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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 639399
Corrección de errores de la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de abril de 2024 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU

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Texto

Hechos

1. El 3 de julio de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo en la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 (BOIB n.º 103, de 6 de agosto de 2022).

2. Con fecha 4 de enero de 2023, la persona JAIME JOAQUIN ALORDA RODRIGUEZ (expediente MOVESIII-3143/2021), presentó a la Conselleria de Transición Energética y Sectores Productivos una solicitud de subvención dentro de la convocatoria MOVESIII.

3. El 12 de marzo de 2024 se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (BOIB n.º 38, de 19 de marzo de 2024).

4. El 22 de abril de 2024 se emitió la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía,  por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU  (BOIB n.º 56, de 27 de abril de 2024).

5. Con posterioridad, se ha detectado un error manifiesto en la concesión de la ayuda a la persona JAIME JOAQUIN ALORDA RODRIGUEZ (expediente MOVESIII-3143/2021), que figura en el anexo de la resolución mencionada en el punto anterior,  puesto que el modelo de vehículo solicitado (Audi A3 Sportback) no existe en versión vehículo eléctrico, solamente como vehículo híbrido. Al no verificar esta información en la fase de solicitud, el error se mantuvo. Al revisar la documentación presentada para la justificación, se comprueba en la ficha técnica y el permiso de circulación del vehículo objeto de la ayuda que es un vehículo híbrido enchufable categoría M1, y por tanto, le corresponde 5.000 euros en lugar de 7.000 euros, motivo por el que se procede a rectificarlo.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición. Así mismo, la rectificación de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que se  derivan y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actas que han sido notificados o publicados.

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la rectificación del error material existente en la Resolución del consejero de Empresa, Ocupación y Energía de 22 de abril de 2024 (BOIB n.º 56, de 27 de abril de 2024),  por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, únicamente en el sentido de corregir la cuantía que corresponde abonar a la persona JAIME JOAQUIN ALORDA RODRIGUEZ (expediente MOVESIII-3143/2021) en los términos siguientes:

Donde dice:

Importe de Subvención (€)         7.000,00

Tiene que decir:

Importe de Subvención (€)          5.000,00

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 30 de septiembre de 2024

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Ocupación y Energía (BOIB n.º 67, de 21/05/2024)