Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 630984
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se declaran decaídos en su derecho al trámite a las personas que no han presentado documentación en plazo en el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para constituir una bolsa extraordinaria, por cubrir con carácter de interinidad, plazas del cuerpo facultativo superior, especialidad química para la isla de Mallorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Antecedentes
1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), se aprobaron las bases generales que deben regir el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
2. En fecha 12 de julio de 2024 se publicó en el Portal del Opositor, el Acuerdo de fecha 10 de julio de 2024, mediante el cual, el Tribunal de apoyo del cuerpo facultativo superior, especialidad química para la isla de Mallorca del concurso extraordinario de méritos del proceso de estabilización de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, requería a las personas aspirantes que figuraban en el Anexo 1 del citado Acuerdo, para que en el plazo de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación, aportaran la documentación indicada en el mencionado Anexo 1.
3. El plazo de diez días hábiles otorgado para presentar la documentación requerida ha concluido sin que algunos aspirantes hayan presentado ninguno de los documentos requeridos en plazo.
Fundamentos de Derecho
1. El artículo 24.3 del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares.
2. El artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3 El apartado 14.2 y 21.3 de las Bases de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), por el que se aprobaron las bases generales que deben regir el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente,
Resolución
1. Declarar desistidas en su derecho al trámite de presentación de documentación a los aspirantes indicados en el Anexo de esta Resolución, dado que ha transcurrido el plazo de diez días hábiles para presentar la documentación requerida a los aspirantes del cuerpo facultativo superior, especialidad química para la isla de Mallorca del concurso extraordinario de méritos del proceso de estabilización de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, mediante Acuerdo del Tribunal de 10 de julio de 2024, y en consecuencia, los aspirantes que no han presentado esta documentación han perdido el derecho a este trámite, tal y como dispone el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es) y en la Sede electrónica www.caib.es.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 30 de septiembre de 2024)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens
ANEXO
DNI |
APELLIDOS, NOMBRE |
***2778* |
PICÓ CUADRADO, GEMMA |
***6188* |
ROSENDE MUSTILLO, MARIA EMILIA |