Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 630286
Extracto de la convocatoria de subvenciones a particulares para coadyuvar económicamente a los afectados por la borrasca Juliette
En sesión celebrada el 15 de mayo de 2024, el Plenario del Ayuntamiento de Sóller aprobó las bases de la convocatoria de subvenciones a particulares para coadyuvar económicamente a la reparación y restitución de los daños sufridos en sus bienes, edificios, fincas y elementos etnológicos como consecuencia de la Borrasca JULIETTE
De acuerdo con el articulo 9.3 de la Ley 38/2017, del 17 de noviembre, General de Subvenciones, por medio del presente edicto se publican las referidas bases.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/786636)
(Firmado electrónicamente: 30 de septiembre de 2024)
El alcalde Miguel Nadal Vaquer
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PARTICULARES PARA COADYUVAR ECONÓMICAMENTE A LA REPARACIÓN Y RESTITUCIÓN DE LOS DAÑOS SUFRIDOS EN SUS BIENES, EDIFICIOS, FINCAS Y ELEMENTOS ETNOLÓGICOS COMO CONSECUENCIA DE LA BORRASCA JULIETTE
El texto íntegro de la convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y justificación de las subvenciones se puede encontrar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sóller.
CODIGO BDNS: 786636
1.Objeto
Constituye el objeto de esta convocatoria de subvenciones ayudar económicamente a las personas o entidades del municipio de Sóller afectadas por la borrasca Juliette a sufragar los gastos en que hayan incurrido para restablecer o restituir sus bienes en el estado que tenían con anterioridad al hecho que se produjera la tormenta.
2.Beneficiarios.
Pueden acogerse a esta convocatoria los particulares, personas físicas o jurídicas que residan en Sóller y se hayan visto afectados por la Borrasca Juliette durante los dias 26 al 28 de Febrero de 2023.
3. Actuaciones subvencionables.
Se consideran actuaciones subvencionables a través de la presente convocatoria las siguientes:
- Actuaciones de limpieza de arbolado en fincas de titularidad particular.
- Actuaciones de reparación y reconstrucción en edificios
- Actuaciones de carácter etnológico
4.- Régimen de concesión
El procedimiento de selección de las personas beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia no competitiva, una vez las personas interesados hayan presentado la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de Sóller. De este modo serán subvencionadas hasta agotar el total del crédito asignado por la convocatoria todas aquellas solicitudes completas que cumplan los requisitos que se establecen y, por lo tanto, no es necesaria la comparación entre las solicitudes.
De acuerdo con el número de actuaciones solicitadas, una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, el Ayuntamiento de Sóller concederá una subvención hasta el 100% del coste de las actuaciones subvencionadas.
5.- Presentación de solicitudes
El plazo para presentar la documentación prevista en su punto siguiente será treinta (30) días hábiles contadores a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se tiene que entender prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
La presentación de las solicitudes se hará de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sóller o de manera presencial al Registro General del Ayuntamiento, según los requisitos previstos en la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.- Documentación a entregar.
- Anexo I. Solicitud de la subvención
- Anexo II. Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones .
- Anexo III. Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado y el Consejo de Mallorca y con la Seguridad Social .
- Anexo IV. Autorización del interesado para que una Administración Pública pueda obtener datos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Sóller.
- Documentación acreditativa del título de propiedad donde se ha producido el daño.
- Tres fotografías a color
- Copia de las facturas emitidas por la/s empresa/s que ha/n efectuado las diferentes reparaciones así como los justificantes de pago.
7. - Pago de la subvención
El pago de estas ayudas se hará en un pago único a cada persona beneficiaria por la totalidad del importe concedido, mediante transferencia bancaria, a partir de la fecha de la resolución de concesión, sin que sea necesaria la constitución de garantías.