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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 624346
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2024 por el que se declaran inversión de interés autonómico los equipamientos del ámbito del Hospital Universitario Son Llàtzer como equipamientos públicos de uso educativo, sanitario y social

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Texto

El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears garantiza, en su artículo 25.1, el derecho a la prevención y a la protección de la salud mediante un sistema sanitario público de carácter universal.

Asimismo, uno de los objetivos del Gobierno de las Illes Balears, de conformidad con el artículo 26.1 del Estatuto de Autonomía, es garantizar el derecho a la educación de calidad y acceder a ella en condiciones de igualdad.

El artículo 4 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, dispone que son inversiones de interés autonómico las declaradas como tales por el Gobierno de las Illes Balears por su especial relevancia para el desarrollo económico y social en su ámbito territorial. Por su parte, el artículo 5 de la misma Ley establece que la declaración de una inversión de interés autonómico es adoptada por el Consejo de Gobierno a propuesta de cualquier consejero en el ámbito de su respectiva competencia.

Por otro lado, la exposición de motivos del Decreto-ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, destaca que aunque se han ido mejorando la oferta y las redes públicas de centros educativos, de atención sanitaria y de servicios sociales, y se ha adaptado parcialmente la capacidad de las instalaciones y los centros a las nuevas demandas, la actual situación de desbordamiento y masificación, así como la obsolescencia de muchos centros debido a la estructura de las edificaciones, que fue programada en su día de acuerdo con unas previsiones de usuarios que se han visto sobradamente superadas, exige la construcción de nuevos equipamientos educativos, sanitarios y sociales en las Illes Balears, y la adecuación de los existentes, con el fin de dotar a los ciudadanos de las Illes Baleares y a los usuarios de los correspondientes servicios de unos equipamientos adaptados a los requerimientos tecnológicos modernos y a las ratios necesarias para atender la creciente demanda de estos servicios esenciales.

Asimismo, el artículo 7 del citado Decreto-ley dispone lo siguiente:

Un equipamiento público de uso educativo, de investigación, sanitario o social se considera como una inversión de interés autonómico cuando así lo declare expresamente el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, y en las condiciones que el Consejo de Gobierno determine para ejecutarlo. Para la declaración de un equipamiento público de uso educativo, de investigación, sanitario o social como una inversión de interés autonómico, el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene que identificar los terrenos donde se ubica o se tiene que ubicar el equipamiento público, indicar la administración a la cual corresponde la titularidad, determinar el uso concreto que se tiene que dar al equipamiento y señalar el sistema general de equipamiento en el suelo al cual se adscribe o, en su caso, informar de la clasificación y la calificación urbanística del equipamiento si este ya existe.

Asimismo, visto el régimen jurídico especial de los municipios de Palma e Ibiza establecido por la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma, en el marco de la legislación básica estatal, del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears y de la legislación sobre régimen local de las Illes Balears, así como la Ley 16/2019, de 8 de abril, del estatuto especial de capitalidad de la ciudad de Eivissa, los ayuntamientos respectivos, mediante un acuerdo de la junta de gobierno local, pueden solicitar directamente al Gobierno de las Illes Balears, a través de la consejería competente por razón de la materia, que un equipamiento de los previstos en el artículo 1 de este decreto-ley sea declarado inversión de interés autonómico.

En fecha 3 de septiembre de 2024 tuvo entrada en la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (registro número GOIBE551631/2024) un oficio del coordinador general de Gobierno Municipal del Ayuntamiento de Palma, mediante el cual daba traslado del Acuerdo de la sesión extraordinaria de la Junta de Gobierno Local del día 28 de agosto de 2024 por el que se aprobó solicitar al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que adopte un acuerdo por el que se declaren inversión de interés autonómico los equipamientos del ámbito del Hospital Universitario Son Llàtzer como equipamientos públicos de uso educativo, sanitario y social.

Concretamente, el citado Acuerdo establece lo siguiente:

Solicitar al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que declare inversión de interés autonómico los equipamientos del ámbito del Hospital Universitario Son Llàtzer como equipamientos públicos de uso educativo, sanitario y social, resultantes de la modificación de las fichas de los sistemas generales del PGOU de Palma, de acuerdo con la memoria que se adjunta, con el fin de ampliar el sistema general de equipamiento comunitario sanitario con las casas de la finca de Son Llàtzer, identificadas en el catálogo municipal con protección A2 y clave 84/01; dar cumplimiento al reajuste del sistema general de la parcela declarada de interés general, así como la superficie para la construcción del Instituto de Educación Secundaria de Son Ferriol, y crear un nuevo sistema general sociocultural para albergar un futuro recinto ferial en los terrenos sobrantes, producto de ajustar la delimitación del sistema general de equipamiento docente a la superficie requerida para la construcción del IES.

En fecha 12 de enero de 2024, el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears adoptó el acuerdo de declarar inversión de interés autonómico la construcción de un IES en Son Ferriol, en unos terrenos de una superficie de 19.400 m², que forman parte de la finca registral 22149, propiedad del Ayuntamiento de Palma, considerada sistema general de equipamiento público docente en suelo rústico, situada en el núcleo de Son Ferriol, en el término municipal de Palma, de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto-ley 1/2018, de 19 enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El Ayuntamiento de Palma está tramitando el expediente de contratación número 2024-042-O, de contrato mixto de obras y servicios para la dotación de servicios del nuevo IES de Son Ferriol y asistencia técnica para la dirección de obras y la coordinación de seguridad y salud.

Los servicios técnicos del Área de Urbanismo han redactado una memoria para modificar una de las prescripciones técnicas del PGOU, concretamente, la prescripción n.º  76 del anexo II. El PGOU de Palma se aprobó en fecha 24 de abril de 2023 y se publicó en el BOIB n.º 71, de 30 de mayo de 2023, y en el BOIB n.º 77, de 10 de junio de 2023. El libro III del tomo VIII contiene las fichas de los sistemas generales.

Así, en el ámbito del Hospital Universitario Son Llàtzer se prevén dos sistemas generales de equipamientos comunitarios, un sistema general de comunicaciones y un sistema general de infraestructuras. El Ayuntamiento de Palma tiene como objetivos con esta modificación de la prescripción n.º 76 del anexo II del PGOU ampliar el sistema general de equipamiento comunitario sanitario con las casas de la finca de Son Llàtzer, identificadas en el catálogo municipal con protección A2 y clave 84/01; dar cumplimiento al reajuste del sistema general de la parcela declarada de interés general, así como la superficie para la construcción del Instituto de Educación Secundaria de Son Ferriol, y crear un nuevo sistema general sociocultural para albergar un futuro recinto ferial en los terrenos sobrantes, producto de ajustar la delimitación del sistema general de equipamiento docente a la superficie requerida para la construcción del IES.

El artículo 2.2.a) del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la Dirección General de Coordinación y Transparencia de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas ejerce sus competencias en los ámbitos materiales de coordinación interdepartamental entre los órganos de consejerías diversas, coordinación de las materias de carácter transversal y elaboración y seguimiento de proyectos estratégicos, coordinación de los órganos que tienen atribuidas competencias en materia de proyectos estratégicos e interdepartamentales.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en la sesión del día 27 de septiembre de 20024 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Declarar inversión de interés autonómico los equipamientos del ámbito del Hospital Universitario Son Llàtzer como equipamientos públicos de uso educativo, sanitario y social, con los siguientes fines:

— Ampliar el sistema general de equipamiento comunitario sanitario con las casas de la finca de Son Llàtzer, identificadas en el catálogo municipal con protección A2 y clave 84/01.

— Dar cumplimiento al reajuste del sistema general de equipamiento docente a la parcela declarada de interés general, así como a la superficie declarada inversión de interés autonómico para la construcción del Instituto de Educación Secundaria de Son Ferriol.

— Crear un nuevo sistema general sociocultural para albergar un futuro recinto ferial en los terrenos sobrantes, producto de ajustar la delimitación del sistema general de equipamiento docente a la superficie requerida para la construcción del IES.

Los terrenos donde se ubican los equipamientos públicos declarados inversión de interés autonómico afectan a las parcelas con referencia catastral 07040A03100091 y 07040A03100137, propiedad del Ayuntamiento de Palma, clasificadas como suelo rústico.

Segundo. Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de Palma.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 27 de septiembre de 2024

La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens