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AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA
Núm. 632335
Aprobación inicial del Reglamento para la prevención y actuación en casos de acoso laboral y moral del Ayuntamiento de Bunyola
De acuerdo con lo que disponen los artículos 43.3 y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se somete a información pública el Acuerdo de aprobación inicial del Reglamento para la prevención y actuación en casos de acoso laboral y moral del Ayuntamiento de Bunyola, que literalmente dice:
«Expediente n.º: 2341/2024
Procedimiento: Aprobación Reglamento para la prevención y actuación en casos de acoso laboral y moral del Ayuntamiento de Bunyola
PROPUESTA DE APROBACIÓN INICIAL DEL REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN CASOS De ACOSO LABORAL Y MORAL DEL AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA.
Considerándose del máximo interés la aprobación del Reglamento para la prevención y actuación en casos de acoso laboral y moral del Ayuntamiento de Bunyola, completando lo dispuesto en las Leyes y Reglamentos vigentes.
Visto el documento del Reglamento para la prevención y actuación en casos de acoso laboral y moral del Ayuntamiento de Bunyola, que obra en el expediente.
Visto el Informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir en relación a la aprobación de dicho Reglamento, emitido en fecha 2 de julio de 2024.
Y vista la Acta de la Mesa General de Negociación, reunida en sesión ordinaria en fecha 1 de julio de 2024, donde queda patente la negociación realizada y el resultado consensuado del texto propuesto, que se somete al presente Acuerdo.
Por todo lo anterior, por parte de esta Concejalía se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente el texto consensuado por la Mesa General de Negociación de fecha 1 de julio de 2024, que recoge del Reglamento para la prevención y actuación en casos de acoso laboral y moral del Ayuntamiento de Bunyola que obra al expediente.
SEGUNDO. Someter este texto a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta (30) días porque puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.
Simultáneamente, se publicará en el portal web del Ayuntamiento [https://www.ajbunyola.net].
TERCERO. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno y el acuerdo de aprobación definitiva tácita del Reglamento, con el texto íntegro de este, se publicará para su general conocimiento en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. Así mismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://bunyola.sedelectronica.es]»
(Firmado electrónicamente: 27 de septiembre de 2024
La alcaldesa Maria Antònia Serralta Cunill)