Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 634594
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se designa al COLEF como entidad colaboradora para el asesoramiento y desarrollo, con el Tribunal Calificador, de las pruebas selectivas para el ingreso por el turno libre, en el cuerpo ayudante facultativo, escala de agentes de medio ambiente de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, pruebas convocadas por Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 19 de diciembre de 2023
Antecedentes
1. Mediante Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas se aprobaron la convocatoria, bases, ejercicios y temario, y el baremo de méritos de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en los cuerpos de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de 19 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 172, de 21 de diciembre de 2023).
2. El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso por el turno libre, en el cuerpo ayudante facultativo, escala de agentes de medio ambiente de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con el punto 18.3 de las bases específicas de la convocatoria mencionada en el punto anterior, ha solicitado el nombramiento de personal asesor especialista para que colabore en sus especialidades técnicas con el Tribunal para llevar a cabo el desarrollo del primer ejercicio del proceso selectivo, correspondiente a la prueba de aptitud física.
3. En consecuencia, para llevar a cabo esta tarea de colaboración en el desarrollo de las pruebas de aptitud física, prueba de marcha con peso (PACK TEST) y prueba de natación de 50 metros, se ha considerado adecuado que estas lleven a cabo con personal titulado que garantice su correcto desarrollo, por lo que se propone la designación del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y el Deporte de las Illes Balears como entidad especialista, que deberá cumplir las siguientes condiciones
1. El COLEF debe dar cumplimiento a lo previsto en los presupuestos aceptados para cada una de las islas en las que se desarrollan las pruebas.
2. Los concretos colaboradores designado por el COLEF que participen como árbitros en cada una de las pruebas, deben acreditar al tribunal su identidad y manifestar que no incurre en causas de abstención, declaración de la que debe quedar constancia en el acta correspondiente.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 10 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en relación con el artículo 6.3 c) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El artículo 30 del Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Designar al COLEF como entidad colaboradora para el asesoramiento y desarrollo, con el Tribunal Calificador, de las pruebas selectivas para el ingreso por el turno libre, en el cuerpo ayudante facultativo, escala de agentes de medio ambiente del Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, pruebas convocadas por Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 19 de diciembre de 2023.
2. Informar a las personas colegiadas que sean designadas como asesores especialistas de la obligación de abstenerse de intervenir en el proceso selectivo si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de '1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la CAIB (www.caib.es) y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 1 de octubre de 2024)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens