de 14 de mayo se señala que la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa es el órgano encargado de elaborar la propuesta de resolución con la relación definitiva de alumnos premiados y elevarla al consejero de Educación y Universidades para que dicte la resolución definitiva una vez resueltas las reclamaciones correspondientes.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
2. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo.
3. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 14 de mayo de 2024 por la cual se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2023-2024.
4. La Resolución de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa de 8 de julio de 2024 por la cual se hace pública la relación provisional de alumnos que han obtenido el premio Extraordinario de Bachillerato en las Illes Balears correspondientes al curso 2023-2024.
Por todo ello, Propongo al consejero de Educación y Universidades que dicte una Resolución en los términos siguientes:
1. Adjudicar los Premios Extraordinarios de Bachillerato, correspondientes al curso 2023-2024, a los alumnos siguientes:
2. Esta distinción tiene que ser anotada al expediente y al historial académico del alumno que ha obtenido el premio extraordinario por el secretario del centro donde ha finalizado los estudios de bachillerato.
3. De la obtención de este premio, se derivan los beneficios siguientes:
4. Ordenar la publicación de esta resolució en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en la web de la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa.
Por todo ello, dicto la siguiente,
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en el mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a haberse publicado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haberse publicado, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 2 de octubre de 2024)
El consejero de Educación y Universidades
Antoni Vera Alemany
(Firmado electrónicamente: 1 de octubre de 2024)
La directora general proponente Maria Isabel Salas Sánchez