Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 621246
Nombramientos del personal laboral de acuerdo al proceso de estabilización del Ajuntament de Ciutadella
De acuerdo con lo que establecen el artículo 136 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por el Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; el artículo 62 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre; y el artículo 25.2 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo; se hace público que, mediante las resoluciones de Alcaldia del Ajuntament de Ciutadella que se indican en la lista, se han efectuado los nombramientos del personal laboral que se señalan a continuación, de acuerdo con la propuesta del tribunal calificador de la convocatoria por procedimiento de concurso de oferta pública de empleo extraordinaria para la estabilización del Ajuntament de Ciutadella:
Personal laboral fijo
RESOLUCIÓN FECHA APELLIDOS Y NOMBRE DNI PLAZA
281/2024 19/09/2024 ZUBILLAGA PLAZAOLA MONICA ***7215** SUBALTERNA
281/2024 19/09/2024 MOLL CAPELLA ALFREDO ***3682** SUBALTERNO
El personal nombrado deberá formalizar el contrato en el plazo de 3 días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y publicada íntegramente en el tablón de edictos y en la sede electrónica del Ajuntament, se puede interponer, alternativamente: o bien recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldia de este ayuntamiento, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podría interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no fuera resuelto expresamente o cuando se hubiera producido la desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio que se pueda ejercer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
(Firmado electrónicamente: 19 de septiembre de 2024)
El alcalde Llorenç Ferrer Monjo