Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS
Núm. 634308
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar ferias, festivales, encuentros, jornadas y premios del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2024
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno, el 16 de febrero de 2024, se autorizó el gasto de 1.150.000 euros para tramitar la convocatoria de subvenciones para apoyar ferias, festivales, encuentros, jornadas y premios del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2024
2. En el BOIB núm. 29, de 27 de febrero de 2024, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de 23 de febrero de 2024 por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar ferias, festivales, encuentros, jornadas y premios del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2024.
3. El crédito asignado a la citada convocatoria, tiene un máximo de 1.150.000 € (un millón ciento cincuenta mil euros), con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos.
4. Dado que, durante el plazo establecido en la convocatoria, se han presentado 84 solicitudes por un importe total de 2.876.081,28 euros, el crédito asignado a esta convocatoria resulta totalmente insuficiente para dar respuesta a todas las solicitudes presentadas.
5. Según Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, se autoriza, por la vía del artículo 44 de la Ley 12/2023, la utilización del remanente corriente del IEB a 31 de diciembre de 2023 para aumentar el crédito de la convocatoria de subvenciones de ferias y festivales de 2024.
6. En el BOIB núm. 96, de 20 de julio de 2024, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar ferias, festivales, encuentros, jornadas y premios del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2024, que ampliaba el crédito en 239.000 euros.
7. Por otra parte, el ente dispone de un sobrante en el capítulo IV de 325.000 euros, que proviene de la convocatoria Talent IB que no ha sido convocada para 2024, y que servirá para cubrir una parte de las solicitudes presentadas en la convocatoria para apoyar ferias, festivales, encuentros, jornadas y premios del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2024.
8. De acuerdo con el punto 3.3 de la citada convocatoria, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se puede incrementar el importe consignado inicialmente en la convocatoria mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.
9. Por todo ello, se considera conveniente redistribuir el crédito y aumentar en 325.000 euros el importe asignado a la convocatoria de subvenciones aprobada mediante la Resolución del presidente del IEB de 23 de febrero de 2024 (BOIB núm. 29, de 27 de febrero de 2024).
Fundamentos de derecho
1. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
5. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar ferias, festivales, encuentros, jornadas y premios del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2024. (BOIB núm. 29, de 27 de febrero de 2024).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el apartado 3.1 del anexo 1 de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar ferias, festivales, encuentros, jornadas y premios del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2024, que queda redactado como sigue:
3.1. El crédito asignado a esta convocatoria es de 1.714.000€ con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos de 2024, de los que 890.000 € se destinan a la línea A, de empresas y autónomos, y 824.000 €, en la línea B, de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Iles Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 1 de octubre de 2024)
El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol