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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 628882
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de denegación de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la cual se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas y clubs deportivos de las Illes Balears, año 2024 (BOIB Núm. 83, 22 de junio de 2024)

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Texto

Hechos

  1. Las entidades que figuran en el anexo 1 de esta resolución han presentado en la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes una solicitud de subvención para apoyar a la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas y clubs deportivos de las Illes Balears, año 2024.

  2. En fecha de 12 de septiembre de 2024, la Comisión Técnica evaluó las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el punto 10 de la convocatoria y emitió el informe técnico que sirvió de base a la Comisión Evaluadora para emitir el informe en el que se fundamentó la propuesta de resolución formulada por la Dirección General de Deportes.

  3. En fecha 17 de septiembre de 2024, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar el informe técnico y emitió el informe que sirvió de base al director general de Deportes para dictar la propuesta de resolución.

  4. La Propuesta de resolución del director general de Deportes de denegación de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la cual se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas y clubs deportivos de las Illes Balears, año 2024, publicada a la página web de la Dirección General de Deportes día 18 de septiembre de 2024. (https://www.caib.es/seucaib/es/201/empreses/tramites/tramite/6179886/)

  5. Las entidades beneficiarias han dispuesto de 10 días hábiles para presentar alegaciones.

Fundamentos de derecho

  1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

  2. Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23, de 16 de febrero).

  3. Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la cual se convocan ayudas para la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas y clubs deportivos de las Illes Balears, año 2024 (BOIB Núm. 83, 22 de junio de 2024).

  4. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, BOIB núm. 94 de 10 de julio de 2023 (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio y Decreto 17/2023 de 23 de agosto).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

  1. Denegar la concesión de una subvención para apoyar a la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones deportivas y clubs deportivos de las Islas Baleares en el año 2024, a los solicitantes que figuran en el anexo 1 de esta Resolución, por los motivos que se especifican.

  2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, a fecha de la firma digital (30 de septiembre de 2024)

El director general Joan Antoni Ramonell Miralles Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 107, de 1 de agosto de 2024)

 

 

ANEXO 1 RELACIÓN DE SOLICITUDES DENEGADAS

Expediente Entitad deportiva Nombre evento Motivo denegación

ESD/2024-05

Asoc. Club Gimnàstica Rítmica Portmany

4º Torneig Nacional de Gimnàstica Rítmica

Incumplimiento del requisito 10.2a) de las bases de la convocatòria. El evento se ha de celebrar entre el 1 de julio de 2024 y el 16 de setembre de 2024, ambos incluidos. Las fechas de este evento son el 6 y 7 de abril de 2024.

ESD/2024-08

Club Esportiu Xelska

Lliga Iberdrola Gimnàstica Artística Femenina

Incumplimiento del requisito 10.2a) de las bases de la convocatòria. El evento se ha de celebrar entre el 1 de julio de 2024 y el 16 de setembre de 2024, ambos incluidos. Las fechas de este evento son del 9 al11 de febrer de 2024.