Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 616507
Acuerdo de la necesidad de ocupación de la parcelas catastrales que se nombran para la adquisición de los terrenos del sistema general viario identificado como SG-SR CI-VI (4001) del Plan General de Manacor
El alcalde del ayuntamiento de Manacor por decreto número 2024-3555, de 20 de septiembre de 2024, ha acordado
« Antecedentes
El Plan General (PG) de Manacor entró en vigor el día 1 de enero de 2022 , mediante su publicación en el BOIB número 1 de día 1 de enero.
El PG de Manacor incorpora una serie de actuaciones aisladas la cuales tiene que ejecutar el ayuntamiento de Manacor entre las cuales se encuentra la identificada con el código SG-SR CI-VI (4001) destinada a la apertura de una nueva ronda. Esta actuación está programada, desde el punto de vista temporal dentro del primer cuatrienio según las previsiones del Programa de Actuación del Plan General ( PG)
Así mismo el Programa de Actuación del PG prevé la adquisición de los terrenos a través del ejercicio de la potestad expropiatoria o cualquier otro medio admitido en Derecho, puesto que los terrenos afectados no son de titularidad del municipio.
La arquitecta municipal de planeamiento urbanístico ha procedido a emitir documentación donde se describen en sus aspectos materiales y jurídicos los terrenos que tienen que ser objeto de expropiación con identificación de sus titulares. La documentación técnica ha sido informada favorablemente por el TAG jefe del Servicio de urbanismo.
El ayuntamiento de Manacor en sesión plenaria de 10/06/2024 acordó el inicio de expediente de la actuación aislada identificada en el Plan General de Manacor con el código SG-SR CI-VI (4001) destinada a la apertura de una nueva ronda. El acuerdo plenario suponía el inicio del expediente de expropiación, la sumisión a información por un plazo de 20 días hábiles de la relación de los terrenos y propietarios que se relacionaban en el acuerdo, así como la notificación a los propietarios que aparecían en la relación de propietarios.
El expediente de expropiación se sometió a información pública mediante la inserción de anuncio en el BOIB número 85 , de 27 de junio de 2024, en el diario Ultima Hora» de 6 de julio de 2024, y en el Tabón de anuncios de la sede electrónica del ayuntamiento de Manacor desde el día 20 de junio de 2024 al día 31 de julio de 2024.
El acuerdo del Pleno se notificó a los propietarios que aparecían a la relación de propietarios afectados. En esta relación de propietarios, y respecto de la finca de expropiación 9 y 13 no se había podido identificar a su propietario, y se notificó el acuerdo del Pleno a través de anuncio publicado en el BOE de 27 de junio de 2024 a los efectos de dar cumplimiento al art. 44 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común. Dado que no se pudo practicar la notificación a tres copropietarios de la finca de expropiación número 1 se procedió a la publicación de anuncio en el BOE de 23 de julio de 2024 a los efectos de dar cumplimiento al arte. 44 de la Ley 39/2015 sobre notificaciones infructuosas.
En fecha 19/09/2024 el TAG, Jefe del Servicio de urbanismo ha emitido informe favorable a la necesidad de ocupación
Se ha emitido, en fecha 19/09/2024 certificado de la secretaría del ayuntamiento de Manacor sobre ausencia de presentación de alegaciones
Fundamentos jurídicos
Art. 10 de la LEF sobre declaración de utilidad pública, art. 15 , 17 , 18 ,19 y 20 de la LEF sobre la necesidad de ocupación; art. 67 de la Ley 12/2017 sobre utilidad pública; art. 83 de la Ley 39/2015 sobre plazo mínimo de información pública; arte. 4 .b de la Ley 39/2015 sobre la condición de interesado; art. 24 y siguientes sobre procedimiento de determinación del justiprecio; acuerdo del Pleno de 10 de junio de 2024 de diciembre sobre delegación de los acuerdos en el Alcalde del ayuntamiento de Manacor.
Dado que no se han presentado alegaciones y que se han cumplido los trámites legales hay que proceder a la adopción del acuerdo de necesidad de ocupación de las parcelas a que hace referencia el acuerdo del Pleno del ayuntamiento de Manacor de 10/06/2024
En atención al apartado 6°) del acuerdo del Pleno de 10 de junio corresponde la adopción del acuerdo de necesidad de ocupación al alcalde del ayuntamiento de Manacor
RESUELVO
Acordar la necesidad de ocupación a efectos de expropiación, de las parcelas que se nombrarán, para la adquisición de los terrenos del sistema general viario identificado con el SG-SR CI-VI (4001) en el Plan General de Manacor
Finca de expro-piación |
Finca registral |
Parcela catastral |
Titular registral |
Superficie a expropiar |
||
---|---|---|---|---|---|---|
1 |
46437 |
07033A004011120000AS |
Sebastián Rosselló Fiol Isabel Rosselló Fiol Maria Antonia Rosselló Fiol Son Banya S.L. Granjas Cristalería S.L. Ana María Santandreu Ferrer Juan Carlos Santandreu Ferrer Maria Antonia Santandreu Ferrer Catalina Ferrer Massanet Antonio Riera Ramos Bartolomé Riera Ramos Isabel Francisca Riera Ramos Nicolás Nicolau Sureda Mascaró Martorell Grup S.L. Antonia Miralles Bauzá Antonio Miguel Miralles Bauzá Miguel Miralles Bauzá Maria Cristina Santandreu Riera Son Dagueta S.L. (anotación preventiva d'embargo sobre participación de Isabel Rosselló Fiol) |
7.477,12 m2 |
||
2 |
45405 |
8712027ED1881S0000YG |
Antonio Riera Lliteres |
1.916,94 m² |
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3 |
45419 |
8712020ED1881S0001DH |
Antonia Riera Lliteres |
5,36 m² |
||
4 |
45417 |
8712021ED1881S0001XH |
Maria Riera Lliteres |
46,27 m2 |
||
5 |
45415 |
8712022ED1881S0001IH |
Sebastián Matamalas Riera Antoni Matamalas Riera |
102,88 m2 |
||
6 |
45413 |
8712023ED1881S0001JH |
Catalina Gomila Riera (nuda propiedad) Francisca Riera Lliteras (usufructo) |
144,46 m2 |
||
7 |
45411 |
8712024ED1881S0001EH |
Guillem Riera Caldentey |
215,06 m2 |
||
8 |
45409 |
8712025ED1881S0001SH |
Margarita Riera Riera |
122,72 m2 |
||
9 |
45407 |
8712026ED1881S0001ZH |
Herederos de Magdalena Riera Lliteras |
291,47 m2 |
||
10 |
72382 |
8712017ED1881S0000SG i per error la cadastral 07033A004010920000AY |
Ana Lliteras Rosselló |
4.537,10 m2 |
||
12 |
13578 |
07033A004010960000AL |
Maria Suñer Capó (50% nuda propiedad) Margarita Suñer Capó (50% nuda propiedad) Catalina Capó Sureda (usufructo) |
3.515,19 m2 |
||
13 |
- |
07033A004010970000AT |
Desconocido |
1.418,59 m2 |
||
14 |
14a |
43690 |
07033A004010950000AP |
Juan Pascual Roig |
537,86 m² |
1.058,21 m² |
14b |
43692 |
Bartolomé Pascual Roig |
389,17 m² |
|||
14c |
25353 |
Francisca Pascual Roig |
131,16 m² |
|||
15 |
30926 |
07033A004012180000AQ |
Inmobiliaria Son Manacor SL |
13,06 m2 |
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Total superficie a expropiar |
20.864,43 m² |
Lo que se hace público a los efectos del previsto en el art. 21 en relación con el artículo 18 de Ley de Expropiación Forzosa
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer un recurso de reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que no se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de seis meses contadores desde el día siguiente a la desestimación presunta.
(Firmado electrónicamente: 24 de septiembre de 2024)
El alcalde Miquel Oliver Gomila