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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA BALEAR DE DIGITALIZACIÓN, CIBERSEGURIDAD Y TELECOMUNICACIONES (IB DIGITAL)

Núm. 632458
Resolución del director gerente de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (IB Digital) por la cual se publican las listas definitivas con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes (valoración de méritos), y las listas de aspirantes que han superado el proceso excepcional de estabilización por concurso-oposición.

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Texto

Antecedentes

1. Mediante resolución de 20 de diciembre de 2022 (BOIB número 168, de 27 de diciembre) del director gerente (por suplencia) de IBETEC, se aprobó la convocatoria para cubrir 7 plazas de personal laboral de IBETEC cuyo sistema de selección es el de concurso extraordinario de méritos (disposiciones adicionales séptima y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre) incluidas en la oferta pública de estabilización aprobada por el Acuerdo del Consejo de Administración de 23 de mayo de 2022.

2. Mediante las resoluciones que se indican a continuación del director gerente (por suplencia) de IBETEC, se aprobaron las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso excepcional de estabilización para cubrir las siguientes plazas de personal laboral de IBETEC, cuyo sistema de selección es el de concurso extraordinario de méritos:

Puesto

Fecha resolució

Fecha publicació web IBETEC

A-Técnico/a superior Dret

30/05/2023

30/05/2023

A-Ingeniero/a superior industrial

30/05/2023

30/05/2023

B-Ingerio/a técnic/a telecomunicaciones

30/05/2023

30/05/2023

C-Administrativo/va

30/05/2023

30/05/2023

3. Mediante resolución de 6 de junio de 2023 del director gerente (por suplencia) de IBETEC, se corrigieron errores observados en la resolución de 30 de mayo de 2023 de aprobación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas del proceso excepcional de estabilización para cubrir una plaza de personal laboral por el sistema de concurso-oposición de la categoría C – ADMINISTRATIVO/A.

4. Mediante resolución del director gerente de IBETEC, de 30 de octubre de 2023, se modificaron los apartados 19.1.3 y 19.2 del anexo 2 de las bases específicas de la convocatoria, relativas a la determinación de la composición y nombramiento de los tribunales encargados de la selección.

5. Mediante resolución de 27 de diciembre de 2023 de la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se nombraron los miembros de los tribunales del proceso excepcional de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral de IBETEC.

6.  La disposición final quinta de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para 2024, modificó el artículo 38 de la Ley 18/2016, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para 2017, de manera que se cambió el nombre de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación (IBETEC) por el de Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (IB Digital).

7. Por resolución de 11 de marzo de 2024 del director gerente de IB Digital, se publicaron las listas provisionales de méritos alegados en la declaración responsable (autobaremación) emitida por los tribunales de selección del proceso excepcional de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral de IB Digital.

8. En fecha 12 de julio de 2024, los Tribunales de selección elevaron al director gerente de IB Digital la lista provisional de personas que habían superado el ejercicio de la fase de oposición, otorgando un plazo de 7 días hábiles para efectuar una reclamación o solicitar la revisión del ejercicio.

9. En fecha 25 de julio de 2024, los Tribunales de selección elevaron al director gerente de IB Digital la lista definitiva de méritos alegados en la declaración responsable (autobaremación), así como la lista definitiva de personas que han superado el ejercicio de la fase de oposición.

10. Por Resolución, de 7 de agosto de 2024, del director gerente de IB Digital, se publicaron las listas informativas del orden de los aspirantes, de acuerdo con la puntuación de los aprobados de la fase de oposición (según la lista definitiva publicada el 25 de julio de 2024) más la puntuación alegada en la declaración responsable, en la que se requirieron a todas las personas aspirantes para que en el plazo de 10 días hábiles acreditaran los méritos y los requisitos alegados en la declaración responsable.

11. En fecha 16 de septiembre de 2024, los Tribunales de selección elevaron al director gerente de IB Digital las listas provisionales con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes (valoración de méritos) del proceso excepcional de estabilización por concurso-oposición.

12. Por resolución de 17 de septiembre de 2024 del director gerente de IB Digital, se publicaron las listas provisionales con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes (valoración de méritos). De acuerdo con la base 13.5.4, los aspirantes disponían de un plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional de puntuaciones, para alegar las rectificaciones que consideraran pertinentes sobre la valoración provisional de méritos del concurso. Durante este plazo, los interesados podían solicitar ver el expediente de valoración.

13. Una vez transcurrido el plazo de siete días hábiles establecido en el punto 3 de la resolución de 17 de septiembre de 2024 del director gerente de IB Digital, sin que ningún aspirante haya alegado ninguna rectificación a las listas provisionales, los tribunales han acordado, en fecha 1 de octubre de 2024, elevar al director gerente de IB Digital la lista definitiva de méritos y la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso oposición, así como una relación complementaria de los aspirantes, por orden de puntuación, para su posible contratación como personal laboral fijo en sustitución de aquellos que renuncien.

Fundamento de derecho

1. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares.

2. La resolución de 20 de diciembre de 2022 (BOIB número 168, de 27 de diciembre) del director gerente (por suplencia) de IBETEC, por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización para cubrir 4 plazas de personal laboral de IBETEC, cuyo sistema de selección es el de concurso oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

3.Las resoluciones de 30 de mayo del director gerente (por suplencia) de IBETEC, de aprobación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso excepcional de estabilización para cubrir 4 plazas de personal laboral de IBETEC, cuyo sistema de selección es el de concurso oposición.

4.La resolución de 6 de junio de 2023, del director gerente (por suplencia) de IBETEC que corregía los errores observados en la resolución de 30 de mayo de 2023 de aprobación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas del proceso excepcional de estabilización para cubrir una plaza de personal laboral por el sistema de concurso-oposición de la categoría C – ADMINISTRATIVO/A.

5. La resolución del director gerente de IBETEC de 30 de octubre de 2023, de modificación de los apartados 19.1.3 y 19.2 del anexo 2 de las bases específicas de la convocatoria, relativas a la determinación de la composición y nombramiento de los tribunales encargados de la selección.

6. La resolución de 27 de diciembre de 2023 de la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación de nombramiento de los miembros de los tribunales del proceso excepcional de estabilización por concurso oposición para las plazas de personal laboral de IBETEC.

7. La disposición final quinta de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el 2024, que modifica el artículo 38 de la Ley 18/2016, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el 2017, cambiando el nombre de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación (IBETEC) por el de Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (IB Digital).

8. La resolución de 11 de marzo de 2024 del director gerente de IB Digital, por la cual se publicaron las listas provisionales de méritos alegados en la declaración responsable (autobaremación) emitida por los tribunales de selección del proceso excepcional de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal laboral de IB Digital.

9. La resolución de 7 de agosto de 2024, del director gerente de IB Digital, por la cual se publicaron las listas informativas del orden de los aspirantes, de acuerdo con la puntuación de los aprobados de la fase de oposición más la puntuación alegada en la declaración responsable.

 10. La resolución de 17 de septiembre de 2024 del director gerente de IB Digital, por la cual se publicaron las listas provisionales con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes (valoración de méritos).

11. El Acuerdo, de 1 de octubre de 2024, de los Tribunales de selección, por el cual elevaron al director gerente de IB Digital la lista definitiva de méritos y la propuesta de aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso oposición, así como una relación complementaria de aspirantes, por orden de puntuación, para su posible contratación como personal laboral fijo en sustitución de aquellos que renuncien.Per tot l‘anterior dict la següent,

Resolución

1. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web de IB Digital, www.ibetec.cat, de la lista definitiva de méritos, que figura en el documento anexo de esta resolución, como Anexo 1.

2. Adjudicar los puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por concurso-oposición, que figuran en el documento anexo de esta resolución, como Anexo 2, tras haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con la solicitud efectuada y la puntuación obtenida en el proceso selectivo, con el siguiente detalle:

CÓDIGO Puesto

NOMBRE DEL PUSTO

APELLIDOS, NOMBRE

DNI

L02060003

Grup A – Técnico/a superior Derecho

MORELL PLANAS, María Mercedes

***6688**

L02080002

Grup C - Administrativo/va

SEGURA PALMER, Daniel

***9259**

L0206000A

Grup A - Ingeniero/a superior industrial

BENITO LLINÁS, Enric

***2570**

L02070001

Grup B - Ingeniero/a tècnic telecomunicacions

TOMÁS JIMÉNEZ, Silvia

***3214**

I disposar la publicació de l'adjudicació en el Butlletí Oficial de les Illes Balears i a la pàgina web d'IB Digital, www.ibetec.cat

3.Contratar como personal laboral fijo de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (IB Digital) a las personas indicadas en el punto 2 anterior de esta resolución.

4.La firma del contrato del puesto adjudicado deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Antes de la firma del contrato del puesto adjudicado, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público comprendido en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si realiza alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, deberá declararlo en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

5.Disponer la publicación de la relación complementaria de los aspirantes, por orden de puntuación, para su posible contratación como personal laboral fijo en sustitución de aquellos que renuncien. Dicha relación figura en el documento anexo de esta resolución, como Anexo 3.5. Disposar la publicació de la relació complementària dels aspirants, per ordre de puntuació, per a la seva possible contractació com a personal laboral fix en substitució de les que hi renunciïn. Aquesta relació figura en el document annex d'aquesta resolució, com a Annex 3.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente en defensa de sus intereses.

 

Palma, en la fecha de firma digital (1 de octubre de 2024)

El director gerent Miquel Cardona Pons

 

Acuerdo conjunto de los Tribunales Calificadores de los grupos A, B y C por el que se da traslado al director gerente de IB Digital de la lista definitiva de valoración de méritos para su publicación en la página web de IB Digital a la vez que se eleva la propuesta de aspirantes que han superado el proceso selectivo del concurso oposición

Una vez transcurrido el plazo a que hace referencia la base 13.5.4, sin que se haya presentado ninguna alegación a las listas provisionales de méritos, los tribunales de los Grupos A, B y C han acordado lo siguiente:

1. Publicación de la  lista definitiva de valoración de méritos (anexo 1)

Dar traslado al director gerente de IB Digital de la lista definitiva de méritos que constan en el anexo 1 para su publicación en la página web del ente.

2. Elevar al director gerente de IB Digital la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo (anexo 2)

Una vez determinado la orden de prelación de los aspirantes que han superado el concurso oposición de acuerdo con el que dispone la base 14.1 de la convocatoria (suma de la puntuación obtenida en el ejercicio obligatorio y eliminatorio de la fase de oposición y de la valoración de los méritos correspondientes de la fase de concurso), de acuerdo con la base 15 de la convocatoria, los tribunales elevan al director gerente de IB Digital la propuesta de aspirantes que han superado el proceso selectivo del concurso oposición, de acuerdo con las listas que constan al anexo 2 y que contienen como máximo, tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas.

Se hace constar que la comprobación del cumplimiento de los requisitos para ser contratados como personal laboral fijo corresponde al órgano competente de IB Digital.

3. Relación complementaria de los aspirantes y bolsas preferentes de personal laboral temporal (anexo 3)

Con el fin de asegurar que se cubran las plazas convocadas, para el caso de que haya renuncias de aspirantes seleccionados antes de la formalización del contrato, el tribunal eleva al órgano convocante una relación complementaria de los aspirantes que están situados a continuación de las personas propuestas, por orden de puntuación, para su posible contratación como personal laboral fijo en sustitución de quienes renuncien a las plazas (base 15).

De acuerdo con la base 20.1. las personas que hayan participado en este procedimiento selectivo y que lo hayan superado se tienen que incluir en bolsas de personal laboral temporal, específicas y preferentes a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes en el ente. En estas bolsas se tienen que integrar los candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente y no habiéndolo superado, sí que hayan obtenido la puntuación mínima de 5 puntos en la fase de oposición.

A efectos de lo que se dispone en la base 22 y dado que los tribunal ya han baremado los méritos de los aspirantes, se da traslado de los listados que constan en el anexo 3, donde consta únicamente la relación de las personas que aprobaron la fase de oposición de las categorías de técnico superior licenciado en derecho (grupo A) y de administrativo (grupo C), dado que al resto de plazas convocadas ( ingeniero superior industrial e ingeniero técnico de telecomunicaciones) únicamente se presentaron los aspirantes que han obtenido plaza.

Palma, en la fecha de la firma electrónica

La secretaria

de los grupos A, B y C                                                                                                          Visto bueno

Maria del Carmen Gili Crespo                                                                            El presidente de los grupos A i B

                                                                                                                                Antoni Ferran Vaquer Mestre

 

                                                                                                                                               Visto bueno

                                                                                                                                      El presidente grupo C

                                                                                                                                          Javier Rubio Balet

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