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AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA
Núm. 632315
Aprobación inicial de la modificación del Reglamento de funcionamiento de la Escoleta municipal Ca Ses Monges
De acuerdo con lo que disponen los artículos 43.3 y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se somete a información pública el Acuerdo de aprobación inicial de la Modificación del Reglamento de funcionamiento de la escoleta municipal de Can ses Monges de Bunyola, que literalmente dice:
«Expediente n.º: 2345/2024
Procedimiento: Aprobación Modificación del Reglamento de funcionamiento de la escoleta municipal de Can Ses Monges.
PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCOLETA MUNICIPAL DE CA SES MONGES.
Considerándose del máximo interés la aprobación de la Modificación del Reglamento de funcionamiento de la escoleta municipal de Ca Ses Monges, completando lo dispuesto en las Leyes y Reglamentos vigentes.
Visto el documento de la Modificación del Reglamento de funcionamiento de la escoleta municipal de Ca Ses Monges que obra en el expediente.
Visto el Informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir en relación con la aprobación de dicho Reglamento, emitido en fecha 2 de julio de 2024.
Y vista la Acta de la Mesa General de Negociación, reunida en sesión ordinaria en fecha 1 de julio de 2024, donde queda patente la negociación realizada y el resultado consensuado del texto propuesto, que se somete al presente Acuerdo.
Por todo lo anterior, por parte de esta Concejalía se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente el texto consensuado por la Mesa General de Negociación de fecha 1 de julio de 2024, que recoge la Modificación del Reglamento de funcionamiento de la escoleta municipal de Ca Ses Monges que obra en el expediente.
SEGUNDO. Someter este texto a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta (30) días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.
Simultáneamente, se publicará en el portal web del Ayuntamiento [https://www.ajbunyola.net].
TERCERO. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno y el Acuerdo de aprobación definitiva tácita del Reglamento, con el texto íntegro de este, se publicará para su general conocimiento en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. Así mismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://bunyola.sedelectronica.es]»
(Firmado electrónicamente: 27 de septiembre de 2024
La alcaldesa Maria Antonia Serralta Cunill)