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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 621044
Aprobación inicial de la modificación puntual núm. 1 de las NN.SS para implementar el uso turístico en el casco urbano de Lloseta

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace saber que el Pleno del Ayuntamiento reunido en sesión de carácter ordinaria de 25 de septiembre de 2024, entre otros, acordó aprobar:

Primero.- Aprobar inicialmente la modificación puntual nº 1/2024 de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal redactada por los técnicos Antoni Ramis Ramos y José Mayol Comas relativa a implementar el uso turístico al casco urbano de Lloseta.

Segundo.- Aprobar así mismo redactado el Informe de impacto directo e inducido sobre el consumo energético, la punta de demanda y las emisiones de efecto invernadero; el Informe de evaluación estratégica simplificada y el Informe de incidencia paisajística – Estudio de integración paisajística de proyectos, los cuales han sido redactados por Mª. del Pilar Ramírez Roig

Tercer.- Solicitar al órgano ambiental competente la no sujeción de la modificación a evaluación ambiental estratégica, de acuerdo con el indicado en el Documento Ambiental Estratégico que acompaña la modificación aprobada.

Cuarto.- Someter a información pública el acuerdo de aprobación inicial de la modificación mencionada, así como el expediente tramitado al efecto, durante un plazo de 45 días mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión en la isla de Mallorca y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Lloseta.

Quinto.- Solicitar informe a las administraciones o los entes las competencias de las cuales se puedan ver afectadas por esta modificación y al órgano que ejerce las competencias en materia de Urbanismo del Consejo de Mallorca.

Sexto.- Hacer constar que de acuerdo con el artículo 51 de la referida Ley 12/2017, de 29 de diciembre y el artículo 89 del Reglamento General de la Ley 12/2017, de urbanismo de las Islas Baleares, para la isla de Mallorca, con la aprobación inicial queda suspendido por el plazo de dos años, prorrogable un año más si se ha repetido el trámite de información pública, el otorgamiento de licencias en el ámbito de aquello que se ha alterado y, con la aprobación provisional, de forma automática otro año más, hasta un total de cuatro años. Esto, sin perjuicio que puedan concederse las licencias basadas en el régimen urbanístico vigente siempre que se respeten también las determinaciones del nuevo planeamiento. En cualquier caso y en este ámbito, las licencias de nueva edificación habrán, hasta la aprobación definitiva de la modificación y durante los plazos señalados, de cumplir con el planeamiento vigente y con esta modificación. Sin embargo, las licencias de reforma y demolición no quedan afectadas por esta suspensión.

Cosa que se hace pública para su conocimiento general, y, porque durante el plazo de información pública de cuarenta y cinco días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOIB, cualquier persona pueda consultar el expediente en el punto de acceso electrónico del Ayuntamiento de Lloseta https://ajlloseta.sedelectronica.es/transparency/5ca189ec-2ac6-4e8e-90d6-cf1b0563c745/ o en el departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento (calle Pou Nou, 3 de Lloseta) de lunes a viernes – hábiles – de 9 a 14 horas, y presentar las alegaciones, sugerencias, informes o documentos que se consideren oportunos.

 

Lloseta, 26 de septiembre de 2024

La alcaldesa Angelina Pérez Sánchez